Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2002 (15/01/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 15 de enero de 2002 FE DE ERRATAS RESOLUCION SUPREMA Nº 024-2002-EF

- La denominacion de la cuenta del Tesoro Publico sera notificada a los Inversionistas en el Aviso de Oferta. - El pago se realizara mediante transferencias enviadas a traves del Sistema de Liquidacion Bruta en Tiempo Real (Sistema LBTR) del Banco Central de Reserva del Peru, a la cuenta del Banco de la Nacion hasta las 13.00 horas, informando de ello, mediante facsimil, a la Gerencia de Operaciones Locales del Banco de la Nacion. - Los BONOS SOBERANOS no cancelados se sujetaran a lo que senala el siguiente literal (e) y el numeral 4 de este Reglamento. e. Incumplimiento en la liquidacion de operaciones Las operaciones no liquidadas dentro del plazo establecido, seran declaradas en abandono, quedando las Sociedades Agentes de Bolsa y los adquirientes directos inhabilitados para operar de acuerdo al Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa. 3.2. Registro de los BONOS SOBERANOS Los BONOS SOBERANOS adjudicados seran registrados por CAVALI, para cuyo fin, la DGCP comunicara a CAVALI la relacion de los adquirientes, el mismo dia del pago de los BONOS SOBERANOS, una vez comprobado este. 4. INCUMPLIMIENTO DEL PAGO DE LOS BONOS SOBERANOS La entidad participante o adquiriente que incurra en incumplimiento de pago, parcial o total, quedara impedida de intervenir en los tres (3) posteriores procesos de colocacion de BONOS SOBERANOS, sin perjuicio de aplicacion de las normas correspondientes. El MEF informara en cada subasta sobre la relacion de aquellos impedidos de participar. En los casos de que existan BONOS SOBERANOS adjudicados y no pagados, el Emisor podra: a) Dar por concluida la correspondiente colocacion y registrar solo los BONOS SOBERANOS debidamente pagados, o b) Recolocar estos BONOS SOBERANOS no pagados mediante un mecanismo de subasta autorizado. 5. DISPOSICIONES FINALES a) Las discrepancias que pudieran surgir entre las entidades participantes y los terceros por cuenta de quienes estas efectuen transacciones con BONOS SOBERANOS, seran resueltas sin generar obligacion o responsabilidad para el MEF. b) La participacion en las subastas o la adquisicion de BONOS SOBERANOS por cuenta propia o de terceros, presupone que tanto las entidades participantes cuanto los terceros tienen pleno conocimiento del presente Reglamento y se someten a el sin reserva alguna. c) El MEF se reserva el derecho de suspender o declarar desierta la subasta, sin expresion de causa. d) Los BONOS SOBERANOS se sujetan a las Leyes y Tribunales de la Republica del Peru. e) La emision de los BONOS SOBERANOS tiene sustento legal en los siguientes dispositivos y sus normas modificatorias: - Decreto Supremo Nº 007-2002-EF (10 de enero de 2002). - Ley del Impuesto a la Renta.- T.U.O. D.S. Nº 054-99EF. - Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima.- Resolucion CONASEV Nº 125-98-EF/94.10 (4 de marzo de 1999). - Ley de Gestion Presupuestaria, Ley Nº 26703 (9 de diciembre de 1996). - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2002, Ley Nº 27573 (4 de diciembre de 2001). - Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el ano Fiscal 2002, Ley Nº 27575 (4 de diciembre de 2001). 0841

Mediante Oficio Nº 128-2002-EF/60 el Ministerio de Economia y Finanzas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Suprema Nº 024-2002-EF publicada en nuestra edicion del dia 13 de enero de 2002, pagina 215589. DICE: Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director Ejecutivo del... DEBE DECIR: Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Secretario Ejecutivo del... 0839

ENERGIA Y MINAS
Autorizan viaje de profesional de Ministerio para participar en programa de capacitacion a realizarse en Japon y Tailandia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 033-2002-EM/VME MORDAZA, 11 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Gobierno de Japon ha organizado un programa de capacitacion denominado "Mejoramiento de la Operacion de Infraestructuras de Energia Electrica", a desarrollarse en Japon y Tailandia, del 15 de enero al 22 de febrero de 2002; Que, mediante Comunicacion Nº JP-2001/418 del 19 de diciembre de 2001, la Agencia de Cooperacion Internacional del Japon - JICA, ha comunicado la aceptacion del profesional propuesto para participar en el programa de capacitacion, en calidad de Becario, cuyo costo sera asumido integramente por la JICA; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el respectivo viaje; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27619; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al Japon y Tailandia del ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA ASTUHUAMAN, profesional de la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas, del 15 de enero al 22 de febrero de 2002, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion; debiendo informar al Director Ejecutivo de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas de las actividades desarrolladas en el termino de diez (10) dias utiles de su retorno al pais. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran por cuenta de la Agencia de Cooperacion Internacional del Japon - JICA. Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA lugar a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese y comuniquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 0835

Aceptan renuncia de Vocal Suplente del Consejo de Mineria
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 034-2002-EM/DM MORDAZA, 11 de enero de 2002 Vista la renuncia presentada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Vocal Suplente del Consejo de Mineria del Ministerio de Energia y Minas;