Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2005 (15/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 15 de noviembre de 2005

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Autorizan viaje oficial del Presidente del Gobierno Regional a EE.UU., para participar a la XIII Ronda de Negociaciones para el TLC
ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 024-2005-REGION CALLAO-CR
CONSIDERANDO: Que, mediante correo electronico de fecha 3 de noviembre del 2005, el senor Viceministro de Comercio Exterior, invita al senor Presidente del Gobierno Regional del Callao, don MORDAZA Canches MORDAZA, a participar como Miembro de la Sala Adjunta en la XIII Ronda de Negociaciones para el Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de Norteamerica, la cual se llevara a cabo entre los dias 14 al 22 de noviembre del ano 2005, en la MORDAZA de MORDAZA - Estados Unidos de Norteamerica; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO, en sesion ordinaria celebrada el dia 11 de noviembre del 2005, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas por el inciso s) del Articulo 15º y el Articulo 23º de la Ley Nº 27867-Ley Organica de Gobiernos Regionales, la Ley Nº 27619-Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de Funcionarios y Servidores Publicos, la Ley Nº 28427Ley del Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2005, el inciso g) del Articulo 3º del Reglamento Interno del Consejo Regional y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; ACUERDA: Articulo Primero.- AUTORIZAR el viaje oficial del senor MORDAZA Canches MORDAZA, Presidente del Gobierno Regional del Callao, a la MORDAZA de MORDAZA - Estados Unidos de Norteamerica, del 14 al 23 de noviembre del ano 2005, para que asista en su calidad de Miembro de la Sala Adjunta a la XIII Ronda de Negociaciones para el Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de Norteamerica. Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue el viaje autorizado en el articulo precedente correran a cargo del Gobierno Regional del Callao, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 982.11 Viaticos US$ 2,200.00 Tarifa CORPAC US$ 28.04 Articulo Tercero.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo Cuarto.- Dentro de los quince dias calendario a la conclusion del viaje, el Presidente Regional presentara un informe detallado sobre las acciones realizadas y la correspondiente rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo Quinto.- ENCARGAR el Despacho Presidencial al senor MORDAZA MORDAZA Huby, Vicepresidente Regional, mientras dure la ausencia del Titular. Articulo Sexto.- DISPENSAR el presente Acuerdo del tramite de lectura y aprobacion del Acta. Articulo Setimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario de mayor Circulacion de la Region. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA CANCHES MORDAZA Presidente del Consejo Regional 19307

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Crean el Consejo Regional de la Juventud del Gobierno Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 031-E-2005-CR-GRH
MORDAZA, trece de octubre de 2005 LA PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: Visto, en Sesion Ordinaria de Consejo Regional de fecha veintinueve de setiembre del dos mil cinco, el Dictamen numero cero nueve del dos mil cinco presentado por la Comision Permanente de Desarrollo Social del Gobierno Regional de MORDAZA, por el cual proponen la creacion del Consejo Regional de la Juventud del Gobierno Regional Huanuco; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region, conforme lo expresan los articulos dos, cuatro, cinco de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete - Organica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que, mediante Ley numero veintisiete mil ochocientos dos se crea el Consejo Nacional de la Juventud CONAJU, y se establece el MORDAZA normativo e institucional que orienta las acciones del Estado y de la sociedad en materia de politica juvenil, que permite impulsar las condiciones de participacion y representacion democratica de los jovenes, orientados a la promocion y desarrollo integral de la Juventud, y considera como beneficiarios de la misma, a los adolescentes y jovenes comprendidos entre los quince y veintinueve anos de edad, sin discriminacion alguna que afecte sus derechos; Que, de conformidad a lo dispuesto en el articulo veinte de la Ley veintisiete mil ochocientos dos, la Comision Nacional de la Juventud, promueve ante los Gobiernos Locales y Gobiernos Regionales, el funcionamiento del Consejo de Participacion de la Juventud - CPJ como mecanismo y asesoria en materia de juventud; Que, existe un amplio MORDAZA normativo como el Decreto Supremo numero cero dieciocho del dos mil uno PROMUDEH, la Ley numero veintisiete mil seiscientos cincuenta y ocho MORDAZA de Modernizacion de Gestion del Estado, Ley de Bases de Estrategia para la superacion de la Pobreza, la Ley numero veintiocho mil cuarenta y cuatro General de Educacion, Ley General de Salud, Ley numero veintisiete mil ochocientos dos del CONAJU, Ley numero veintisiete mil setecientos ochenta y tres de Bases de la Descentralizacion, Ley numero veintisiete mil ochocientos sesenta y siete Organica de los Gobiernos Regionales, Ley numero veintisiete mil novecientos setenta y dos Organica de Municipalidades, El Plan Nacional de Accion por la Infancia y la Adolescencia, el Plan Nacional de igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres, el Plan Nacional contra la Violencia hacia la mujer, el Plan "Educacion para todos" instrumentos legales que aportan para que el tema juvenil pueda ser tratado en forma preferente; Que, es politica de este Gobierno Regional promover una especial consideracion y participacion de los jovenes en la MORDAZA politica, cultural y social en nuestra jurisdiccion, ello en total MORDAZA con las facultades y atribuciones precisadas en la Ley Organica de Gobiernos Regionales;