Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2002 (11/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, martes 11 de junio de 2002

NORMAS LEGALES

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MORDAZA selectivo correspondiente para la ejecucion de la misma obra. Segundo.- Encargar al Comite Especial Permanente las acciones para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion. Tercero.- Disponer la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la presente resolucion para los fines de ley. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10416

do la modificatoria y la nueva redaccion del Reglamento de Servicio Publico Especial de Transporte MORDAZA de Pasajeros en Vehiculos Menores con la finalidad de adecuar su contenido a los dispositivos legales vigentes, asi como a la realidad y necesidades del servicio de transporte en vehiculos menores; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, Ley de Transporte y MORDAZA Terrestre Nº 27181, Ley de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores Nº 27189, Ordenanza Nº 241, Ordenanza Nº 015-2000-MVES y demas Normas Legales vigentes, contando con el Dictamen favorable de la Comision de Servicios Publicos de fecha 25.3.2002, y con el MORDAZA mayoritario, la Sesion de Concejo expide la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- APROBAR el MORDAZA Reglamento del Servicio Publico Especial de Transporte MORDAZA de Pasajeros en Vehiculos Menores del distrito de MORDAZA El MORDAZA, el mismo que consta de cinco titulos, cuarenta y seis articulos, dos disposiciones complementarias, una disposicion final y dos anexos correspondientes al cuadro de infracciones y multas. Articulo 2º.- Dejese sin efecto la Ordenanza Municipal Nº 015-2000/MVES y cualquier otra disposicion que se oponga a la presente. Articulo 3º.- Encargar a la Direccion de Servicios Comunales, Oficina de Asesoria Legal y demas organos de esta Municipalidad, el cumplimiento de la presente disposicion. Articulo 4º.- Remitase MORDAZA de esta Ordenanza a la MML, para efectos de Ley. Articulo 5º.- Publiquese en el Diario Oficial El Peruano esta Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA PUMAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA REGLAMENTO DEL SERVICIO PUBLICO ESPECIAL DE TRANSPORTE MORDAZA DE PASAJEROS EN VEHICULOS MENORES DEL DISTRITO DE MORDAZA EL MORDAZA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I BASE LEGAL Articulo 1º.- El presente Reglamento es de obligacion para los prestadores del Servicio Publico Especial de Transporte MORDAZA de Pasajeros en Vehiculos Menores en el distrito de MORDAZA El Salvador. Articulo 2º.- Este Reglamento se sustenta en el Articulo 192º inciso 4)de la Constitucion Politica del Peru, el Articulo 10º inciso 5) de la Ley Organica de Municipalidades, el Decreto Legislativo, Nº 420 (Codigo de MORDAZA de Seguridad Vial), Ley Nº 27181 (Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre), Ley Nº 27189 (Ley de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores), Ordenanza Nº 241-99 (Ordenanza MORDAZA del Servicio de Transporte de Pasajeros en Vehiculos Menores) de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, Decreto Supremo Nº 0042000-MTC (Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados y no Motorizados), Decreto Supremo Nº 009-2000-MTC (modifica el Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados o no Motorizados),Decreto Supremo Nº 049-2000-MTC (Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Transito); Decreto Supremo Nº 034-2001-MTC (Reglamento Nacional de Vehiculos), Decreto Supremo Nº 040-2001-MTC (Reglamento Nacional de Administracion de Transporte) y la Ley Nº 27444 (Ley de Procedimiento Administrativo General).

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Aprueban Reglamento del Servicio Publico Especial de Transporte MORDAZA de Pasajeros en Vehiculos Menores
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 035-2002-ALC/MVES MORDAZA El MORDAZA, 25 de marzo del 2002 Visto: En Sesion de Concejo de la fecha, el Memorandum Nº 08-2002-PCSP/GLVES, proveniente del Presidente de la Comision de Servicios Publicos; POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de MORDAZA El MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, por mandato del inciso 4) del Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades en ejercicio de su autonomia MORDAZA citada, tienen competencia para organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos de su circunscripcion; Que, en el inciso 5) del Articulo 10º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, establece que "Los Gobiernos Locales son competentes para regular el transporte colectivo, la circulacion y el transito"; Que, en el inciso c) del Articulo 15º de la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre Nº 28181, establece de las autoridades competentes, respecto al transporte y MORDAZA terrestre; Que, en el Articulo 18º de la Ley Nº 27181 MORDAZA citada, establece las competencias de las Municipalidades Distritales; en materia de transporte: en general las que los reglamentos nacionales y las normas emitidas por la Municipalidad Provincial respectiva les senalen y en particular, la regularizacion del transporte menor (mototaxis y similares); Que, mediante Ley Nº 57189 se aprobo la Ley de Transporte Publico Especial de pasajeros en vehiculos menores y su reglamento a traves de los Decretos Supremos Nº 004-2000-MTC y su modificatoria D.S. Nº 009-2000MTC; Que, con la Ordenanza Nº 241, se aprobo el Reglamento de Transporte Publico Especial de Pasajeros y carga en vehiculos menores para la provincia de Lima; Que, mediante la Ordenanza Nº 015-2000-MVES, se aprobo el Reglamento del servicio publico especial de transporte MORDAZA de pasajeros en vehiculos menores para el distrito de MORDAZA El Salvador; el mismo debe ser modificado y actualizado con cumplimiento a la normatividad vigente; Que, la Comision Tecnica Mixta, conformada mediante Acuerdo de Concejo Nº 006-2001-MVES, ha formula-