Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2006 (07/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 7 de marzo de 2006

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Aprueban Ordenanza que regula la propaganda electoral en el distrito
ORDENANZA Nº 289-2006-MDEA El MORDAZA, 4 de febrero de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal, en sesion ordinaria del 4 de febrero 2006; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a lo estipulado por la Constitucion Politica del Peru; y que, dicha autonomia de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administracion, en sujecion al ordenamiento juridico. Que, es fin de la municipalidad fomentar el bienestar de los vecinos y, el desarrollo integral y armonioso de la circunscripcion bajo su responsabilidad, de forma sostenible en el tiempo; de igual forma, fijar y establecer el MORDAZA adecuado para dichos propositos se cumplan adecuadamente. Que, es necesario actualizar y consolidar la normatividad existente sobre la materia; y, de otro lado, fijar, la Difusion y Control de la Propaganda Electoral a cumplirse durante el MORDAZA eleccionario que se avecina, dentro del MORDAZA del ordenamiento juridico vigente, en particular la Res. Nº 007-2006-JNE, del MORDAZA Nacional de Elecciones, cuyo, Art. 20 establece que "las municipalidades procuraran establecer en su jurisdiccion, los lugares publicos en los que las diferentes opciones politicas podran realizar reuniones o mitines", lo cual tacitamente las faculta a prohibir en otros espacios de su jurisdiccion. Que, la propaganda electoral constituye un elemento fundamental del sistema democratico representativo durante los procesos electorales, conforme a lo previsto por la Ley Organica de Elecciones; asi mismo, que la Ley Organica de Municipalidades establece, en su articulo 79, que son funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales normar, regular las autorizaciones, derechos, licencias y realizar la fiscalizacion de la ubicacion de avisos publicitarios y propaganda electoral. Que la Ley de Partidos Politicos Nº 28094 manifiesta que los Par tidos Politicos expresan el pluralismo democratico, concurren a la informacion y manifestacion de la voluntad popular, y a los procesos electorales, son instituciones fundamentales para la participacion politica de la ciudadania y base del sistema democratico. Los Partidos Politicos son Asociaciones de ciudadanos que constituyen personas juridicas de derechos privados cuyo objeto es participar por medios licitos, democraticamente, en los asuntos publicos del MORDAZA dentro del MORDAZA de la Constitucion Politica del Estado y de la presente Ley. Que, la Ley Organica de Elecciones, Ley Nº 26859, establece la competencia de las municipalidades distritales de establecer los mecanismos necesarios a fin de regular la instalacion de propaganda electoral dentro de su jurisdiccion. En uso de las facultades que le confiere los articulos 8º y 40º de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades y con el MORDAZA unanime aprobatorio de los miembros del Concejo Municipal, se aprobo la siguiente:

ORDENANZA QUE REGULA LA PROPAGANDA ELECTORAL EN EL DISTRITO DE EL MORDAZA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- OBJETIVOS La presente Ordenanza tiene como objetivo establecer las normas que regulen la propaganda electoral en el distrito de El MORDAZA dentro de los limites que senalan las leyes, tal como lo dispone la Ley Organica de Elecciones Ley Nº 26859. Articulo 2º.- FINALIDAD La presente Ordenanza tiene como finalidad velar por el mantenimiento del ornato y la conservacion del patrimonio monumental, el respecto de los entornos saludables y el resguardo de la tranquilidad de los vecinos del distrito en relacion con cualquier MORDAZA de MORDAZA electoral, en lo referido a la propaganda electoral expresada en letreros, carteles, paneles, mitines, pancartas, banderas, banderolas, elementos colgantes y anuncios luminosos dentro de la jurisdiccion del distrito. Articulo 3º.- BASE LEGAL a) b) c) d) Constitucion Politica del Peru Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 26859 Ley Organica de Elecciones Resolucion Nº 007-2006-JNE

Articulo 4º.- DEFINICIONES a) Propaganda Electoral.- Se entiende por propaganda electoral a toda aquella actividad licita desarrollada durante los procesos electorales encaminada a persuadir a los ciudadanos para obtener resultados electorales a traves de la captacion de sus votos y con ellos aspirar a cargos politicos por eleccion popular. La propaganda electoral es organizada por las agrupaciones politicas y sus candidatos participantes del MORDAZA electoral MORDAZA partidos politicos, agrupaciones independientes, alianzas nacionales, regionales o locales inscritas o en MORDAZA de inscripcion, sin perjuicio de la desarrollada por los propios ciudadanos agrupados o no, a traves de la promocion de candidatos, difusion y explicacion de las propuestas o propagandas de gobierno, de promocion de MORDAZA, simbolos, numeros y siglas que identifiquen a las organizaciones politicas participantes del MORDAZA, entre otras actividades conexas. Tambien se incluyen los procesos de consulta por referendum y otros procesos electorales previstos por ley. b) Organizaciones Politicas.- Partidos Politicos, listas Independientes, Alianzas Electorales inscritas en el MORDAZA Nacional de Elecciones. c) Dominio Publico.- Son los espacios destinados al uso publico, sujetos a la administracion Municipal como avenidas, calles, plazas, jardines, puentes, caminos, calzadas, bermas, aceras asi como tambien edificios publicos. d) Dominio Privado.- Son los predios como viviendas, negocios, edificios de propiedad privada. e) Mitin.- Reunion donde se discuten publicamente asuntos politicos sociales. Articulo 5º.- ORGANO COMPETENTE La Municipalidad Distrital de El MORDAZA como gobierno local es el encargado de controlar la propaganda electoral dentro de su jurisdiccion para el mejor desarrollo de los comicios electorales, siempre y cuando estos cumplan con los dispuesto en la presente Ordenanza a fin de mantener el ornato y velar por la tranquilidad de los vecinos. La Gerencia de Rentas, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y la Policia Municipal ejerceran control sobre la propaganda electoral conferida en la presente norma.