Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2006 (14/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

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Ratifican Ordenanzas Nºs. 0245 y 247 que establecen la determinacion de montos por arbitrios municipales del ejercicio 2007 en el distrito de Miraflores
ACUERDO DE CONCEJO Nº 402 MORDAZA, 12 de diciembre de 2006 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 6 de diciembre del ano en curso el Oficio N° 001-090-00003774 de la Jefatura del Servicio de Administracion Tributaria - SAT, adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza N° 0245, modificada por la Ordenanza Nº 247, que establece la determinacion de los montos por arbitrios municipales correspondiente a recojo de residuos, barrido de calles, parques y jardines y serenazgo, del ejercicio 2007 en el distrito de Miraflores. CONSIDERANDO: Que, los articulos 74º y 195º de la Constitucion Politica del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos; y en el mismo sentido MORDAZA el articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA MORDAZA el procedimiento para MORDAZA, ratificacion y publicacion de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la provincia de MORDAZA, mediante la Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, la Ordenanza Nº 727, modificada y ampliada por la Ordenanza Nº 952, publicada el 24-06-06 y por la Ordenanza Nº 977 publicada el 01-102006, que establecio el plazo excepcional hasta el 23 de octubre de 2006 para la MORDAZA de solicitudes de ratificacion. Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicacion y observancia de la normatividad vigente aprobo las Ordenanzas, objeto de la ratificacion, remitiendola con tal fin a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por lo que de conformidad con las Ordenanzas referidas en el parrafo anterior y las Sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional en los Expedientes Nºs. 0041-2004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC publicadas el 14 de marzo y 17 de agosto de 2005, respectivamente, el Servicio de Administracion Tributaria-SAT ha realizado el analisis tecnico y legal de la informacion y/o documentacion presentada por la referida Municipalidad Distrital, la misma que tiene caracter de Declaracion Jurada, segun el Inc. b) del Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 607-MML y el Inc. d) del articulo 4º de la Ordenanza Nº 952-MML, concluyendo segun Informe N° 004-082-00000535, que procede la ratificacion de las mencionadas Ordenanzas, por cumplir los requisitos exigidos por las sentencias del Tribunal Constitucional. De acuerdo con las opiniones del Servicio de Administracion Tributaria-SAT y de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 253-2006-MML/CMAEDO, por sus fundamentos, los mismos que se encuentran en el MORDAZA electronico de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (www.munlima.gob.pe). ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza N° 0245, modificada por la Ordenanza Nº 247, que establece la determinacion de los montos por arbitrios municipales correspondiente a recojo de residuos, barrido de calles, parques y jardines y serenazgo, del ejercicio 2007 en el distrito de Miraflores, dado que cumple con los criterios de validez constitucional establecidos en la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente N° 00053-2004-PI/TC. Articulo Segundo.- La Municipalidad Distrital de Miraflores ha dispuesto el reajuste de las tasas aprobadas y ratificadas para el ejercicio 2006, con la variacion del

IPC registrada hasta el mes de setiembre del presente ano (1.35%). Articulo Tercero.- Dejar MORDAZA que el presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion hasta el 31 de diciembre de 2006, conforme lo establece la Ley de Tributacion Municipal y la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente N° 00053-2004-PI/ TC, conjuntamente con el texto integro de las Ordenanzas Nºs. 245 y 247 conforme lo establece la Ley de Tributacion Municipal y la sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente Nº 00053-2004-PI/TC. Por otro lado, la aplicacion de las Ordenanzas, materia de la presente ratificacion, sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde precisar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la citada Municipalidad Distrital, la cual tiene caracter de Declaracion Jurada, conforme lo dispuesto por las Ordenanzas Nºs. 607-MML y 952-MML Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 6710-1

MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban habilitacion MORDAZA nueva de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 1834 Ate, 29 de noviembre de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; el Codificado N° 46019-2001 seguido por MORDAZA SAKUGAWA TAKAESU y mediante el Anexo N° 3680-06 del Codificado N° 14562-2006, su actual propietario MORDAZA HANZAWA SHIGAKI acreditando la titularidad con la Partida Registral N° 11052319 rubro C00002; solicita la emision de una nueva resolucion que apruebe la Habilitacion MORDAZA Nueva denominada "EL BANCO DE MORDAZA PRADO" del terreno con un area de 25,000.00 m2 constituido por parte del lote 10316 del fundo La Puruchuca del MORDAZA de Ate Bajo, calificado como Usos Especiales "OU" ­ MORDAZA Zonal, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; el Informe N°4542006-AHU-SGPUC-GDU/MDA e Informe N° 725-2006SGPUC-GDU/MDA de la Subgerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro y el Proveido N°1590-2006-GDU/MDA de la Gerencia de Desarrollo Urbana; y, CONSIDERANDO: Que, la Comision Tecnica Dictaminadora de Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad de Ate, en su Acuerdo N° 05-02-2001-CTDHU/MDA, tomado en Sesion N° 02-2001 de fecha 23 de MORDAZA de 2001, emite dictamen FAVORABLE de la Habilitacion MORDAZA Nueva, para Uso Residencial de Densidad Media "R-3", correspondiente a la Urbanizacion "El Banco de MORDAZA Prado", constituido por parte del lote 10316 del fundo La Puruchuca del MORDAZA de Ate Bajo, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Que, el mencionado acuerdo fue formalizado mediante Resolucion de Alcaldia N° 0896 de fecha 7 de septiembre de 2001 y su rectificatoria Resolucion de Alcaldia N° 1114 de fecha 2 de septiembre de 2002, la Municipalidad Distrital de Ate, aprueba de conformidad con el Plano signado con el N° 010-2001-UTHU-SDACRyHU-DGU/ MDA, la Habilitacion MORDAZA Nueva para Uso Residencial de Densidad Media "R-3" de la Urbanizacion "El Banco de MORDAZA Prado" constituido por parte del lote 10316 del fundo La Puruchuca del MORDAZA de Ate Bajo, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Asimismo se autorizo la Inscripcion Provisional de Lotes, la Construccion Simultanea, la celebracion de contratos de