Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2006 (09/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano sabado 9 de setiembre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

327795

EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 048-MDSA de fecha 22 de agosto del 2006, se establece un beneficio de Regularizacion Tributaria para la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA, para aquellos contribuyentes que mantengan obligaciones formales y/o sustanciales pendientes del impuesto predial y arbitrios municipales; Que, la Ordenanza Nº 048-MDSA establece en su Articulo MORDAZA que el plazo para acogerse al beneficio tributario vence el 31 de agosto del 2006, asimismo en su MORDAZA disposicion final se faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para su adecuada aplicacion, asi como establecer la prorroga de la misma; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 014-2006-ALCMDSA se prorrogo el vencimiento del plazo para acogerse al beneficio de Regularizacion Tributaria hasta el 8 de septiembre del 2006; Que, los contribuyentes del distrito han solicitado reiteradamente se otorgue un plazo adicional que les permita acogerse a los beneficios establecidos por este corporativo; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades otorgadas por el Articulo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 22 de septiembre del 2006, el vencimiento del plazo para acogerse al beneficio de Regularizacion Tributaria establecido en la Ordenanza Nº 048-MDSA. Articulo Segundo.- Dar cuenta a la Sesion de Concejo y encarguese el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Rentas, Subgerencia de Informatica y Estadistica, asi como a la Gerencia de Imagen Institucional, en lo que les corresponda. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.

aprobado por la Ordenanza Nº 173-MDS a aquellos contribuyentes que MORDAZA sometidos a procesos de fiscalizacion tributaria por parte de la Subgerencia de Fiscalizacion Tributaria, respecto al cumplimiento de obligaciones formales tributarias o al pago del Impuesto Predial. La exclusion opera a partir del momento en que el contribuyente es notificado por la Administracion Tributaria Municipal de la Resolucion de Determinacion, Orden de Pago o Resolucion de Multa Tributaria, conforme a los mecanismos previstos en el Codigo Tributario. Articulo 2º.- Descuento en Arbitrios Municipales.Los contribuyentes del distrito de Surquillo obtendran un 40% de descuento en arbitrios municipales por cada ano (2002, 2003, 2004 y 2005), siempre y cuando se encuentre pagado o se cancele por dicho concepto hasta el MORDAZA bimestre del ano 2006. Dicho descuento incluye gastos administrativos. Articulo 3º.- Descuento en Multas Administrativas.- Los contribuyentes que tengan multas administrativas impuestas hasta el 30 de agosto de 2006 podran cancelarlas con un descuento del 80%. Articulo 4º.- MORDAZA en suspenso.- Dejense en suspenso las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 173-MDS que se opongan a lo previsto en la presente Ordenanza, a efectos de garantizar su debida aplicacion. Articulo 5º.- Entrada en vigencia.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 01896-1

MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 01928-1

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Modifican la Ordenanza Nº 173-MDS, que establecio beneficio de amnistia tributaria y administrativa
ORDENANZA Nº 175-MDS
Surquillo, 5 de setiembre de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesion Ordinaria de la fecha, estando a lo dispuesto en los articulos 194º y 195º numeral 4) de la Constitucion Politica del Peru, modificada por las Leyes de Reforma Constitucional, Leyes Nº 27680 y Nº 28607, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF modificado por Decreto Legislativo Nº 952, el articulo 41º del Decreto Supremo Nº 135-99EF, Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 9º numeral 8) y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de comisiones y de aprobacion de actas, aprobo la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 173-MDS Articulo 1º.- Objeto de la Norma.- Excluyase del beneficio de la Amnistia Tributaria y Administrativa Total

Prorrogan amnistia tributaria y administrativa aprobada por Ordenanza Nº 173-MDS
DECRETO DE ALCALDIA Nº 013-2006-MDS
Surquillo, 31 de agosto de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO VISTO: el Informe Nº 075-2006/GR/MDS del 31 de agosto de 2006 de la Gerencia de Rentas, relativo a la prorroga de la fecha de vencimiento de la Amnistia Tributaria y Administrativa; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 173-MDS se establecio una Amnistia Tributaria y Administrativa Total por Aniversario del Distrito de Surquillo aplicable a los contribuyentes deudores por sus obligaciones tributarias y administrativas generadas hasta la fecha de la vigencia de la citada Ordenanza, estableciendose como fecha de termino de la misma el 15 de MORDAZA del ano 2006, siendo prorrogada por Decretos de Alcaldia Nº 011-2006-MDS y Nº 012-2006-MDS hasta el 15 de agosto y el 31 de agosto del presente ano, respectivamente; Que, en atencion al Infor me de Vistos, resulta conveniente seguir brindando las facilidades expuestas en la precitada Ordenanza a los contribuyentes y vecinos de Surquillo para el pago de sus obligaciones tributarias y administrativas, disponiendose la prorroga de la Amnistia, en uso de la atribucion conferida por la MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 173MDS; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades;