Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2004 (07/11/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 7 de noviembre de 2004

actividades oficiales y la informacion adicional que considere pertinente la entidad; Que, a su vez, el articulo 6º literal d) de la misma normatividad, senala que los gobiernos locales distritales tienen un plazo de dos anos contados a partir del MORDAZA periodo municipal para implementar sus portales de internet; Que, a fin de desarrollar y mantener actualizado el MORDAZA de internet de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, resulta necesario designar al funcionario que se encargara de difundir la informacion que genere la institucion municipal, con la colaboracion de las Gerencias y Departamentos dando fiel cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 6 del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y el articulo 8º del Decreto Supremo Nº 043-2003PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha, a don MORDAZA MORDAZA AYMAR, Jefe del Departamento de Informatica y Estadistica de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA como el funcionario responsable del desarrollo y actualizacion del MORDAZA de internet de nuestra entidad. Articulo Segundo.- Encargar a las Gerencias y Departamentos que conforman la estructura organica de la Municipalidad, que brinden la informacion requerida por el funcionario designado en el parrafo anterior, en virtud de lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion, bajo responsabilidad. Articulo Tercero.- Encargar a Secretaria General la notificacion de la presente resolucion al funcionario designado, y a todas las Gerencias y Departamentos de la Municipalidad para el estricto cumplimiento de lo dispuesto en MORDAZA, asi como su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 20007

los reconocen como instituciones naturales y fundamentales de la sociedad; Que, la Municipalidad desea brindar las mayores facilidades posibles a aquellos trabajadores de la Institucion, que deseen formalizar y/o regularizar su situacion conyugal, contribuyendo de esta manera, a fortalecer la Unidad Familiar como celula basica de la sociedad, facilitando para ello el procedimiento establecido; Que, mediante la Ordenanza Nº 142-MPL se aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), que establece en el numeral 11, el pago por concepto de Matrimonio Civil en el Local Municipal, en horas laborables ascendente a S/.200.00 (Doscientos y 00/100 Nuevos Soles), en el mismo numeral se establece el pago por concepto de Pliego Matrimonial ascendente a S/.70.00 (Setenta y 00/100 Nuevos Soles) y el examen medico pre-nupcial ascendente a S/. 108.00 (Ciento Ocho y 00/100 Nuevos Soles); En uso de lo dispuesto en la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con el MORDAZA UNANIME del pleno del Concejo y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Establecer el beneficio de exoneracion del pago del derecho para la celebracion de ceremonia de Matrimonio Civil en el Local Municipal, a todos los trabajadores de la Municipalidad, cualesquiera fuere su regimen laboral o modalidad de contratacion y a los hijos de los trabajadores activos y jubilados, siempre que uno de los contrayentes acredite domicilio en el distrito de Pueblo Libre. Articulo Segundo.- Establezcase que la celebracion del citado Matrimonio Civil, se realizara el dia 4 de diciembre de 2004, fijandose como plazo para la MORDAZA de expedientes, hasta el dia viernes 26 de noviembre del presente ano. Articulo Tercero.- Los contrayentes deben presentar los siguientes documentos: a) MORDAZA Certificada de las Partidas de nacimiento, actualizadas con no mas de treinta (30) dias de antiguedad (Art. 248º c.c.) b) MORDAZA legalizada por fedatario del D.N.I., con la MORDAZA de haber participado en el ultimo sufragio. c) En caso de tratarse de viudos(as), divorciados(as), menores de edad, militares o extranjeros, deberan adjuntar los documentos adicionales, segun el caso. d) Certificados domiciliarios policiales. e) Certificado medico valido y vigente de cada contrayente. f) Dos testigos mayores de edad, debidamente identificados. g) Publicacion de un Edicto Matrimonial en un diario de circulacion nacional. Articulo Cuarto.- La exoneracion que se concede a los contrayentes que participan en este acto, alcanza los siguientes conceptos: a) Los derechos de pago por concepto de Pliego Matrimonial y Ceremonia de Matrimonio Civil de la Division de Registros Civiles de la Gerencia de Desarrollo Humano, de conformidad al inciso 12) del articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. b) Los derechos de pago por los servicios de certificados medicos pre-nupciales de la Division de Sanidad de la Gerencia de Desarrollo Humano. Articulo Quinto- La calificacion de la procedencia del beneficio establecido, estara a cargo de la Jefa de la Division de Registros Civiles, Jefe de la Unidad de Personal y Jefe de la Unidad de Abastecimiento y Servicios segun corresponda, al momento de presentar la solicitud adjuntando los documentos requeridos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Pueblo Libre.

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Establecen beneficio para trabajadores de la municipalidad
ORDENANZA Nº 153-MPL Pueblo Libre, 25 de octubre de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Visto, en Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 015-2004-MPL/CPL-CPDH de la Comision Permanente de Desarrollo Humano y el Informe Nº 109-2004MPL/GDH-DRC de la Gerencia de Desarrollo Humano Division de Registros Civiles; y, CONSIDERANDO: Que, al MORDAZA del articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru, la Comunidad y el Estado protegen especialmente a la familia, promueven el matrimonio y