Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2003 (07/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, MORDAZA 7 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES

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proporcione el despachador de aduana, dueno o consignatario de la mercancia; recibido el pago del adeudo ingresa esta informacion al sistema, para efectos de los controles de pagos efectuados, entregando al interesado el comprobante de transaccion bancaria y/o refrendo en la liquidacion de tributos, como MORDAZA de su cancelacion. DE LA RECEPCION Y REGISTRO DE DOCUMENTOS CORRESPONDIENTES A DECLARACIONES PRESENTADAS POR LOS DESPACHADORES DE ADUANA 12. Las DSI seleccionadas a los MORDAZA naranja o MORDAZA son presentadas por el despachador de aduana ante la ventanilla respectiva del area de Importaciones de la Intendencia de Aduana, de lunes a viernes en el horario establecido por la Intendencia, con el original de la liquidacion de los tributos debidamente cancelada y/o afianzada, asi como con las copias autenticadas, legibles, sin enmiendas y debidamente numeradas con el codigo de la aduana de despacho, ano de numeracion y numero de la DSI de los siguientes documentos: a) Conocimiento de embarque, guia aerea, carta porte o declaracion jurada cuando corresponda, debidamente endosado por el consignatario. b) Factura comercial (original, facsimil, u obtenidas por procedimientos de impresion unica) y/o Declaracion Jurada de Valor, las que contendran la informacion siguiente: - Nombre o razon social del proveedor. - Domicilio legal. - Numero de orden, lugar y fecha de su formulacion. - Nombre o razon social del importador y su domicilio. - MORDAZA de origen, entendiendose por tal, el MORDAZA en que sea producida. - Descripcion detallada de las mercancia, indicandose: numero de serie, codigo, MORDAZA, modelo, unidad de medida, caracteristicas tecnicas, estado (nueva o usada), ano de fabricacion u otros signos de identificacion si lo hubieren. - Valor FOB unitario y valor FOB total de las mercancias, segun la forma de comercializacion en el MORDAZA de origen, sea por medida, peso, cantidad u otras formas. Cuando la factura comercial no consigne todos estos datos o estos no MORDAZA precisos para su clasificacion arancelaria, esta informacion debe detallarse con la declaracion jurada respectiva. c) Comprobante de pago, cuando se efectue la transferencia de bienes MORDAZA de su destinacion a consumo, con excepcion de aquellos casos ya senalados en el procedimiento de Importacion Definitiva INTA-PG.01. d) Comprobante de Retencion / Deposito u otros que se requieran, segun la naturaleza del despacho y / o disposiciones especificas. Los despachadores oficiales que realicen directamente el despacho, estan obligados a presentar los documentos MORDAZA mencionados en originales. El personal designado recibe las DSI y los documentos sustentatorios ingresando esta informacion al SIGAD, emitiendo la G.E.D. por cada DSI, en original y MORDAZA, la que contiene la siguiente informacion: fecha y hora de recepcion, numero correlativo autogenerado por el sistema, codigo del despachador de aduana, codigo del personal que recepciona, numero de la DSI y relacion de los documentos recibidos. El SIGAD permite unicamente la recepcion de las DSI debidamente canceladas o afianzadas. 13. El personal designado entrega al despachador de aduana la MORDAZA de la G.E.D. adjuntando el original a la documentacion recibida, remitiendo para su revision documentaria las DSI seleccionadas al MORDAZA naranja, y para aforo las DSI seleccionadas al MORDAZA rojo. DE LA REVISION DOCUMENTARIA

Definitiva INTA-PG.01, excepto lo que corresponde al caso de mercancia sujeta al Sistema de Supervision. El ingreso de los datos de la diligencia y la formulacion de los documentos de acotacion de corresponder, lo efectuara el especialista en aduanas o el personal designado, de acuerdo a la disponibilidad de personal de cada Intendencia de Aduana. DEL RECONOCIMIENTO FISICO 15. Estan sujetos a reconocimiento fisico: a) Las DSI seleccionadas a MORDAZA MORDAZA o las DSI seleccionadas al MORDAZA naranja inducidas a reconocimiento fisico por el especialista en aduanas de actuacion. b) Las DSI presentadas por los duenos o consignatarios de las mercancias, en su totalidad. 16. El despachador de aduana o el importador dueno o consignatario de las mercancias, se constituye al terminal de almacenamiento o lugares habilitados para cumplir con la diligencia del reconocimiento fisico. El despachador de aduana portara los originales de la DSI sin enmendaduras ni borrones, asi como la documentacion complementaria, senalada en la seccion VII numeral 5 del presente procedimiento. 17. El especialista en aduanas efectua el reconocimiento fisico, de acuerdo a lo establecido en el procedimiento de Importacion Definitiva INTA-PG.01 y el procedimiento de Reconocimiento Fisico INTA-PE.00.03, precisandose que el ingreso de los datos del reconocimiento (diligencia) y la formulacion de los documentos de acotacion de corresponder, lo efectuara el especialista en aduanas o el personal designado, de acuerdo a la disponibilidad de personal de cada Intendencia de Aduana. 18. Concluido el reconocimiento fisico de las DSI tramitadas por los importadores / duenos / consignatarios, el especialista en aduanas consigna la informacion tecnica correspondiente al rubro 6 y 9 de la DSI y la remite conjuntamente con su documentacion al personal designado, el mismo que ingresa la informacion al SIGAD, imprime la liquidacion de tributos correspondiente, procediendo a la notificacion de la misma. 19. Cuando en los despachos tramitados por los duenos o consignatarios, la diligencia no hubiera concluido por falta del boletin quimico o por haberse cursado notificacion por documentacion faltante, la jefatura de la unidad organica responsable, o la persona que designe, mantendra bajo custodia la DSI hasta la emision del boletin o la MORDAZA de los documentos respectivos, segun corresponda. DEL LEVANTE DE LAS MERCANCIAS 20. El personal designado otorga el levante de las DSI seleccionadas en los MORDAZA naranja y MORDAZA, conforme a lo establecido en el procedimiento de Importacion Definitiva INTA-PG.01. 21. Los importadores, duenos o consignatarios, que tramiten directamente su despacho presentan ante el area de despacho simplificado MORDAZA de la liquidacion de tributos debidamente cancelada o afianzada, procediendo el personal designado a anexar dicho documento a la DSI, notificando la MORDAZA de la DSI con el sello de "APTO PARA EL LEVANTE", previa verificacion de la cancelacion de los tributos en el SIGAD. 22. Como MORDAZA de la entrega de los documentos, el importador o despachador de aduana firma la MORDAZA de la DSI que corresponda a la respectiva Intendencia de Aduana, registrando el personal designado dicho acto en el SIGAD. 23. El personal designado remite periodicamente las DSI notificadas con levante autorizado al area de archivo, ingresando la informacion al modulo de tramite documentario. 24. Los ejemplares de la Declaracion Simplificada de Importacion son distribuidos de la siguiente manera: Ejemplares A1 y A2:

14. Se aplican las acciones contempladas en la seccion VII. A Revision Documentaria y Reconocimiento Fisico, numerales 18 al 21 del procedimiento de Importacion

En el caso que el despacho sea efectuado por agente de aduana (teledespacho):