Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2004 (14/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, miercoles 14 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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dados por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- La empresa AEROCONDOR S.A.C. esta obligada a presentar a la Direccion General de Aeronautica Civil, los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 4º.- La empresa AEROCONDOR S.A.C. esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener permanente informacion del trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 5º.- La empresa AEROCONDOR S.A.C. empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 6º.- La empresa AEROCONDOR S.A.C. podra hacer uso de las instalaciones de aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios. Articulo 7º.- Las aeronaves de la empresa AEROCONDOR S.A.C. podran operar en las rutas, aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas y longitudes de pista esten comprendidas dentro de sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado de inmediato en forma automatica, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion; o pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o economico-financiera, exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 9º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 10º.- La empresa AEROCONDOR S.A.C. requiere para realizar sus actividades aereas el correspondiente Certificado de Explotador, asi como las Especificaciones Tecnicas de Operacion, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentacion y de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 11º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion queda condicionada al cumplimiento de la obligacion por parte de AEROCONDOR S.A.C., de otorgar la garantia global que senala el articulo 93º de la Ley Nº 27261, en los terminos y condiciones que establece su Reglamento y dentro del plazo que senala la MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de dicho dispositivo. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 12º.- La empresa AEROCONDOR S.A.C. debera presentar cada ano el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 13º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil, Ley Nº 27261, el Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BENZAQUEN R. Director General de Aeronautica Civil 07069

Vista la solicitud de la empresa AVIACION DEL SUR S.A. - AVIASUR, sobre Modificacion de Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo No Regular Nacional de carga y correo. CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Directoral Nº 010-2004-MTC/12 del 27 de enero del 2004 se otorgo a la empresa AVIACION DEL SUR S.A. - AVIASUR, Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo No Regular Nacional de carga y correo, por el plazo de cuatro (4) anos, contados a partir del 21 de febrero del 2004; Que, en el presente tramite de Modificacion de Permiso de Operacion, la empresa AVIACION DEL SUR S.A. AVIASUR solicita incrementar el material aeronautico al ya autorizado por su respectivo Permiso de Operacion; Que, segun los terminos de la Memoranda Nº 01242004-MTC/12.AL y Nº 0203-2004-MTC/12.AL, emitidos por la Asesora Legal de la Direccion General de Aeronautica Civil; Memorando Nº 0612-2004-MTC/12.04, emitido por la Direccion de Seguridad Aerea; se considera pertinente atender lo solicitado, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion de los principios de celeridad y simplificacion administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos privados podran ser utilizadas previa autorizacion de sus respectivos propietarios; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar en la parte pertinente, el Articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 010-2004-MTC/12 del 27 de enero del 2004, que otorgo a la empresa AVIACION DEL SUR S.A. - AVIASUR, Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo No Regular Nacional de carga y correo, a fin de incorporar el siguiente material aeronautico al ya autorizado en su respectivo Permiso de Operacion, para la realizacion de sus operaciones de acuerdo al siguiente detalle: MATERIAL AERONAUTICO: MI-8MTV-1. MI-8AMT. Articulo 2º.- Incorporar al contenido de la Resolucion Directoral Nº 010-2004-MTC/12 del 27 de enero del 2004, el siguiente articulo: "Articulo 14º.- La empresa AVIACION DEL SUR S.A. AVIASUR, dada la naturaleza de sus operaciones, podra realizar actividades aereas en zonas de operacion conforme a lo dispuesto por el Articulo 16º de la Ley de Aeronautica Civil, siempre que cuente dichas operaciones con la autorizacion ante la Direccion de Seguridad Aerea y la Direccion de Circulacion Aerea, para su conformidad, conforme al Articulo 10º de la presente Resolucion." Articulo 3º.- Los demas terminos de la Resolucion Directoral Nº 010-2004-MTC/12 del 27 de enero del 2004, continuan vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BENZAQUEN R. Director General de Aeronautica Civil 06496

Modifican resolucion que otorgo permiso de operacion de aviacion comercial para prestar servicio de transporte aereo no regular nacional de carga y correo a favor de Aviacion del Sur S.A. AVIASUR
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 036-2004-MTC/12
MORDAZA, 25 de marzo del 2004