Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2003 (03/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 3 de diciembre de 2003

Que, habiendo procedido el Consejo Nacional de la Magistratura al acto de proclamacion y entrega del Titulo en Sesion Publica efectuada en la fecha, y, habiendose prestado el juramento de ley ante el Juez Decano de este Distrito Judicial, corresponde al Despacho de esta Presidencia a la ubicacion del Juez Titular recientemente designado, en el Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA que a la fecha ostente la condicion de vacante; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial, dictando las medidas administrativas internas para el mejor funcionamiento del Despacho administrativo; Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Ar ticulo Primero.- ASIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ARAOZ, a partir del 3 de diciembre del 2003, en su condicion de Juez Titular, el Despacho del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, en reemplazo de la doctora Derita del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien debera retornar, en el dia y bajo responsabilidad, al cargo jurisdiccional de origen. Articulo Segundo.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Supervision de Personal del Poder Judicial, Fiscalia de la Nacion, Oficina Distrital de Control de la Magistratura, Oficina de Administracion Distrital y del Magistrado para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 22474

ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan adquirir licencias de software con IBM del Peru S.A.C. mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE EXONERACION Nº 021-GG-2003
MORDAZA, 28 de noviembre de 2003 VISTOS: El informe anexo al Memorandum Nº F200-MA-2003140, emitido por la Subgerencia de Operaciones y Soporte a Usuarios el 27 de noviembre de 2003, en el que se sustenta la necesidad de renovar las licencias del software IBM OS/390 con IBM del Peru S.A.C, por cuanto actualmente es la unica empresa que puede brindarlo; El Memorandum Nº D200-MG-2003-625, emitido por el Departamento de Abastecimiento el 27 de noviembre de 2003, por el que se solicita la modificacion del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del ano 2003, en lo que respecta al periodo de licenciamiento, valor referencial y MORDAZA de MORDAZA de aquel signado con el numero 154; El Memorandum Nº K000-MA-2003-1210, emitido por la Oficina Legal el 28 de noviembre de 2003, en el que se opina que la adquisicion de las licencias del software MORDAZA senalado debe efectuarse mediante un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, ya que se presenta como bien que no admite sustituto; CONSIDERANDO QUE: El Banco Central requiere contratar las licencias del software IBM OS/390 por un ano, por cuanto son necesarios para el funcionamiento de los computadores centrales

de plataforma IBM 9670, los cuales vienen siendo utilizados por los sistemas de Liquidacion Bruta en Tiempo Real - Cuentas Corrientes Integradas (LBTR-CCI) y Contabilidad Principal que son sistemas criticos para la operatividad diaria del Banco; Segun el informe tecnico referido en el exordio de esta resolucion, el sistema LBTR-CCI ha sido desarrollado con componentes de comunicaciones y seguridad que estan disenados para ser procesados en la plataforma OS/390 y por ello requieren del software IBM OS/390 para su normal funcionamiento; En el mismo informe tambien se indica que en caso de no contar con el software IBM OS/390 se afectaria la operatividad diaria de las Gerencias de Credito y Regulacion Financiera y Contabilidad, respectivas usuarias de los sistemas LBTR-CCI y contabilidad, asi como de las demas unidades del Banco que dependen de la informacion que procesan estos sistemas; Ademas, se senala que IBM del Peru S.A.C. es la unica empresa que brinda el licenciamiento de este software, presentando como sustento de tal afirmacion la carta de la propia empresa de fecha 14 de agosto de 2003; El MORDAZA juridico en el que se realizan las contrataciones del Banco Central para la adquisicion de bienes o para la contratacion de servicios, esta determinado por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas modificatorias; De acuerdo con el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estan exoneradas del MORDAZA de licitacion publica la adquisicion de bienes que no admiten sustitutos; Conforme al articulo 20º de la misma Ley, cuando por las causas que se mencionan en el articulo 19º, se exonere la adquisicion de bienes del requisito de licitacion publica, debe recurrirse al MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, debiendo tal exoneracion aprobarse mediante resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; A tenor del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 115º de su Reglamento, MORDAZA de la resolucion que aprueba la exoneracion y los informes que la sustentan deben ser remitidos dentro de los diez dias calendario a la Contraloria General de la Republica y publicada en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su emision o adopcion, segun corresponda; Las consideraciones expuestas precedentemente permiten concluir que las licencias que se requieren adquirir se presentan como un bien que no admite sustituto, enmarcandose dentro de lo dispuesto en el inciso f) del articulo 19º de la citada Ley; El monto anual de la adquisicion determina la exoneracion de un MORDAZA de licitacion publica; Se ha cumplido con las exigencias contenidas en el articulo 113º del Reglamento MORDAZA citado, por lo que corresponde a esta Gerencia General aprobar la presente exoneracion; El articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y la Directiva Nº 022-2001Consucode/Pre establecen que el Plan Anual podra ser modificado en cualquier momento, durante el curso del ejercicio presupuestal, debiendo toda inclusion o exclusion de procesos de seleccion ser aprobado por el Titular del Pliego. Adicionalmente, en la misma directiva se senala que toda modificacion al Plan Anual debe ser comunicada al Consucode y a Prompyme; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el MORDAZA signado con el Nº 154 del Plan Anual de Adquisiciones del ano 2003, en lo que respecta al periodo de licenciamiento, valor referencial y al MORDAZA de MORDAZA de seleccion a realizar, debiendo ser por un ano, con un valor referencial de US $ 415 555,14, incluido impuestos y el MORDAZA una licitacion publica. Esta modificacion debe ser comunicada al Consucode y a Prompyme. Articulo 2º.- Exonerar del MORDAZA de licitacion publica la adquisicion de las licencias del software IBM OS/390, por cuanto estas no admiten sustituto. Articulo 3º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion para que adquiera las mencionadas licencias con la empresa IBM del Peru S.A.C., por el periodo de un ano contado a partir del 28 de noviembre de 2003 y por el valor refe-