Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2004 (01/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, viernes 1 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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Que el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 5 de setiembre del 2002, dispone que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus pcituratus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados para el consumo humano directo; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 077-2002-PRODUCE de fecha 25 de setiembre del 2002, se establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados exclusivamente a la industria conservera, congeladora, de curados o hacia la elaboracion de otros productos de consumo humano directo, asi como al MORDAZA interno al estado fresco refrigerado; Que de la revision y evaluacion de los documentos presentados y segun el Certificado Compendioso de Dominio, se ha verificado que los senores recurrentes han cumplido con acreditar los requisitos establecidos por el procedimiento Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que procede otorgar el permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 260-2004PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Ley Nº 26920, demas normas complementarias y Procedimiento Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a favor de los senores MORDAZA MORDAZA ZERILLO PAZ y su conyuge, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "SALVADOR I" de matricula CO-21706-CM con 92.00 m3 de capacidad de bodega, equipada con red de cerco de ½ pulgada (13 mm.) de longitud minima de abertura de malla, para dedicarla a la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano indirecto. Articulo 2º.- Cancelar el permiso de pesca de la embarcacion pesquera "SALVADOR" de matricula CO-19875-CM y excluir a la Resolucion de Direccion Regional Sectorial Nº 065-2000-CTAR-LAMB/DRPE del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 285-2003-PRODUCE. Articulo 3º.- El permiso de pesca de la embarcacion senalada en el articulo 1º de la presente resolucion sera materia de caducidad en el caso de que no acredite la destruccion o desguace de la embarcacion presentado para ser sustituido conforme a lo dispuesto en el articulo 7º del Decreto Supremo Nº 004-2002-PRODUCE. Articulo 4º.- La embarcacion "SALVADOR I" de matricula CO-21706-CM no podra efectuar faenas de pesca hasta que instale de manera previa el equipo de sistema de seguimiento satelital. Articulo 5º.- Incluir el presente dispositivo legal en el literal J) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 2852003-PRODUCE/DNEPP. Articulo 6º.- Excluir a la Resolucion Directoral Nº 1502002-PRODUCE/DNEPP del Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE. Articulo 7º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de la Produccion de los Gobiernos Regionales de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Ica y Tacna y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de los Gobiernos Regionales de MORDAZA, La MORDAZA y Moquegua. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DONGO MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 17601

RELACIONES EXTERIORES
Designan delegacion que participara en la XV RAPAL, a realizarse en Ecuador
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0775-2004-RE MORDAZA, 17 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Decimoquinta Reunion de Administradores de los Programas Antarticos Latinoamericanos - XV RAPAL, se llevara a cabo en la MORDAZA de Guayaquil, Republica de Ecuador, del 21 al 24 de setiembre del ano en curso; Que, el Peru es Estado parte del Tratado Antartico y como Estado consultivo del Tratado tiene voz y MORDAZA en todas sus decisiones, resoluciones y medidas que se debaten y adoptan en el seno de las Reuniones Consultivas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2002-RE de 27 de febrero de 2002, se establecio la Politica Nacional Antartica, en la que se senala que es objetivo general de la Politica Nacional la consolidacion de la presencia activa y permanente del Peru en la Antartida y de su calidad de Parte Consultiva del Tratado Antartico, por lo que se ha establecido como estrategia el promover la participacion creciente del Peru en reuniones, foros y mecanismos de consulta y de trabajo vinculados a los diversos instrumentos del Sistema del Tratado Antartico; Que, de conformidad con el articulo 3º de la Ley Nº 27870, Ley del Instituto Antartico Peruano; el INANPE es el ente encargado de formular, conducir y supervisar en forma integral la Politica Nacional Antartica en cuyo MORDAZA se realizan todas las actividades que las entidades de los sectores publico y privado realicen en la Antartida; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27870, Ley de Creacion del Instituto Antartico Peruano; el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de fecha 28 de diciembre de 1992; la Ley Nº 27619, de fecha 21 de diciembre de 2001; el Decreto Supremo Nº 047-2002 PCM, de fecha 6 de junio de 2002, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; y el articulo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a la delegacion que en representacion del Peru participara del 21 al 24 de setiembre de 2004, en la Decimoquinta Reunion de Administradores de los Programas Antarticos Latinoamericanos - XV RAPAL que se realizara en la MORDAZA de Guayaquil, Republica de Ecuador, la misma que estara integrada por las siguientes personas: - Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA de Zela MORDAZA, Presidente del Consejo Directivo del INANPE, quien la presidira; - Biologo MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de Asuntos Cientificos y Ambientales del INANPE y, - Mayor FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Oficial de la Direccion de Operaciones del INANPE. Articulo Segundo.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos con cargo al Sector Nº 08 - Ministerio de Relaciones Exteriores, Pliego Presupuestal Nº 081 - Instituto Antartico Peruano de la Unidad Ejecutora 001 - Instituto Antartico Peruano, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino del referido viaje, de acuerdo al siguiente detalle:
PERSONAL PASAJES VIATICOS TARIFA AEREOS US$ AEROPUERTO US$ US$ Embajador MORDAZA de Zela MORDAZA 439,00 1.000,00 28,24 Biologo MORDAZA MORDAZA MORDAZA 439,00 1.000,00 28,24 Mayor FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA 439,00 1.000,00 28,24

Articulo Tercero.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino del citado viaje, el presidente de la delegacion debera presentar al senor Ministro de