Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2003 (04/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 4 de diciembre de 2003

Visto; el Informe Nº 1320-2003-INACC-DGDV de la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo de fecha 27 de noviembre del 2003, que contiene la informacion correspondiente a la distribucion de los ingresos registrados por Derecho de Vigencia y Penalidad de Derechos Mineros formulados conforme al Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, el monto recaudado de Derecho de Vigencia por la formulacion de Petitorios Mineros al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708, durante el mes de octubre del 2003; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Directoral Nº 058-2003-EM/DGM, la Direccion General de Mineria delega al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero la facultad de emitir la resolucion que asigne los montos del Derecho de Vigencia y Penalidad de Derechos Mineros a las Instituciones Publicas Descentralizadas y Organismos a los que se refiere el articulo 57º de la Ley, asi como el tercer parrafo del articulo 92º del Reglamento de Diversos Titulos de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, modificado por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 010-2002-EM; Que, el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 01492-EM, modificado por Ley Nº 27341, Decreto de Urgencia Nº 003-2001 y Decreto Legislativo Nº 913, establece la forma de distribucion de los ingresos que se obtengan por concepto de Derecho de Vigencia, asi como de la Penalidad; Que, conforme al articulo 92º del Decreto Supremo Nº 03-94-EM, modificado por Decreto Supremo Nº 010-2002Entidades Gob. Loc. Provincial Gob. Loc. Distrital Extrema Pobreza INGEMMET INACC MEM TOTAL (*) Ver Anexos Nº 1 y 2. Total a Distribuir US$ S/. 1´514,791.89 275,489.93 1´514,791.89 275,489.93 2´650,885.81 482,107.38 757,395.95 137,744.96 757,395.95 137,744.96 378,697.98 68,872.48 7´573,959.47 1´377,449.64

EM, la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo mediante Informe Nº 1320-2003-INACC-DGDV ha determinado que por el mes de octubre del 2003, el monto total a distribuir es de US $ 7´573,959.47 (Siete Millones Quinientos Setenta y Tres Mil Novecientos Cincuenta y Nueve y 47/100 Dolares Americanos) S/. 1´377,449.64 (Un Millon Trescientos Setenta y Siete Mil Cuatrocientos Cuarenta y Nueve y 64/100 Nuevos Soles) efectuandose ajustes por montos que ascienden a US$ 114,100.81 (Ciento Catorce Mil Cien y 81/100 Dolares Americanos) y S/. 11,680.57 (Once Mil Seiscientos Ochenta y 57/100 Nuevos Soles), resultando los importes netos a distribuir de US $ 7´459,858.66 (Siete Millones Cuatrocientos Cincuenta y Nueve Mil Ochocientos Cincuenta y Ocho y 66/100 Dolares Americanos) y S/. 1´365,769.07 (Un Millon Trescientos Sesenta y Cinco Mil Setecientos Sesenta y Nueve 07/100 Nuevos Soles); Conforme a la delegacion efectuada por la Direccion General de Mineria del Ministerio de Energia y Minas y con los visados de la Oficina General de Asesoria Juridica y la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Asignar el monto recaudado por concepto de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad de Derechos Mineros formulados durante la vigencia del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, el monto recaudado de Derecho de Vigencia por la formulacion de Petitorios Mineros al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708, correspondiente al mes de octubre del 2003, de la siguiente manera: Deducciones US$ S/. -13,230.97 -8,350.49 -12,009.84 -3,330.08 -19,355.00 0.00 -33,370.00 0.00 -19,450.00 0.00 -16,685.00 0.00 -114,100.81 -11,680.57 Neto a Distribuir US$ S/. 1´501,560.92 267,139.44 1´502,782.05 272,159.85 2´631,530.81 482,107.38 724,025.95 137,744.96 737,945.95 137,744.96 362,012.98 68,872.48 7´459,858.66 1´365,769.07

Articulo 2º.- Transcribase la presente Resolucion a la Direccion General de Mineria, en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 3º de la Resolucion Directoral Nº 0582003-EM/DGM. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Oficina General de Administracion del INACC, para que ejecute las acciones pertinentes a fin de proceder con las transferencias a las Instituciones y Gobiernos Locales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ALBAVERA Jefe Institucional (e) ANEXO Nº 1 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIALES: DERECHO DE VIGENCIA DE MINAS De conformidad con el Art. 92º del D.S. Nº 03-94-EM, Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, el Art. 1º del D.U. Nº 036-95 y el D.L. Nº 913, se cumple con distribuir la recaudacion del Pago por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de octubre del 2003 a las siguientes Municipalidades Provinciales:
DPTO. / PROV. AMAZONAS
BONGARA CHACHAPOYAS LUYA UTCUBAMBA 0.00 0.00 0.00 0.00 6,026.13 1,893.91 365.80 1,181.02

DPTO. / PROV.
MORDAZA AIJA MORDAZA RAYMONDI MORDAZA BOLOGNESI CARHUAZ MORDAZA F. MORDAZA CASMA CORONGO MORDAZA MORDAZA HUARMEY HUAYLAS MARISCAL LUZURIAGA OCROS PALLASCA POMABAMBA RECUAY MORDAZA MORDAZA YUNGAY MORDAZA ABANCAY ANDAHUAYLAS ANTABAMBA AYMARAES MORDAZA MORDAZA CAMANA CARAVELI MORDAZA CAYLLOMA

S/.
0.00 0.00 0.00 3,779.35 0.00 0.00 0.00 0.00 12,068.92 18,536.36 1,554.77 0.00 0.00 0.00 217.00 0.00 791.46 0.00 0.00 86.80 0.00 0.00 0.00 86.80 11,305.27 0.00 368.90 1,872.64 637.65

U.S.$
2,837.90 2,719.94 147.16 27,015.63 1,675.06 60.00 365.02 4,417.96 7,681.10 16,107.27 2,224.00 853.81 548.52 63.99 5,597.49 151.48 5,987.63 2,200.29 826.66 2,257.97 510.52 470.00 14,881.94 11,765.73 47,504.59 360.19 36,942.73 35,108.78 20,629.41

S/.

U.S.$