Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2004 (17/10/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 17 de octubre de 2004

chi MB 339A por la causal de "Bienes y Servicios que no admiten sustitutos"; CONSIDERANDO: Que, del Informe Tecnico Nº 006 del 25 de agosto del 2004 del Jefe de Departamento de Material Aereo y del Comandante del Servicio de Abastecimiento Tecnico de la Fuerza Aerea del Peru, se aprecia que la Fuerza Aerea del Peru cuenta con aviones Macchi MB 339A los cuales para mantener su operatividad y cumplir con las operaciones aereas en optimas condiciones de seguridad requieren de los repuestos y accesorios detallados en el Anexo Nº 1 y la reparacion de los accesorios especificados en el Anexo Nº 2 al citado Informe Tecnico; Que, del citado Informe Tecnico se comprueba que la Compania Air Macchi es fabricante de dichas aeronaves y la unica en el MORDAZA que ofrece los repuestos y accesorios asi como el servicio de reparacion, con las caracteristicas tecnicas requeridas por los manuales de mantenimiento y reparacion de los Aviones Macchi MB 339A; Que, los repuestos y accesorios que se pretenden adquirir son unicos en su genero al no existir otras fabricas que ofrezcan el mismo material y servicios de reparacion con las caracteristicas tecnicas requeridas por los manuales de mantenimiento y reparacion, por lo que estos bienes y servicios no admiten sustitutos; Que, la adquisicion de bienes y la contratacion de los servicios a la fabrica Air Macchi permite salvaguardar la seguridad e integridad del personal de pilotos y de las aeronaves, evitando de esta manera la intermediacion de empresas que no brinden las garantias logrando que sus componentes cumplan con los tiempos de operacion establecidos en los manuales del fabricante lo que redunda en beneficio de los intereses tecnicos, operativos y economicos de la Fuerza Aerea del Peru; Que, el valor referencial para la adquisicion del material especificado en el Anexo Nº 1 al Informe Tecnico es de S/ . 1'890,107.24 (Un Millon Ochocientos Noventa Mil Ciento Siete con 24/100 Nuevos Soles) con cargo al presupuesto R.O. AF-2004 en la cadena de gasto 5.3.11.30, incluida en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Fuerza Aerea del Peru 2004 en el rubro 50; Que, el valor referencial de la contratacion del servicio de reparacion especificado en el Anexo Nº 2 al Informe Tecnico es de S/. 210,759.12 (Dos Cientos Diez Mil Setecientos Cincuenta y Nueve con 12/100 Nuevos Soles) con cargo al presupuesto R.O. AF-2004 en la cadena programatica de gasto 5.3.11.39., en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Fuerza Aerea del Peru 2004 en el rubro 59; Que, del Informe Legal Nº 008-SAAL-2004 del 25 de agosto del 2004 suscrito por el Asesor Legal del Servicio de Abastecimiento Tecnico de la Fuerza Aerea del Peru, entre otros aspectos se comprueba que la solicitud de exoneracion de los procesos de seleccion de "Licitacion Publica Internacional y Concurso Publico" por la causal de "Bienes y Servicios que no Admiten Sustitutos", se encuentra enmarcada dentro de los alcances del inciso f), articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Que, el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, dispone que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen por "Bienes y Servicios que no admiten sustitutos"; Que, el articulo 20º del dispositivo legal MORDAZA mencionado establece que las contrataciones a que se refiere el articulo 19º, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, salvo las previstas en el literal b) del mencionado articulo y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, la Resolucion senalada requiere obligatoriamente de un informe Tecnico-Legal previo y sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA de la Resolucion y del Informe Tecnico-Legal que la sustenta debera remitirse a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, los articulos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establecen que de producirse los supuestos senalados en el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las contrataciones y adquisiciones se efectuan mediante el MORDAZA de selec-

cion de Adjudicacion de Menor Cuantia, para tal efecto la Entidad competente para aprobar la exoneracion designara a la dependencia u organo encargado de llevar a cabo el mencionado MORDAZA, de acuerdo al monto involucrado, su complejidad, envergadura o sofisticacion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar a la Fuerza Aerea del Peru de los procesos de seleccion de "Licitacion Publica Internacional y Concurso Publico" por la causal de "Bienes y Servicios que no admiten sustitutos" para la contratacion de la Compania Air Macchi fabricante de aviones Macchi MB 339A. Articulo 2º.- Aprobar a favor de la Compania Air Macchi la adquisicion de repuestos y accesorios de los aviones Macchi MB 339A por el valor referencial de S/. 1'890,107.24 (Un Millon Ochocientos Noventa Mil Ciento Siete con 24/ 100 Nuevos Soles) con cargo al presupuesto R.O. AF2004 en la cadena de gastos 5.3.11.30; asi como su contratacion para los servicios de reparacion de accesorios de la misma aeronave por el valor referencial de S/. 210,759.12 (Dos Cientos Diez Mil Setecientos Cincuenta y Nueve con 12/100 Nuevos Soles) con cargo al presupuesto R.O. AF2004 en la cadena programatica de gasto 5.3.11.39. Articulo 3º.- Autorizar al Comandante Generalde la Fuerza Aerea del Peru a nombrar al Comite Especial que llevara a cabo el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia para la contratacion a que se refiere el articulo anterior, asi como al Comandante de Material a aprobar las Bases Administrativas y al Comandante del Servicio de Abastecimiento Tecnico a suscribir el contrato correspondiente. Articulo 4º.- Remitir la presente Resolucion Ministerial a la Contraloria General de la Republica, a la que se adjuntaran los antecedentes del caso, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de aprobacion. Registrese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 18679

Autorizan viaje de suboficial FAP a Ecuador para participar en MORDAZA referente a sistemas de informacion utilizados en la accion contra minas antipersonal
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1103-2004-DE/FAP-CP
MORDAZA, 15 de octubre de 2004 Visto el Fax (PMS-OEA) Nº 308 del 23 de setiembre del 2004 del Director de Asuntos Politicos Multilaterales y de Seguridad y Papeleta de Tramite Nº 4218-SGFA del 29 de setiembre del 2004, del Secretario General de la Fuerza Aerea del Peru; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comision del Servicio, al Suboficial de 2da. FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien participara en el MORDAZA "EOD-IS SUR VEY", orientado a la Configuracion y Mantenimiento de los Sistemas de Informacion utilizados en la accion contra las Minas Antipersonal, a realizarse en las ciudades de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA - Republica del Ecuador, del 18 al 29 de octubre del 2004; por cuanto las experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ambito de competencia de la Fuerza Aerea del Peru; Que, los gastos de pasajes, hospedaje, alimentacion y demas conceptos seran solventados por el Centro Internacional de MORDAZA para el Desarrollo Humanitario (GICHD) y por el Programa de Asistencia a la Accion Integral contra las Minas Antipersonal de OEA en la Republica del Ecuador (AICMA-EC), no irrogando gasto al Tesoro Publico; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, los viajes al extranjero que no ocasionen ningun