Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2006 (16/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano sabado 16 de setiembre de 2006

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NORMAS LEGALES

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nacional, la Entidad podra contratar directamente. Agrega ademas que se considerara que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Que, cabe precisar que, de acuerdo con las normas vigentes de contratacion publica, se trataria de la exoneracion de un MORDAZA de seleccion por Adjudicacion Directa Publica, el cual se encuentra incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad y cuenta con la debida disponibilidad presupuestal; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y a lo expuesto en el Acta Nº 08-2006 del Comite Tecnico Economico del RENIEC, de fecha 11 de septiembre de 2006; en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 26497 - Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organizacion y Funciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Publica por configurarse la causal de servicio que no admite sustituto frente a la existencia de proveedor unico, por un valor referencial de US$ 53,752.30 (Cincuenta y tres mil setecientos cincuenta y dos con 30/100 Dolares Americanos), incluidos los impuestos de ley, para la contratacion del servicio de soporte integral de software Microsoft con la empresa Microsoft Peru S.R.L. por un plazo de 12 meses, siendo financiado dicho monto con Recursos Directamente Recaudados. Articulo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion para que proceda a la contratacion indicada mediante acciones inmediatas y conforme a lo prescrito por las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado. Articulo 3º.- Disponer a la Gerencia de Administracion para que efectue la publicacion de la presente Resolucion en el SEACE, asi como en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision y remita una MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del mismo plazo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 02174-2

SBS
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de licencias informaticas del software de auditoria Team Mate
RESOLUCION SBS Nº 1173-2006
San MORDAZA, 14 de setiembre de 2006 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES: VISTO: El Informe Tecnico Nº 002-2006-ST emitido por la Gerencia de Tecnologias de Informacion; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 1149-2005, de fecha 4 de agosto de 2005, se exonero el MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica que le correspondia en funcion a su cuantia, la adquisicion de las licencias informaticas del software de auditoria Team Mate a la empresa Price WaterhouseCoopers S.C.R.L., por tratarse de un bien que no admite sustitutos y que es proveido por un solo proveedor dentro del territorio nacional, conforme lo senala el literal e) del articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el articulo 144º de la acotada MORDAZA legal;

Que, mediante Memorandum Nº 008-2006-PSI de fecha 28 de junio de 2006, el Comite de Plataforma de Supervision solicita a la Gerencia de Tecnologias de Informacion la adquisicion de 50 licencias adicionales del software de auditoria Team Mate de acuerdo al pedido efectuado por las diversas areas usuarias de este Superintendencia; Que, a fin de dar cumplimiento a lo senalado por el Decreto Supremo Nº 024-2006-PCM, Reglamento de la Ley Nº 28612, Ley que MORDAZA el uso, adquisicion y adecuacion del software en la Administracion Publica, la Gerencia de Tecnologias de Informacion emite el Informe Tecnico Nº 002-2006-ST el cual sustenta tecnicamente la adquisicion de las licencias adicionales del software de auditoria Team Mate que fuera adquirido anteriormente por esta Superintendencia, conforme se menciono en el primer considerando; Que, se debe precisar ademas que la empresa Price WaterhouseCoopers, mediante carta de fecha 10 de agosto de 2006 remitida al Departamento de Logistica, senala que dicha empresa ha sido designada por PwC Product Sales LLC, propietaria de todos los derechos y licencias del software de auditoria Team Mate, como la unica entidad en el Peru autorizada a sub-licenciar el software en mencion y brindar soporte a los clientes locales, de acuerdo con los terminos establecidos en el acuerdo de licencia emitido por PwC Product Sales LLC; Que, de acuerdo a lo senalado por la Gerencia de Tecnologias de Informacion, el costo de adquisicion de la totalidad de licencias a adquirir asciende a la suma de US$ 49 980,00 (Cuarenta y Nueve Mil Novecientos Ochenta y 00/100 Dolares Americanos) por lo que de acuerdo a la cuantia MORDAZA senalada, corresponderia convocar una Adjudicacion Directa Selectiva, MORDAZA del que se exoneraria por tratarse de bienes que no admiten sustitutos y que existe un proveedor unico en el MORDAZA local; Que, en merito a lo anteriormente expuesto, se debe senalar que la adquisicion que se propone se enmarca en lo dispuesto en el literal e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, que establece que las adquisiciones de bienes y las contrataciones de servicios que no admiten sustitutos y existe un proveedor unico, se encuentran exoneradas de los procesos de seleccion de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicacion Directa que le correspondan en funcion a su cuantia; Que, en concordancia con la precitada MORDAZA legal, el articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM establece que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria y siempre que exista un solo proveedor, la Entidad podra contratar estos directamente. Establece ademas que se considerara que existe proveedor unico en los supuestos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad de un proveedor, como ocurre en el presente caso; Que, de acuerdo a lo expuesto, para optar por la figura de exoneracion por la causal de adquisicion de bien que no admite sustitutos, se debe cumplir con los siguientes requisitos: que dentro del territorio de la Republica no exista otro bien que se ajuste a los requerimientos previamente establecidos por la Entidad y que solo pueda ser proveido por un solo proveedor, dentro del territorio nacional, ademas de considerarse que en funcion de lo dispuesto por las normas existe un unico proveedor cuando por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos de autor o patentes, se MORDAZA establecido la exclusividad de un proveedor; Que, en este orden de ideas y en merito a lo expuesto por el Comite de Plataforma de Supervision en su Memorandum Nº 008-2006-PSI; a lo senalado por la Gerencia de Tecnologias de Informacion mediante su Informe Tecnico Nº 002-2006-ST y a lo senalado por el propio proveedor en su carta de fecha 10 de agosto de 2006, se puede concluir que el software de auditoria Team Mate es comercializado exclusivamente en el Peru por la empresa Price WaterhouseCoopers S.C.R.L., por lo que se habria configurado la causal de exoneracion; Que hay que mencionar que la exoneracion, concebida como una excepcion al MORDAZA que precisa que toda adquisicion que realice una Entidad del Estado debe efectuarse a traves de un MORDAZA de seleccion, busca evitar la realizacion de un MORDAZA de seleccion de manera