Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2007 (11/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, miercoles 11 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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La renovacion debera solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el MORDAZA mencionado articulo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 10º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, el titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual, caso contrario la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 11º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALJOVIN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 46519-1

Otorgan autorizacion a persona natural para prestar servicio de radiodifusion comercial por television en UHF en la localidad El Pedregal - Majes departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 107-2007-MTC/03 MORDAZA, 3 de MORDAZA del 2007 VISTO, el Expediente Nº 2002-010677 presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LLOSA, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion comercial por television en UHF, en el distrito de San MORDAZA de MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14° de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de las modalidades, se requiere de autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0052005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television establece que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de permiso, el cual es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 183º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones senala que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicha MORDAZA se detallan, asimismo debe presentarse la documentacion que permita verificar el cumplimiento del articulo 25º del Reglamento de la Ley de Radio y Television; normas aplicables en virtud del mandato contenido en la Primera Disposicion Final y Transitoria del acotado Reglamento; Que, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 208-2004-MTC/03, incluye dentro de la localidad denominada El Pedregal ­ Majes al distrito San MORDAZA de MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Arequipa;

Que, mediante Informes Nº 868-2006 y Nº 01092007-MTC/17.01.ssr, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, senala que la solicitud presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LLOSA cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la administrada la autorizacion y permiso solicitados; senalandose ademas que debe establecerse como obligacion, a cargo de la MORDAZA mencionada solicitante, la MORDAZA del proyecto de comunicacion dentro del periodo de instalacion y prueba, documento que es requerido por la administracion a efectos de evaluarse el cumplimiento de las obligaciones legales derivadas del otorgamiento de la autorizacion; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-MTC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobada por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por el Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 208-2004-MTC/03, la Resolucion Ministerial Nº 411-2005MTC/03 que aprueba la Definicion de Perimetro MORDAZA para efectos de aplicacion de normas relacionadas al servicio de radiodifusion y la Resolucion Ministerial Nº 358-2003MTC/03 que aprueba las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion y el Decreto Supremo Nº 001-2006-MTC que aprueba el Reglamento Especifico de Homologacion de Equipos y Aparatos de Telecomunicaciones y, Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LLOSA, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion comercial por television en UHF, en la localidad denominada El Pedregal ­ Majes, departamento de Arequipa; de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion:
Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia / MORDAZA BANDA : SERVICIO DE RADIODIFUSION POR TELEVISION EN UHF : MORDAZA 39 : V FRECUENCIA VIDEO: 621.25 MHz FRECUENCIA AUDIO: 625.75 MHz : COMERCIAL : OAS-6D : VIDEO : 5M45C3F AUDIO : 50K0F3E

Finalidad Caracteristicas Tecnicas: Indicativo Emision

Potencia Nominal del Transmisor : VIDEO : 100 W AUDIO : 10 W Ubicacion de la Estacion: Estudio y Planta : Mz. A, Lote 3, C.P. Alto MORDAZA, La Beatita, en el distrito San MORDAZA de MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Arequipa. : Longitud Oeste:72° 08' 56'' Latitud Sur:16° 21' 05'' : El area comprendida dentro del contorno de 74 dB V/m

Coordenadas Geograficas

MORDAZA de Servicio

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes.