Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2005 (27/03/2005)


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NORMAS LEGALES
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MORDAZA, MORDAZA 27 de marzo de 2005

Instrucciones de la Seccion II : Relacion de Insumos Importados La relacion de insumos importados forma parte de la Solicitud de Restitucion que debe ser elaborada por cada Declaracion Unica o Simplificada de Exportacion. Declaracion Unica o Simplificada de Exportacion Nº : indicar Aduana - Ano - Codigo de Regimen Numero 1.Serie: indicar el numero de la serie sujeta a restitucion. 1.1 Descripcion de la mercancia exportada: indicar la descripcion comercial. 1.2 FOB sujeto a restitucion: Indicar el valor FOB sujeto a restitucion en la serie, expresado en dolares americanos. 2. Detalle de la mercancia importada Por cada serie de la Declaracion de Exportacion y de acuerdo al valor FOB sujeto a restitucion indicado en el casillero 1.2, debe consignar la descripcion comercial de la totalidad de insumos importados utilizados en los productos de exportacion declarados en la serie. 2.1 Declaracion.- numero de la Declaracion Unica o Simplificada de Importacion (codigo de aduana - ano - codigo de regimen - numero), serie y RUC del importador. Solo corresponde consignar, en los casos que la solicitud de restitucion se sustente en importaciones directas o adquisiciones de mercancias elaboradas con insumos importados (articulo 131º del Decreto Supremo Nº 0112005-EF). 2.2 Factura compra local.- RUC del proveedor, numero y fecha de la factura de adquisicion local. 2.3 Descripcion de la mercancia.- descripcion comercial del insumo importado. En caso que la solicitud del beneficio se sustente en adquisiciones realizadas al MORDAZA del articulo 131º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, debe indicar la descripcion comercial del insumo importado y de la mercancia adquirida localmente (declaracion / factura). Cabe mencionar que las cantidades a que se refiere el rubro 3 corresponderan a la mercancia adquirida localmente. 2.4 Unidad de medida.- En los casos de: - Insumos importados por el beneficiario.- unidad fisica coincidente con la senalada en la Declaracion.

Insumos importados adquiridos localmente.unidad fisica coincidente con la expresada en la factura de adquisicion. Beneficio al MORDAZA del articulo 131º del Reglamento de la Ley General de Aduanas (mercancias utilizadas en el producto de exportacion, que han sido adquiridas en el MORDAZA local y elaboradas con insumos importados).- unidad fisica de la mercancia adquirida localmente, coincidente con la expresada en la factura.

3.Cantidad de Insumo Por cada insumo importado utilizado en los productos de exportacion sujetos a restitucion declarados en la serie, debe indicar la cantidad de insumo importado utilizado durante su MORDAZA productivo, expresada en la unidad de medida senalada en el casillero 2.4, segun lo siguiente: 3.1 Contenido neto.- cantidad de insumo importado que esta efectivamente contenido en los productos de exportacion. 3.2 Excedentes con / sin valor comercial Con valor comercial (C/V): cantidad de insumo importado que forma parte del residuo, desperdicio o subproducto con valor comercial que resulta del MORDAZA productivo de los productos de exportacion. Para efectos de la restitucion, se consideran incorporados en el producto exportado. Sin valor comercial (S/V): cantidad de insumo importado que no puede ser recuperado (merma) o no es aprovechable (desperdicio) que resulta del MORDAZA productivo de los productos de exportacion. Para efectos de la restitucion, se consideran consumidos o incorporados en el producto exportado. La consignacion de los datos de las casillas 3.1 y 3.2 son opcionales. En caso se indique la referida informacion, la sumatoria de MORDAZA debe coincidir con la MORDAZA 3.3 (insumo utilizado). 3.3 Insumo utilizado.- debe indicarse la cantidad total de insumo importado o mercancia a que se refiere el articulo 131º del Reglamento de la Ley General de Aduanas utilizado en el producto de exportacion, de acuerdo al valor FOB sujeto a restitucion declarado en la serie. Es la sumatoria de las casillas 3.1 y 3.2 expresada en la unidad senalada en la MORDAZA 2.4 con un MORDAZA de ocho digitos. 4.Total FOB Restitucion Indicar el total FOB sujeto a restitucion por Declaracion de Exportacion, el cual resulta de la sumatoria del valor consignado por cada serie en la MORDAZA 1.2.

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos publicos que, para efecto de la publicacion en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, se debera tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion se efectuara mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberan entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicacion se realizara de acuerdo al orden de recepcion del material y la disponibilidad de espacio que hubiere. 3. La documentacion a publicar se enviara ademas al siguiente correo electronico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la version electronica es identico al del material impreso que se adjunta. 4. Las declaraciones juradas deberan trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Seccion MORDAZA aprobada por Decreto Supremo N°. 080-2001-PCM, se presentara en dos columnas, una linea por celda. 5. La informacion se guardara en una sola hoja de calculo, colocandose una declaracion jurada debajo de otra.

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