Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2005 (29/05/2005)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, MORDAZA 29 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 293525

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de empresa para prestar servicio de informacion economica y financiera especializada en tiempo real
RESOLUCION SBS Nº 794-2005 San MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2005 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTO: El Informe Tecnico Nº 008-2005-DL emitido por el Departamento de Logistica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 008-2005-DL, de fecha 9 de MORDAZA de 2005, el Departamento de Logistica sustenta a la Superintendencia Adjunta de Administracion General, las razones por las cuales se hace necesario renovar el servicio de informacion economica y financiera especializada en tiempo real, que viene brindando la empresa BLOOMBERG LP, a fin de garantizar una adecuada supervision por parte de la Superintendencia Adjunta de Seguros, Superintendencia Adjunta de Riesgos y la Superintendencia Adjunta de Administradoras de Fondos de Pensiones; Que, mediante Memorandum Nº 523-2005-SAAFP se sustenta tecnicamente la necesidad que la Superintendencia Adjunta de Administradoras de Fondos de Pensiones cuente con los servicios de informacion economica y financiera que presta la empresa BLOOMBERG LP toda vez que es, tos son utilizados como insumos para la valorizacion de los portafolios de inversion de los fondos de pensiones; Del mismo modo, la Superintendencia Adjunta de Seguros, mediante Memorandum Nº 117-2005-SAS y la Superintendencia Adjunta de Riesgos, mediante Memorandum Nº 166-2005-SAR, sustentan las razones por las cuales las mencionadas areas tambien necesitan el servicio que provee la empresa BLOOMBERG LP como herramienta de trabajo para sus labores de supervision; Que, por las razones tecnicas expuestas en los considerandos que anteceden, el Departamento de Logistica concluye que se hace necesaria la renovacion del servicio que viene brindando la empresa BLOOMBERG LP, por los tres terminales que actualmente tiene instalados en nuestra Institucion; Que, en concordancia con lo anteriormente senalado, la empresa BLOOMBERG LP, mediante correo electronico de fecha 4 de MORDAZA de 2005, remite su cotizacion para los servicios que brinda, por el periodo comprendido entre el 3 de junio de 2005 al 2 de junio de 2006, cuyo costo total asciende a la suma de US$ 71 400,00 (Setenta y Un Mil Cuatrocientos y 00/100 Dolares Americanos), por lo que en funcion a su cuantia, corresponderia la convocatoria de una Adjudicacion Directa Publica, MORDAZA de cuyo tramite se exoneraria la contratacion de la empresa BLOOMBERG LP por ser el unico proveedor en el MORDAZA nacional; Que, en merito a los antecedentes MORDAZA senalados, la empresa BLOOMBERG LP se constituye en proveedor unico, toda vez que es la unica empresa autorizada para brindar los servicios de informacion economica y financiera especializada en tiempo real; en tal sentido el literal e) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, senala que las contrataciones de servicios que no admiten sustitutos y donde exista un proveedor unico, se encuentran exoneradas de los procesos de seleccion de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicacion Directa que le correspondan en funcion a su cuantia; Que, en concordancia con la precitada MORDAZA legal, el articulo 144º del Reglamento de la MORDAZA mencionada MORDAZA, aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM establece que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria y siempre que exista un solo proveedor, la Entidad podra contratar directamente. Senala la MORDAZA ademas que se considerara que existe proveedor unico en los supuestos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de de-

rechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad de un proveedor; Que, lo anteriormente expuesto ha quedado demostrado toda vez que la empresa BLOOMBERG LP informa que las , noticias Bloomberg solamente estan disponibles a traves del servicio Bloomberg Profesional, las cuales proveen acceso privilegiado a informacion del MORDAZA financiero, con un analisis profundo del MORDAZA, por lo que se constituye en proveedor unico del servicio a contratar, toda vez que son los unicos autorizados en el Peru para brindar el servicio requerido por esta Superintendencia; Que, de otro lado, hay que indicar que el articulo 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado preve que las adquisiciones o contrataciones derivadas de una exoneracion se realizaran mediante acciones inmediatas y se aprobaran mediante una Resolucion de Titular del Pliego de la Entidad, en el presente caso del Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, previo Informe Tecnico Legal que sustente la exoneracion y seran publicados en el diario oficial El Peruano; una MORDAZA de la mencionada Resolucion debera ser remitida a la Contraloria General de la Republica bajo responsabilidad, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Por tanto, en uso de las facultades conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 -; de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demas normas complementarias; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica que le corresponde en funcion a su cuantia para la contratacion de la empresa BLOOMBERG LP a fin que preste el servicio de informacion economica y financiera especializada en tiempo real para la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, cuyo valor referencial por el servicio asciende a la suma de US$ 71 400,00 (Setenta y Un Mil Cuatrocientos y 00/100 Dolares Americanos), incluidos todo concepto, gasto y tributo. Articulo Segundo.- Autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General a contratar el mencionado servicio mediante acciones directas con cargo a los recursos propios de la Institucion, por el plazo de un ano. Articulo Tercero.- Disponer que la Superintendencia Adjunta de Administracion General remita MORDAZA de la presente Resolucion y del Informe Tecnico y Legal que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a lo dispuesto por el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 09959

Aprueban Disposiciones Complementarias sobre la Administracion del Riesgo Cambiario Crediticio
CIRCULAR SBS Nº B-2145-2005 MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2005 CIRCULAR Nº B-2145-2005 F-0485-2005 CM-0332-2005 CR-0201-2005 EAF-0229-2005 EDPYME-0117-2005 ---------------------------------------------------Ref.: Disposiciones complementarias sobre la Administracion del Riesgo Cambiario Crediticio ---------------------------------------------------