Norma Legal Oficial del día 01 de septiembre del año 2003 (01/09/2003)


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PROYECTO

MORDAZA, lunes 1 de setiembre de 2003
REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES CONTENIDO

nes, a efectos de facilitar su utilizacion por los administrados. d) Procedimientos (Titulo IV) En este titulo se han ordenado todos los procedimientos, tanto los de primera instancia como los recursivos, respetandose al desarrollar cada uno de ellos lo establecido en el Capitulo II del Titulo IV de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Cabe destacar que a efectos de cumplir con la mision de OSITRAN, el Reglamento no solo ha establecido plazos de obligatorio cumplimiento una vez iniciado el procedimiento administrativo sancionador, sino que incluso se han establecido plazos para las actividades que se produzcan con anterioridad al inicio del mismo. En efecto, el organo de OSITRAN encargado de instruir el procedimiento administrativo sancionador que reciba el hallazgo, cuenta con un plazo de veinte dias prorrogables, para realizar la evaluacion correspondiente y notificar a los administrados. Asimismo, cabe resaltar que en el Capitulo III se han ordenado las disposiciones relativas a la ejecucion de resoluciones, estableciendose entre otros aspectos importantes, el MORDAZA de ejecucion del acto administrativo no obstante su impugnacion, el plazo para el pago de las multas y la UIT aplicable para efectos del calculo de la misma. d) Disposiciones complementarias, transitorias y finales Dentro de las disposiciones complementarias cabe resaltar la ratificacion del caracter supletorio del Reglamento. El Reglamento parte de la premisa que cada Contrato de Concesion deberia contener su propio regimen de infracciones y sanciones, de modo que quede establecido con el mayor grado de precision la conducta infractora y la consecuencia que corresponde en caso que la Entidad Prestadora incurra en MORDAZA, respetando de mejor manera el MORDAZA de razonabilidad a que se refiere el numeral 3) del articulo 230º de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Sin embargo, en atencion a la particular naturaleza del MORDAZA de concesion de infraestructura de transporte de uso publico, asi como a que el establecimiento del regimen de infracciones y sanciones no es requisito obligatorio para efectos de la celebracion de los Contratos de Concesion, resultara dificil que el referido regimen se encuentre contemplado en los mismos. En consecuencia, cuando el regimen de infracciones y sanciones no se encuentre establecido en el Contrato de Concesion, o cuando el mismo no regule todos los aspectos comprendidos en el Reglamento de Infracciones y Sanciones propuesto, este ultimo sera de aplicacion supletoria. Por otro lado, y sin perjuicio de lo senalado anteriormente, debe mencionarse que el Reglamento de Infracciones y Sanciones si despliega plena eficacia en el caso de las empresas publicas, y en cuanto al procedimiento administrativo sancionador resulta aplicable tambien a las empresas privadas. Asi mismo dentro de las disposiciones complementarias cabe igualmente destacar el establecimiento del registro de sanciones que tiene por finalidad llevar un control de la conducta de las Entidades Prestadoras, elaborar estadisticas y detectar los casos de reincidencia. Finalmente, dentro de las disposiciones transitorias encontramos un regimen de incentivos para aquellas Entidades Prestadoras que se desistan de los procesos contenciosos administrativos iniciados con anterioridad a la vigencia del presente Reglamento.

TITULO I TITULO II Capitulo I Capitulo II Capitulo III Capitulo IV

Disposiciones generales De las infracciones Infracciones relativas a la explotacion de la infraestructura Infracciones relativas al acceso a la infraestructura Infracciones relativas a tarifas Infracciones a las normas sobre reclamos de los usuarios y solucion de controversias Infracciones relativas a la informacion Infracciones relativas a las acciones de supervision Infracciones relativas al incumplimiento de las decisiones de OSITRAN

Capitulo V Capitulo VI Capitulo VII

Capitulo VIII Infracciones a las obligaciones en materia de inversion en infraestructura y equipamiento Capitulo IX Capitulo X Capitulo XI TITULO III Capitulo I Capitulo II TITULO IV Capitulo I Capitulo II Capitulo III Infracciones relativas a aportes y pagos Infracciones relativas a obligaciones para con OSITRAN y el concedente Continuacion y reincidencia de infracciones Sanciones Escala de sanciones Reduccion de sanciones Procedimientos Procedimiento Recursos impugnatorios y queja Ejecucion de resoluciones

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS DISPOSICIONES FINALES

TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Referencia Cuando en el presente Reglamento se mencione la palabra Reglamento debera entenderse que se hace referencia al presente Reglamento. Cuando en el presente Reglamento se mencione un articulo sin precisar la MORDAZA legal a la que corresponde, se entendera que esta referido al presente Reglamento. Articulo 2º.- Objeto del presente reglamento El presente reglamento tiene por objeto establecer la tipificacion de las infracciones en las que puede incurrir la Entidad Prestadora, la escala de sanciones que le es aplicable y el procedimiento para su aplicacion y cobro. Articulo 3º.- Definiciones Para efectos del presente Reglamento, entiendase por: Amonestacion Publica: Sancion aplicable por OSITRAN, consistente en la publicacion de la infraccion cometida por un periodo no menor de 6 meses en la pagina web de OSITRAN.