Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2006 (07/08/2006)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano lunes 7 de agosto de 2006

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

NORMAS LEGALES

325961

Subgerencia de Desarrollo Economico, la funcion de realizar coordinaciones con la Subgerencia de Servicios Especiales con el fin de asegurar una atencion de calidad del vecino o contribuyente en los Centros de Atencion Surcanos (CAS); Que, la Subgerencia de Organizacion y Procesos, a traves del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del 4 de MORDAZA del 2006, ha identificado de oficio, la necesidad de anadir en el articulo 100º, correspondiente a la Subgerencia de Licencias y Habilitaciones Urbanas, la funcion de realizar coordinaciones con la Subgerencia de Servicios Especiales con el fin de asegurar una atencion de calidad del vecino o contribuyente en los Centros de Atencion Surcanos (CAS); Que, la Subgerencia de Organizacion y Procesos, a traves del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del 4 de MORDAZA del 2006, ha identificado de oficio, la necesidad de modificar el literal i) del articulo 111º, del ROF vigente, con el fin de que la Gerencia de Fiscalizacion este a cargo de la organizacion y supervision del MORDAZA tecnico de atencion de los administrados en los Centros de Atencion Surcanos (CAS); Que, la Subgerencia de Organizacion y Procesos, a traves del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del 4 de MORDAZA del 2006, ha identificado de oficio, la necesidad de corregir la omision cometida durante el procesamiento del texto del articulo 114º del ROF vigente, referida a la funcion de la Subgerencia de Inspecciones, de fiscalizar y notificar el incumplimiento de las normas municipales en materia sanitaria, medio ambiente y Defensa Civil, y prestar el apoyo complementario a los organos instructores correspondientes, a traves de la ejecucion de acciones de seguimiento conforme a la normatividad vigente; Que, la Subgerencia de Organizacion y Procesos, a traves del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del 4 de MORDAZA del 2006, ha identificado de oficio, la necesidad de modificar el literal i) del articulo 114º, del ROF vigente, con el fin de precisar que la Subgerencia de Inspecciones atiende las denuncias vecinales sobre incumplimiento de las disposiciones municipales en los Centros de Atencion Surcanos (CAS); Que, la Subgerencia de Organizacion y Procesos, a traves del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del 4 de MORDAZA del 2006, ha identificado de oficio, la necesidad de corregir el error ocurrido durante el procesamiento del texto del articulo 117º del ROF vigente, el cual define como funcionario de confianza al Subgerente de Ejecucion Coactiva Administrativa; lo cual no esta en concordancia con lo establecido en la Ley Nº 27204; Que, la Subgerencia de Organizacion y Procesos, a traves del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del 4 de MORDAZA del 2006, ha identificado de oficio, la necesidad de anadir en el articulo 120º del ROF vigente, correspondiente a la Gerencia de Desarrollo Social, la funcion de resolver en MORDAZA instancia las peticiones y reclamos que se generan por la prestacion de los servicios funerarios del cementerio municipal; Que, la Subgerencia de Organizacion y Procesos, a traves del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del 4 de MORDAZA del 2006, ha identificado de oficio, la necesidad de anadir en el articulo 120º, correspondiente a la Gerencia de Desarrollo Social, la funcion de organizar y supervisar el MORDAZA tecnico de atencion al vecino, en los Centros de Atencion Surcanos (CAS); Que, mediante Informe Nº 027-2006-SGSS-GDHMSS, del 27 de enero del 2006, la Subgerencia de Servicio Social solicita a la Gerencia Municipal, que las funciones de administrar la panaderia municipal y el cementerio municipal, asi como la resolver en primera instancia de las peticiones y reclamos generados por la prestacion de los servicios funerarios del cementerio municipal, MORDAZA anadidas al articulo 125º del ROF, debido a que las mencionadas funciones son ejercidas y no forman parte del texto del ROF vigente; Que, la Subgerencia de Organizacion y Procesos, a traves del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del 4 de MORDAZA del 2006, ha identificado de oficio, la necesidad de anadir en el articulo 129º, correspondiente a la Gerencia de Medio Ambiente, la funcion de organizar y supervisar el MORDAZA tecnico-operativo de atencion descentralizada de los procedimientos administrativos de la Municipalidad en los Centros de Atencion Surcanos (CAS), asi como en las dependencias a su cargo; Que, la Subgerencia de Organizacion y Procesos, a traves del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del

