Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2005 (20/05/2005)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

Pag. 292890

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 20 de MORDAZA de 2005

Que, debido a que la transmision de energia electrica esta destinada al suministro de una MORDAZA de concesion de Sociedad Electrica del Sur Oeste S.A. que pertenece a un Sistema MORDAZA, no es de aplicacion lo dispuesto en el articulo 122º de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 094-2005-DGE-CEL; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a Sociedad Electrica del Sur Oeste S.A., concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la linea de transmision de 60 kV SE Marcona - SE MORDAZA Union, ubicada en el distrito de San MORDAZA de Marcona, en la provincia de Nasca, departamento de Ica, y en los distritos de MORDAZA y MORDAZA Union, en la provincia de Caraveli, departamento de MORDAZA, en los terminos y condiciones de la presente Resolucion y los que se detallan en el Contrato de Concesion que se aprueba en el articulo 3º de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los bienes indispensables para operar la concesion son los siguientes:
Salida/Llegada de la linea electrica Tension (kV) Nº de ternas Longitud (km) Ancho de faja de servidumbre (m) 16

mision con la linea de transmision de 66 kV SE Caraz (Shingal) - SE MORDAZA (Picup), existente, de propiedad de la solicitante, ubicada en las provincias de Caraz, Yungay, Carhuaz y MORDAZA del departamento de MORDAZA, cuyas coordenadas UTM figuran en el Expediente; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 236-2002-EM/ DGAA de fecha 23 de agosto de 2002, modificada por Resolucion Directoral Nº 015-2005-MEM/AAE de fecha 11 de enero del 2005, se aprobo el Estudio de Impacto Ambiental de la linea de transmision de 66 kV SE Caraz (Shingal) - SE MORDAZA (Picup); Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 25º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y en los articulos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentacion; Que, debido a que la transmision de energia electrica perteneciente a un Sistema MORDAZA esta destinada al suministro de zonas de concesion de HIDRANDINA S.A., no es de aplicacion lo dispuesto en el articulo 122º de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 057-2005-DGE-CEL; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a HIDRANDINA S.A., concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica con la linea de transmision de 66 kV SE Caraz (Shingal) - SE MORDAZA (Picup), de propiedad de la solicitante, ubicada en las provincias de Caraz, Yungay, Carhuaz y MORDAZA del departamento de MORDAZA, respectivamente en los terminos y condiciones de la presente Resolucion y los que se detallan en el Contrato de Concesion que se aprueba en el articulo 3º de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los bienes indispensables para operar la concesion son las siguientes:
Salida/Llegada de la linea de transmision Tension Nº de Longitud (kV) ternas (km) Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m) 16

SE MARCONA - SE MORDAZA UNION

60

01

63,05

Articulo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesion Nº 2472005 a suscribirse con Sociedad Electrica del Sur Oeste S.A., el que consta de 17 clausulas y 3 anexos. Articulo 4º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesion aprobado en el articulo que antecede y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 5º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera incorporarse en la Escritura Publica a que de origen el Contrato de Concesion Nº 247-2005, referido en el articulo 3º de la presente Resolucion, en cumplimiento del articulo 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion, y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 09479

SE CARAZ - SE MORDAZA

66

01

61,7

RESOLUCION SUPREMA Nº 028-2005-EM
MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2005 VISTO: El Expediente Nº 14117901, sobre otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, presentada por la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electro Norte Medio S.A. HIDRANDINA S.A., persona juridica inscrita en la Ficha Nº 1216 del Registro de Sociedades Mercantiles de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, la solicitud presentada tiene por objeto obtener la concesion definitiva para desarrollar la actividad de trans-

Articulo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesion Nº 2422005 a suscribirse con la empresa HIDRANDINA S.A., el que consta de 17 clausulas y 3 anexos. Articulo 4º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesion aprobado en el articulo que antecede y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 5º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera incorporarse en la Escritura Publica a que de origen el Contrato de Concesion Nº 242-2005, referido en el articulo 3º de esta Resolucion, en cumplimiento del articulo 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 09480