Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2005 (14/07/2005)
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TEXTO DE LA PÁGINA 90
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NORMAS LEGALES
MORDAZA, jueves 14 de MORDAZA de 2005
FORMULARIO N° 1495 DECLARACION JURADA DE HABER REALIZADO ACTIVIDADES QUE NO IMPLIQUEN LA GENERACION DE RENTAS DE FUENTE PERUANA
Base Legal: Tercer parrafo del Articulo 13° del Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto a la Renta aprobado por el Decreto Supremo N° 179-2004-EF y modificatoria
DATOS DEL EXTRANJERO
Apellidos y nombres: Documento de Identidad:
( )Pasaporte
Numero: Nacionalidad: Condicion Migratoria:
( )Carnet de Extranjeria
( )Otros (especificar):
( )Artista ( )Independiente
Fecha de ingreso al pais: Fecha de salida del pais:
( )Religioso ( )Inmigrante
( )Estudiante ( )Trabajador
En cumplimiento de lo dispuesto en el tercer parrafo del Articulo 13° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, declaro que durante mi permanencia en el Peru, no he realizado actividades que impliquen la generacion de rentas de fuente peruana. Para tal efecto, suscribo la presente declaracion.
FECHA DE EMISION:
FIRMA DEL EXTRANJERO
SELLO DE RECEPCION (USO EXCLUSIVO DE AUTORIDADES MIGRATORIAS)
12538
R
EP
UB
LICA DEL P E
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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA
REQUISITOS PARA PUBLICACION DE RESOLUCIONES EN LA SEPARATA DE JURISPRUDENCIA
Se comunica al Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal, Consejo de Mineria y otros organismos publicos que emitan jurisprudencia que para efecto de publicar sus resoluciones deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. Las resoluciones a publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.00 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. Las resoluciones deberan presentarse debidamente refrendadas en original y acompanadas de su respectivo oficio mediante el cual se solicite la publicacion de estas y se autorice el cobro de la tarifa correspondiente segun sea el caso. Las resoluciones de jurisprudencia se remitiran ademas en disquete o al siguiente correo electronico: jurisprudencia@editoraperu.com.pe. No se aceptaran oficios y resoluciones en fotocopia o de no estar acompanados por la version electronica.
3. 4.
LA DIRECCION