4 de MORDAZA del 2006, ha identificado de oficio, la necesidad de anadir en el articulo 140º, correspondiente a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, la funcion de organizar y supervisar el MORDAZA tecnico de atencion al vecino, en los Centros de Atencion Surcanos (CAS); Que, la Subgerencia de Organizacion y Procesos, a traves del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del 4 de MORDAZA del 2006, ha identificado de oficio, la necesidad de modificar el literal e) del articulo 143º, del ROF vigente, con el fin de que la Subgerencia de Planeamiento y Control este a cargo de atender las denuncias y requerimientos vecinales en materia de seguridad ciudadana en los Centros de Atencion Surcanos (CAS); Que, el Comite de Coordinacion de Seguridad Surcana (CCSS), en reunion celebrada el 05JUN2006, aprobo por unanimidad la propuesta de la Subgerencia de Organizacion y Procesos, referida al otorgamiento de facultades a los efectivos de serenazgo, para el levantamiento de actas de constatacion de infracciones o partes diarios de ocurrencias, constituyendose estos, en documentos validos para el inicio del MORDAZA administrativo sancionador de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, segun consta en el Acta Nº 0012006-CCSS-MSS, suscrita por el Gerente de Fiscalizacion, Gerente de Medio Ambiente, Gerente de Tecnologias de Informacion y Procesos, Subgerente de Planeamiento y Control, Subgerente de Inspecciones y Subgerente de Organizacion y Procesos. La citada propuesta obedece a la necesidad de sancionar los casos de infraccion de las ordenanzas municipales, que afectan la tranquilidad y el orden publico, por lo tanto, es preciso ampliar el literal e) del articulo 145º del ROF vigente, correspondiente a las funciones de la Subgerencia de Operaciones, organo adscrito de la Gerencia de Seguridad Ciudadana e incorporar la funcion de constatar las infracciones a las ordenanzas municipales que se detecten durante el desarrollo de las labores propias de seguridad ciudadana y en los casos que dichas infracciones MORDAZA denunciadas por los vecinos. Que, la Subgerencia de Organizacion y Procesos, a traves del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del 4 de MORDAZA del 2006, ha identificado de oficio, la necesidad de corregir el error ocurrido durante el procesamiento del texto del articulo 146º del ROF vigente, el cual define como funcionario nombrado al Subgerente de MORDAZA y Vialidad; lo cual no esta en concordancia con el Cuadro de Asignacion de Personal (CAP), aprobado por Ordenanza Nº 249-MSS; Que, la Subgerencia de Organizacion y Procesos, a traves del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del 4 de MORDAZA del 2006, ha identificado de oficio, la necesidad de corregir el error ocurrido durante el procesamiento del texto del articulo 148º del ROF vigente, el cual define como funcionario nombrado al Subgerente de Defensa Civil; lo cual no esta en concordancia con el Cuadro de Asignacion de Personal (CAP), aprobado por Ordenanza Nº 249-MSS; Que, la Subgerencia de Organizacion y Procesos, a traves del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del 4 de MORDAZA del 2006, ha identificado de oficio, la necesidad de anadir en el articulo 149º, correspondiente a la Subgerencia de Defensa Civil, la funcion de atender las consultas y requerimientos en materia de defensa civil, en los Centros de Atencion Surcanos (CAS); Que, la Subgerencia de Organizacion y Procesos, a traves del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del 4 de MORDAZA del 2006, ha identificado de oficio, la necesidad de ampliar el articulo 150º, correspondiente al ambito de competencia funcional de la Subgerencia de Servicios Especiales, con la finalidad de establecer que la administracion de los Centros de Atencion Surcanos (CAS) y otros medios de atencion presencial y no presencial dirigidos al vecino o contribuyente, comprenden el ambito de competencia funcional de la citada Subgerencia; Que, la Subgerencia de Organizacion y Procesos, a traves del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del 4 de MORDAZA del 2006, ha identificado de oficio, la necesidad de anadir en el articulo 152º, correspondiente a la Subgerencia de Servicios Especiales, la funcion de administrar los Centros de Atencion Surcanos (CAS), en coordinacion con las unidades organicas involucradas en el MORDAZA de atencion al vecino o contribuyente; Que, la Subgerencia de Organizacion y Procesos, a traves del Informe Nº 069-2006-SGOYP-GTIP-MSS, del