Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2002 (07/12/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 7 de diciembre de 2002

Que, por lo tanto es imprescindible la contratacion de servicios publicitarios en medios de comunicacion televisiva de senal abierta, para llevar a cabo la MORDAZA de difusion del Seguro Integral de Salud que se realizara del 5 al 23 de diciembre del 2002, con la finalidad de promover la afiliacion de los peruanos mas vulnerables que se encuentran en situacion de pobreza extrema y pobreza; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - "Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado" y su Reglamento, y lo preceptuado en el inciso i) del Articulo 11º del Decreto Supremo Nº 009-2002-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion de servicios de publicidad por efectuarse entre entidades del sector publico. Los mencionados servicios son necesarios para la realizacion y difusion de las prestaciones de salud efectuandose en el Instituto de Radio Television Peruana MORDAZA 7 TV, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, por un valor referencial de: Canal/Programa MORDAZA 7 TOTAL TOTAL + IGV Nº de Avisos 76 76 Inversion US$ 8 106,16 8 106,16 9 565,27

I. ACTO CUYA INSCRIPCION SE SOLICITA Y DOCUMENTACION PRESENTADA Mediante el presente titulo se solicita la inscripcion del acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la ASOCIACION DEL FONDO DE BIENESTAR SOCIAL DE LA MORDAZA REPUBLICANA DEL PERU, mediante sesion del 27 de MORDAZA de 2002, consistente en la designacion de representante ante otra entidad. A dicho efecto se presenta MORDAZA certificada notarialmente del acta de la sesion del Consejo Directivo de fecha 27 de MORDAZA de 2002. II. DECISION IMPUGNADA Se ha interpuesto apelacion contra la observacion formulada por la Registradora Publica (e), Dra. Liz MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien denego la inscripcion por cuanto: "Existen titulos pendientes de inscripcion: a) Nº 6245 del 10.01.02 (Resolucion Judicial Nº 01 del 04.01.02: medida cautelar generica consistente en el nombramiento de administradores); b) Nº 16212 del 24.01.02 (mediante el cual se adjunta el Oficio Nº 645-01 del 23.01.02 expedido por el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular y el Especialista Legal, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el mismo que hace referencia a que se ha dejado sin efecto la medida cautelar generica); y, c) Nº 57606 del 27.03.02 (tacha sustantiva. asamblea general del 14.09.01: nombramiento de consejo directivo para el periodo 2001-2004); asientos de MORDAZA que aun se encuentran vigente. En ese sentido - al MORDAZA del Art. X del Titulo Preliminar del Reglamento General de los Registros Publicos (no puede inscribirse un titulo incompatible con otro ya inscrito o pendiente de inscripcion, aunque sea de igual o anterior fecha) -, se procedera conforme al art. 29º Inc. a) del referido Reglamento, sin perjuicio de lo dispuesto en el Art. 28 inc. b) del mismo cuerpo normativo". III. FUNDAMENTOS DE LA APELACION El apelante senala que, los titulos Nº 6245 del 10.01.02 y 16212 del 24.01.02 ya han sido inscritos y que el titulo Nº 57606 del 27.03.02 fue tachado, por lo que no existe impedimento alguno para proceder a la inscripcion del presente titulo. IV. ANTECEDENTE REGISTRAL

Articulo 2º.- El monto total destinado a realizar la publicidad televisiva en el medio de comunicacion televisiva del sector publico MORDAZA 7 TV, asciende a la suma de $ 9,565.27 (Nueve mil quinientos sesenta y cinco y 27/100 Dolares Americanos) que seran cancelados en Nuevos Soles de acuerdo al MORDAZA de cambio de la fecha de facturacion. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como poner en conocimiento de la Contraloria General de la Republica dentro de los 10 dias siguientes de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del Seguro Integral de Salud 21508

SUNARP
Dejan sin efecto observacion formulada por Registradora del Registro de Personas Juridicas de MORDAZA a solicitud de inscripcion de acuerdo adoptado por persona juridica
TRIBUNAL REGISTRAL RESOLUCION Nº 113-2002-SUNARP-TR-L
MORDAZA, 14 de noviembre de 2002 MORDAZA MORDAZA Zafra MORDAZA ASOCIACION DEL FONDO DE BIENESTAR SOCIAL DE LA MORDAZA REPUBLICANA DEL PERU TITULO: 84030 del 07.05.02 HOJA de TRAMITE: 34675 del 22.08.02 REGISTRO: Registro de Personas Juridicas de MORDAZA - Libro de Asociaciones ACTO: Designacion de representante SUMILLA: "Conforme al articulo 26 del Reglamento General de los Registros Publicos, durante la vigencia del asiento de MORDAZA de un titulo no podra inscribirse ningun otro que sea incompatible, es decir, que se refiera a actos o derechos excluyentes". APELANTE:

La ASOCIACION DEL FONDO DE BIENESTAR SOCIAL DE LA MORDAZA REPUBLICANA DEL PERU corre inscrita en la ficha 9996 que continua en la partida electronica 01851209 del libro de asociaciones del Registro de Personas Juridicas de Lima. En el asiento A0010 de la partida electronica 01851209 corre inscrito el consejo directivo elegido en asamblea del 20 de diciembre de 2001 - ratificado por la asamblea del 25 de marzo de 2002 -, cuya conformacion es la siguiente: Presidente: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Espinoza; Vicepresidente: MORDAZA MORDAZA Brena Turco; Secretario: Wilder MORDAZA Reyna; Tesorero: Wilder MORDAZA MORDAZA Lagos; Vocal: MORDAZA Cobos Bustos; Suplentes: Eler MORDAZA Mas, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (titulo archivado Nº 4129 del 07.01.02). Debe dejarse MORDAZA que, posteriormente en los asientos A 00012 y A00013 de la referida partida electronica figuran anotadas la medida cautelar generica - consistente en la designacion de Administradores Provisionales (titulo archivado Nº 6245 del 10.01.02) -, y su cancelacion (titulo archivado Nº 16212 del 24.01.02). V. PLANTEAMIENTO DE LAS CUESTIONES Interviene como Vocal ponente el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Huaripata. Las cuestiones a determinar son las siguientes: 1. Si existen titulos pendientes incompatibles con el titulo venido en grado. 2. Si el titulo reune las formalidades y requisitos exigibles para su inscripcion. VI. ANALISIS 1. Conforme al "principio de prioridad excluyente" regulado en el art. X del titulo preliminar del Reglamento Ge-