Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2003 (07/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

MORDAZA, sabado 7 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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riales o aritmeticos en los actos administrativos con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; y, Estando a lo expuesto y aprobado por UNANIMIDAD, el Concejo en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; ACUERDA: Articulo 1º.- Rectificar la Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 079-2003/MDV-ALC publicado en el Diario Oficial El Peruano el dia 9 de MORDAZA del ano 2003: DICE: Articulo Primero.- PRORROGAR, el ESTADO DE URGENCIA por el periodo del 1 al 15 de junio del ano 2003, los Servicios de Limpieza Publica correspondiente a los meses de MORDAZA, MORDAZA al 15 de junio (75 dias) del presente ano y EXONERAR del MORDAZA de Seleccion correspondiente el Suministro de Combustible, mantenimiento y reparacion, la flota vehicular de la Municipalidad y la disposicion final de los Residuos Solidos. DEBIENDO DECIR: Articulo Primero.- PRORROGAR, el ESTADO DE URGENCIA por el periodo del 1 MORDAZA al 15 de junio del ano 2003, los Servicios de Limpieza Publica correspondiente a los meses de MORDAZA, MORDAZA al 15 de junio (75 dias) del presente ano y EXONERAR del MORDAZA de Seleccion del Suministro de Combustible, mantenimiento y reparacion, la flota vehicular de la Municipalidad y la disposicion final de los Residuos Solidos. Articulo 2º.- ENCARGAR a la Direccion de Administracion la publicacion del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano el presente Acuerdo. Registrese, comuniquese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALAVA MORDAZA 10609

sea complementada con las acciones administrativas por el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA; 3. Que, teniendo como antecedente de explotacion minera por la Empresa Minera Yanacocha S.R.L. en el asiento minero del mismo nombre, cerca de la MORDAZA de MORDAZA, donde no se ha dado el tratamiento correspondiente a los relaves mineros, ocasionando una fuerte contaminacion ecologica con serias repercusiones para la Agricultura; 4. Que, de acuerdo a los antecedentes de la Empresa Minera Yanacocha S.R.L. en su relacion con las comunidades campesinas asentadas dentro de la MORDAZA minera, no ha sido beneficiosa para estas, en vista que la empresa minera, lo unico que ha buscado es su propio beneficio; 5. Que, de darse la explotacion aurifera de Cerro Negro, MORDAZA que esta localizada dentro de la jurisdiccion de la provincia de San MORDAZA, las cuencas de esta provincia seran seriamente contaminadas en su integridad como el agua, medio ambiente y otros, afectando de sobremanera la produccion lechera por cuanto las comunidades aledanas estan dedicadas fundamentalmente a la crianza de ganado y produccion lechera; 6. Que, como efecto de la contaminacion ambiental tambien seran afectados los cultivos de productos de pan llevar, a la cual tambien se dedican los agricultores de la MORDAZA, alterando ademas su habitat y modo de vida; 7. Que, el Concejo Municipal Provincial de San MORDAZA, en sesion de fecha 8 de MORDAZA del 2003, siendo una de las atribuciones el de dictar ordenanzas senaladas en el Art. 36º Inc. 3) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, estando estas investidas con rango de Ley conforme al Art. 200º Inc. 4) de la Constitucion Politica del Estado; aprueba la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Articulo Primero.- Declarar intangible y de conservacion municipal a las zonas "Cerro Negro" y "Huayquishongo" que comprende un area de mil (1000) hectareas aproximadamente, territorio que se encuentra ubicado dentro de la jurisdiccion de la provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, por consiguiente se prohibe la prospeccion, exploracion y explotacion minera en dicha MORDAZA por cuanto esta actividad contaminaria a las cuencas hidrograficas: El Rejo, El Tinte, Las Quinuas, Rio Grande, Chorro MORDAZA, Yaminchad, entre otras de la jurisdiccion de la provincia de San Pablo. Articulo Segundo.- Realizar las acciones y coordinaciones correspondientes con el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, se declare la MORDAZA de Cerro Negro como un area de conservacion municipal de la provincia de San Pablo. Articulo Tercero.- Publicar la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en los demas medios de comunicacion y circulacion nacional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial 10457

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MORDAZA
Declaran intangibles y de conservacion municipal las zonas "Cerro Negro" y "Huayquishongo", y prohiben actividades de prospeccion, exploracion y explotacion minera
ORDENANZA Nº 008-2003-MPSP
San MORDAZA, 20 de MORDAZA del 2003 VISTOS: El pedido presentado en orden del dia por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y en atencion a los requerimientos de los Concejos Distritales de la Jurisdiccion Provincial, en sesion ordinaria de Concejo de fecha 8 de MORDAZA del 2003, y el Informe Nº 007-2003 de Asesoria Legal; y, CONSIDERANDO: 1. Que, si bien es MORDAZA la mineria es una actividad necesaria y util para el hombre, la misma que genera divisas para el Estado, no siempre tal actividad esta acompanada de un Plan de Desarrollo y Equilibrio Ecologico, lo que conlleva la alteracion del medio ambiente; 2. Que, de conformidad con el Art. 66º Inc. 1) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 son funciones especificas de la Municipalidad entre otras, la de normar y controlar las actividades sobre saneamiento ambiental, asi como crear areas de Conservacion Municipal de conformidad con el Art. 78º del D.S. Nº 038-2001-AG, siempre que esta decision

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del "Convenio sobre Prevencion de la Contaminacion MORDAZA por Vertimiento de Desechos y Otras Materias"
De acuerdo a lo dispuesto por el articulo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) Nº 0103 de fecha 6 del mes en curso, comunica que el "Convenio sobre Prevencion de la Contaminacion MORDAZA por Vertimiento de Desechos y Otras Materias", segun acuerdo de la Comision Consultiva Tecnica Multisectorial sobre asuntos de la Organizacion Maritima Internacional (OMI) en Acta Nº 04-2001, de fecha 9 de octubre de 2001, el mismo que ha sido aprobado por el Congreso de la Republica mediante Resolucion Legislativa Nº 27873, de 22 de noviembre de 2002, el texto del Convenio fue publicado en el Diario Oficial El Peruano el 13 de diciembre de 2002 y ratificado mediante Decreto Supremo Nº 003-2003-RE de 16 de enero de 2003. Entro en vigencia para nuestro MORDAZA el 6 de junio de 2003. 10739