Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2006 (09/06/2006)
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TEXTO DE LA PÁGINA 79
El Peruano viernes 9 de junio de 2006
Nº APELLIDOS Y NOMBRES DNI
R
EP
UB
LICA DEL P E
R
U
NORMAS LEGALES
320849
COMITE ASIGNADO
TITULO / ESPECIALIDAD
Nº COMITE/ENTIDAD UBICACION GEOGRAFICA COLEGIO QUE LO PRESENTA DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO 79363 Comite Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA
26
MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
19817766
INGENIERO ELECTRICISTA
Regional Provincial Regional Provincial Provincial Distrital Regional Provincial Provincial
27
MORDAZA COZ MORDAZA MORDAZA
22414388
INGENIERO CIVIL
51596
Comite Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
28
VAREA RATTO DIDKO
22422137
INGENIERO CIVIL
68712
Comite Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMBO MORDAZA
INDECI INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Direccion Nacional de Educacion y Capacitacion REGION :SDRDC DE LIMA-CALLAO Total de Participantes Aptos: 3
Nº 1 2 3 APELLIDOS Y NOMBRES MORDAZA LIMACO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI 20068879 19854984 19832193
ANEXO A LA RESOLUCION JEFATURAL Nº 252-2006 INDECI
CODIGO DEL CURSO: CURSO: FECHA: DEPARTAMENTO: PROVINCIA: DISTRITO:
000000000700 INSPECTORES TECNICOS EN SEGURIDAD 20/03/2006 MORDAZA HUANCAYO HUANCAYO
COMITE ASIGNADO Regional Regional Regional
TITULO / ESPECIALIDAD INGENIERO QUIMICO INGENIERO CIVIL ARQUITECTO
Nº COMITE/ENTIDAD UBICACION GEOGRAFICA COLEGIO QUE LO PRESENTA DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO Comite Regional MORDAZA 55096 5683 Comite Regional MORDAZA Comite Regional MORDAZA
10165
RESOLUCION JEFATURAL Nº 253-2006-INDECI 26 de MORDAZA del 2006 Visto, el Informe 069-2006-INDECI/13.0 de la Direccion Nacional de Educacion y Capacitacion, de fecha 15 de MORDAZA del 2006; mediante el cual se remite la relacion de los participantes que aprobaron el Curso de Capacitacion de Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil, aptos para su reconocimiento y autorizacion; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2000-PCM; modificado por el Decreto Supremo Nº 100-2003-PCM y Decreto Supremo Nº 0742005-PCM, establece entre otros aspectos, los organos competentes, las condiciones para ejecucion de las inspecciones, asi como los requisitos para la obtencion del reconocimiento y autorizacion del Inspector Tecnico de Seguridad en Defensa Civil; Que, conforme se establece en el referido Reglamento, el reconocimiento y autorizacion del Inspector Tecnico de Seguridad corresponde a las personas que habiendo cumplido con los requisitos contemplados en los Arts. 40º y 41º, hayan sido presentados al Curso de Capacitacion para Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil, por los Organos del SINADECI y hayan aprobado el mencionado curso; Que, la Direccion Regional de Defensa Civil MORDAZA ha llevado a cabo un Curso de Capacitacion para Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil, resultando aprobados los participantes conforme a lo informado por la Direccion Nacional de Educacion y Capacitacion, quienes cumplen con los requisitos exigidos; correspondiendo en consecuencia, reconocerlos y autorizarlos como Inspectores Tecnicos, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 45º del Reglamento de Inspecciones Tecnicas; Que, conforme se establece en el Art. 47º del Reglamento acotado, los Comites de Defensa Civil Regionales, Provinciales y Distritales seran responsables de informar al INDECI las faltas en que puedan incurrir los inspectores que se desempenan en su jurisdiccion a fin de que se les registre como antecedentes para
determinar la cancelacion o la renovacion de la autorizacion de inspector; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.2 del acapite IV de la Directiva Nº 002-2006-INDECI "Directiva para autorizacion, renovacion, ampliacion de jurisdiccion y acreditacion de Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil" vigente, los postulantes que tengan un nivel academico de tecnico quedan autorizados para emitir opinion unicamente en el MORDAZA de su especialidad, segun el Anexo Nº 2 de la referida Directiva; Que, por lo expuesto, corresponde al INDECI expedir la presente Resolucion, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 43º del Reglamento de Inspecciones Tecnicas; En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM modificado por Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM y Decreto Supremo Nº 095-2005-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Reconocer y autorizar como Inspector Tecnico de Seguridad en Defensa Civil, a las personas comprendidas en el Anexo (en un folio) que obra adjunto y que forma parte de la presente Resolucion, para que se desempenen en las Oficinas de Defensa Civil especificadas en el anexo, correspondiente a la jurisdiccion de la Direccion Regional de Defensa Civil Moquegua. Articulo Segundo.- Los Inspectores Tecnicos reconocidos y autorizados mediante la presente Resolucion, luego de ser inscritos en el Registro de Inspectores, quedaran facultados para efectuar Inspecciones Tecnicas Basicas de Seguridad en Defensa Civil dentro de la jurisdiccion indicada. Articulo Tercero.- El reconocimiento y autorizacion senalados en los articulos precedentes tienen vigencia de un ano, a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Autorizar a la Direccion Nacional de Prevencion del INDECI a efectuar la inscripcion de los Inspectores mencionados en el articulo primero de la presente Resolucion, en el Registro de Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil, incluyendo la documentacion correspondiente en el Archivo documentario respectivo; asi como, a expedir las credenciales respectivas.