Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2004 (19/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 19 de diciembre de 2004

Que, en materia de certificacion de semillas continuan rigiendo las normas MORDAZA senaladas en el Decreto Supremo Nº 044-82-AG; no obstante, en virtud a la Ley General de Semillas y su Reglamento General, el SENASA es la Autoridad en Semillas vigente, que tiene la funcion de realizar indirecta o directamente la certificacion de semillas, asi como supervisar la ejecucion de este servicio a entidades particulares autorizadas para ello; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0444-96-AG, de fecha 11 de junio de 1996, se delego al Comite Departamental de Semillas de MORDAZA (CODESE Junin), funciones para realizar la certificacion de semillas en el ambito de su circunscripcion territorial; estableciendo en su Articulo 3º que el mencionado Comite debera informar a la Direccion Regional de Agricultura, sobre las acciones que realice en los procesos de certificacion de semillas; Que, de acuerdo a los informes remitidos por la Direccion Desconcentrada del SENASA MORDAZA y la Direccion Regional Agraria de MORDAZA mediante los documentos del visto, la certificacion de semillas se encontraria en una critica situacion, debido a la inoperatividad del CODESE MORDAZA, toda vez que nunca ha reportado informacion por MORDAZA, correspondiente a las solicitudes de inspeccion aprobadas y descalificadas, ni los resultados de inspecciones oficiales realizadas y entrega de etiquetas, entre las Campanas 1999 a 2004; y que son frecuentes los reclamos de parte de agricultores y asociaciones productoras de semillas, debido a la imposibilidad de presentar sus solicitudes de certificacion, puesto que el CODESE MORDAZA no estaria atendiendo en sus oficinas de referencia; Que, en el Informe Tecnico Nº 2986/2004-AG-SENASA-DGSV-DIA, de fecha 10 de diciembre de 2004, la Direccion de Insumos Agricolas del SENASA reporta que durante la gestion 1999 - 2004, la Directiva del CODESE MORDAZA no ha cumplido con entregar la informacion tecnica y economica a las instancias correspondientes, como lo establece el Articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 0444-96-AG; asimismo, que no ha cumplido con atender los informes trimestrales sobre certificacion de semillas solicitados en reiteradas oportunidades, ni las invitaciones a reuniones de trabajo y de capacitacion realizadas con los Comites Departamentales de Semillas y la Comision Nacional de Semillas; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27262, el Decreto Supremo Nº 044-82-AG, el Decreto Supremo Nº 24-95-AG; y con los vistos buenos de la Direccion General de Sanidad Vegetal y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Realizar una Auditoria al Comite Departamental de Semillas de MORDAZA, a cargo del personal de la Direccion de Insumos Agricolas que designe el Director General de Sanidad Vegetal. Articulo 2º.- Encargar temporalmente las funciones de certificacion de semillas, a la Direccion Desconcentrada del SENASA MORDAZA en el ambito de su circunscripcion territorial, hasta el termino de la Auditoria establecida en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONELL MORDAZA Jefe 23080

Visto, el Memorandum Nº 070-2004-MINCETUR/ SG/OGA-OASA-SDPCP, de la Subdireccion de Programacion y Control Patrimonial de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares y los Memorandum Nºs. 494 y 695-2004-MINCETUR/SG/OGA de la Directora General de Administracion. CONSIDERANDO: Que, con fecha 22 de marzo del 2003 el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, suscribio con la empresa Minera Yanacocha S.R.L. un Acuerdo MORDAZA de Cooperacion, con el fin de establecer compromisos para implementar el Centro de Innovacion Tecnologica Turistico Artesanal - CITE Joyeria "Koriwasi", orientado a la formacion y desarrollo de joyeros en la MORDAZA de Cajamarca. Mediante la Clausula Cuarta de este Acuerdo, la empresa Minera Yanacocha S.R.L. asumio el compromiso de aportar al CITE Joyeria Koriwasi, un millon de dolares americanos; estipulando en la Clausula MORDAZA que mediante acuerdos especificos se definiria la forma y oportunidad de dicho aporte; Que, en via de ejecucion de dicho Acuerdo MORDAZA de Cooperacion, con fecha 3 de octubre de 2003, las partes suscribieron el Acuerdo Especifico Nº 1, en cuya Clausula MORDAZA, la empresa Minera Yanacocha S.R.L. se compromete, entre otros, a adquirir directamente la maquinaria que se detalla en el Anexo Nº 2 del mismo Acuerdo, para donarla a favor del MINCETUR, a fin de ser destinada a la implementacion del CITE Joyeria Koriwasi; Que, el Subdirector de Programacion y Control Patrimonial de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, mediante el documento del Visto, informa que ha recibido de la empresa Minera Yanacocha S.R.L., con fecha 6 de octubre de 2004, los bienes e insumos especificados en la parte resolutiva de la presente Resolucion, en calidad de donacion, cuyo estado de conservacion es MORDAZA y su valor asciende a la suma de US$ 198,386.80 (Ciento Noventa y Ocho Mil Trescientos Ochenta y Seis con 80/ 100 Dolares Americanos), los mismos que de conformidad con la Clausula MORDAZA del Acuerdo Especifico Nº 1, estan destinados al CITE Joyeria Koriwasi; Que, el Centro de Innovacion Tecnologica Turistico - Artesanal CITE Joyeria Koriwasi, es un ente publico, creado mediante Resolucion Suprema Nº 012-2003-MINCETUR, modificada por Resolucion Suprema Nº 027-2003-MINCETUR, que se encuentra en el Sector Comercio Exterior y Turismo; Que, es necesario formalizar la aprobacion y aceptacion de dicha donacion, de acuerdo a Ley; De conformidad con el Articulo 172º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y numeral 3.1.2 de la Directiva Nº 009-2002/SBN, aprobada por Resolucion Nº 031-2002/SBN; Por lo expuesto y con la visacion de la Directora General de Administracion y la Directora General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar la donacion efectuada por la empresa Minera Yanacocha S.R.L. a favor del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo de los bienes e insumos cuyas caracteristicas y valor se detallan en los Anexos Nºs. 01 y 02 que, en 07 folios, forman parte integrante de la presente Resolucion; bienes e insumos cuyo estado de conservacion es MORDAZA y su valor total asciende a la suma de US$ 198,386.80 (Ciento Noventa y Ocho Mil Trescientos Ochenta y Seis con 80/100 Dolares Americanos). Articulo 2º.- Los bienes e insumos donados, a los que se refiere el articulo 1º, seran asignados a la

MINCETUR
Aceptan donacion de bienes e insumos efectuada a favor del ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 468-2004-MINCETUR/DM

MORDAZA, 17 de diciembre de 2004