Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2004 (19/08/2004)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, jueves 19 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 274851

Que, mediante la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se regulan las autorizaciones de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; Que, puesta a debate y deliberacion el Concejo Municipal aprobo la solicitud de licencia; en cuanto a los gastos se aprobo previo informe de factibilidad de la Subgerencia de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion; Que, estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y contando con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y la dispensa del tramite de aprobacion de actas; SE ACUERDA: Articulo Primero.- Autorizar el viaje y conceder licencia al Sr. MORDAZA Arakaki Nakamine, Regidor de la Municipalidad Distrital de Lurin, del 16 al 20 del mes de agosto del presente ano, para asistir a la CONFERENCIA INTERNACIONAL DE LA WORLD WIDE UCHINANCHU BUSINESS ASSOCIATION, a realizarse en la MORDAZA de Buenos Aires - Argentina. Articulo Segundo.- El egreso que demande el viaje autorizado en el presente Acuerdo, sera de acuerdo al informe que debera emitir la Subgerencia de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion, con cargo al presupuesto 53.11.39 Otros servicios de terceros, debiendo rendir cuenta en forma documentada dentro de los 15 dias siguientes de retornar a Lima. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion y Finanzas, Subgerencia de Tesoreria, Subgerencia de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MINI MORDAZA 15020

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Declaran en situacion de urgencia la contratacion de servicios de disposicion final de residuos solidos
ACUERDO DE CONCEJO Nº 000076-2004/MDSJM
San MORDAZA de Miraflores, 9 de agosto del 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES; En Sesion Ordinaria del 9 de agosto del 2004, Vistos y Oidos, el Informe Nº 012-2004-CE/MDSJM de fecha 5.8.2004 emitido por la Gerencia de Servicios a la MORDAZA, Informe Nº 1100-2004-MDSJM/GM-OAJ de fecha 9.8.2004 emitido por la Oficina de Asesoria Juridica, referente a la declaracion de situacion de urgencia respecto a la Contratacion de los Servicios de Disposicion Final de Residuos Solidos. CONSIDERANDO: Que, el Gerente de Servicios a la MORDAZA mediante Informe Nº 012-2004-CE/MDSJM, senala que el Concurso Publico Nº 001-2004-CE//MDSJM (Primera Convocatoria), para la contratacion de los Servicios de Disposicion Final de Residuos Solidos, fue convocado el dia 3 de marzo del 2004; en el transcurso del MORDAZA de Seleccion el Comite Especial en la etapa de observaciones a las Bases siguiendo el calendario del mismo, procedio con remitir un Informe Tecnico, respecto a las observaciones de las bases no acogidas, que fueron formuladas por la Empresa PETRAMAS S.A.C., mediante Oficio Nº 005-2004-CE/MDSJM ante el CONSUCODE, el mismo que fue recepcionado con fecha 29 de marzo del 2004. El CONSUCODE como respuesta remitio al Comite Especial el PRONUNCIAMIENTO Nº 059-2004(GTN) de fecha 12 de MORDAZA del 2004, respecto a las observaciones a las Bases del Concurso Publi-

co de la referencia, para que el Comite Especial MORDAZA en cuenta las observaciones formuladas por el CONSUCODE y se efectue las modificaciones a las bases del proceso. El Comite Especial como respuesta al Pronunciamiento remitio al CONSUCODE con Oficio Nº 02-2004-CE/ MDSJM, el Proyecto de Integracion de Bases conjuntamente con el Desarrollo del mismo con fecha 7 de MORDAZA del 2004, para su verificacion y de ser favorable proceder a Integrar las Bases, el mismo que fue observado por CONSUCODE, indicando que la implementacion efectuada por el Comite Especial no se ha sujetado totalmente a lo resuelto por el Consejo Superior, hecho que motivo a que se remitiera al CONSUCODE nuevamente el Proyecto de Integracion de Bases y el Desarrollo del mismo con Oficios Nºs. 03 y 04-2004-CE/MDSJM de fechas 7 de MORDAZA y 1 de MORDAZA del 2004 respectivamente; que igualmente informa que con fecha 20 de MORDAZA del 2004 el Consejo Superior, mediante Oficio Nº 440-2004(GTN/ATN) comunica que la implementacion efectuada por el Comite Especial a las Bases del Concurso Publico Nº 001-2004-CE//MDSJM, se ha sujetado a lo resuelto por el Consejo Superior en el Pronunciamiento Nº 059-2004(GTN) y en consecuencia el Comite Especial se encuentra MORDAZA realizar la Integracion correspondiente, en vista de ello el Comite Especial procedio con Notificar la Integracion de las Bases en forma simultanea al Consejo Superior con Oficio Nº 05-2004CE/MDSJM y a todos los adquirentes de Bases con fecha 22 de MORDAZA del 2004, actualizando el calendario del MORDAZA de seleccion; y posteriormente se llevo a cabo el Acto Publico de Recepcion de Propuestas Tecnicas y Economicas los dias 3 y 4 de agosto del 2004, ante Notario Publico y con presencia de un veedor del Organo de Control Institucional, finalizado este fue Declarado Desierto en razon de haber quedado una sola propuesta valida, de acuerdo al Art. 32º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; informa ademas que en tal sentido y en tanto se lleve a cabo la MORDAZA Convocatoria del Concurso Publico Nº 001-2004-CE//MDSJM, para la contratacion de los Servicios de Disposicion Final de Residuos Solidos y hasta la culminacion del MORDAZA de seleccion, solicita se declare en situacion de urgencia la contratacion de los Servicios de Disposicion Final de Residuos Solidos por el lapso de 60 dias previo Informe Legal y con la aprobacion del Concejo Municipal, debido a que este hecho producido compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales y de las operaciones productivas que la Municipalidad tiene a su cargo en la jurisdiccion del distrito, tales como la falta de contar con un Relleno Sanitario que permita asegurar la Disposicion Final de los Residuos Solidos, lo que traeria como consecuencia el acumulamiento de los residuos solidos en las principales avenidas del distrito y el caos social del mismo, por lo que se hace necesario se declare la situacion de urgencia la Contratacion de los Servicios de Disposicion Final de Residuos Solidos por el lapso de 60 dias, por el monto ascendente a S/. 180,000.00 Nuevos Soles conforme al cuadro de costos que integra el Informe Nº 012-2004-CE/MDSJM, de tal forma que se pueda adquirir los servicios bajo la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia por Exoneracion, debido a que el contrato vigente por el mismo servicio vence el 11 de agosto del 2004, el mismo que fuera aprobado con Resolucion de Alcaldia Nº 000294 de fecha 18 de junio del 2004, al MORDAZA del Acuerdo de Concejo Nº 000061-2004/MDSJM de fecha 10 de junio del 2004. Que, mediante Informe Nº 1100-2004-MDSJM/GM-OAJ de fecha 9.8.2004 emitido por la Oficina de Asesoria Juridica, al respecto concluye opinando que se advierte que existen los presupuestos legales que exige el articulo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado para declarar en situacion de urgencia la Contratacion de los Servicios de Disposicion Final de Residuos Solidos, precisando que resulta justificado y necesario se realice la declaratoria de urgencia referida, y permita bajo la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia se contrate los Servicios de Disposicion Final de Residuos Solidos para el distrito. Que, estando a lo normado por los articulos 19º y 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, asi como el numeral 2 del articulo 108º del D.S. Nº 013-2001-PCM, de su Reglamento, modificado por el articulo 3º del D.S. Nº 079-2001-PCM, senala que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio que