Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2005 (18/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 18 de junio de 2005

Con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica del MIMDES contenida en el Informe Nº 925-2005-MIMDES/OGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Reglamento de Organizacion y Funciones del MIMDES aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, y el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado en asuntos judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico del MIMDES, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra las personas comprendidas en el Informe Especial Nº 04-2005-2-3901-MIMDES/OCI y contra aquellos que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso, al Procurador Publico del MIMDES para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 11121

PRODUCE, y sugiere llevar a cabo las acciones administrativas correspondientes para su aprobacion; Con los visados del Viceministro de Pesqueria, de la Direccion Nacional de Pesca Artesanal y de las Oficinas Generales de Asesoria Juridica, Desarrollo y Planeamiento Estrategico, y de Administracion; De conformidad a lo dispuesto por el articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Oficializar el evento denominado "El Pescador Artesanal del Ano 2005", estableciendo el 29 de junio del 2005 como el dia central de dicha actividad. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion Nacional de Pesca Artesanal del Ministerio de la Produccion la organizacion del evento mencionado en el articulo 1º de la presente resolucion, aprobandose para tal efecto el Reglamento correspondiente, el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director de la Oficina General de Administracion a efectuar las acciones correspondientes, en el ambito de su competencia, para contribuir al desarrollo del citado evento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LEMOR BEZDIN Ministro de la Produccion 11104

PRODUCE
Oficializan evento denominado "El Pescador Artesanal del Ano 2005"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 152-2005-PRODUCE MORDAZA, 16 de junio del 2005 Visto el Informe Nº 034-2005-PRODUCE/DNPA-DPP de fecha 20 de MORDAZA del 2005. CONSIDERANDO: Que el articulo 57º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que el Estado promueve el desarrollo de la actividad pesquera artesanal en aguas marinas y continentales, en las fases de extraccion, procesamiento y comercializacion pesquera y en la acuicultura; Que el Plan Estrategico Sectorial Multianual 20042006 del Sector Produccion, establece como Lineamiento de Politica para la actividad pesquera artesanal, el propiciar el desarrollo y diversificacion de la pesca artesanal, mediante la eficiente utilizacion de la infraestructura existente, facilitando creditos promocionales, capacitacion y transferencia tecnologica, con la finalidad de elevar el nivel socioeconomico de los pescadores artesanales; Que estando proximo a celebrarse el Dia del Pescador, el Ministerio de la Produccion con el proposito de resaltar el esfuerzo desplegado por los principales agentes de la actividad pesquera artesanal a nivel del litoral y en aguas continentales del territorio nacional, ha programado realizar el evento denominado "El Pescador Artesanal del Ano 2005", estableciendo el 29 de junio del 2005 como el dia central de dicha actividad, evento que es necesario oficializar; Que, con Oficio Nº 604-2005-PRODUCE/OGDPEOP del 18 de MORDAZA del 2005, la Oficina General de Desarrollo y Planeamiento Estrategico manifiesta que el financiamiento para la realizacion del mencionado evento se encuentra presupuestado en el Calendario de Compromisos de los meses de MORDAZA y junio, dentro del Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego Aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 456-2004-

Prohiben extraccion del recurso MORDAZA de abanico y traslado o transporte de ejemplares obtenidos por recoleccion o extraccion en el area del Callao
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 157-2005-PRODUCE

MORDAZA, 17 de junio de 2005 Vistos el Oficio Nº DE-100-102-2005-PRODUCE/IMP del 5 de MORDAZA de 2005 del Instituto MORDAZA del Peru IMARPE, el Informe Nº 130-2005-PRODUCE/Dch-maph del 12 de MORDAZA de 2005 de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero y el Informe Nº 1048-2005-PRODUCE/OGAJ del 30 de MORDAZA de 2005 de la Oficina General de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establece que el Ministerio de Pesqueria, actualmente Ministerio de la Produccion, determinara, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, segun el MORDAZA de pesqueria, las normas que garanticen la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; Que por Resolucion Ministerial Nº 078-2005-PRODUCE del 29 de marzo de 2005, se prohibio la extraccion del recurso MORDAZA de abanico (Argopecten purpuratus) en el area del Callao a partir de las 00:00 horas del 31 de marzo hasta el 30 de MORDAZA de 2005 y, asimismo, el traslado y/o transporte de ejemplares de cualquier talla recolectados o extraidos de los bancos naturales del Callao, a un area geografica distinta a la de origen con fines de poblamiento, repoblamiento o confinamiento para engorde; Que el Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE mediante el Oficio Nº DE-100-102-2005-PRODUCE/IMP del 5 de MORDAZA de 2005, remite el informe ejecutivo denominado "Evaluacion poblacional de MORDAZA de abanico (Argopecten purpuratus) en el Callao (31 de marzo - 2 de MORDAZA de 2005)", en el cual manifiesta que los resultados de dicha evaluacion muestran una reduccion MORDAZA de la biomasa del recurso respecto a la encontrada en junio de 2004, por lo que aunado al impacto negativo que produce el traslado y confinamiento de ejemplares en pequenas areas, impide