Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2002 (21/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 21 de agosto de 2002

Declaran la nulidad de lo actuado en concurso publico convocado para la contratacion del servicio de disposicion final de residuos solidos
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0869
Miraflores, 16 de agosto de 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Miraflores, es un organo de Gobierno Local, que emana de la voluntad popular, con autonomia politica, economica y administrativa de acuerdo a lo dispuesto por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Municipalidades; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, regulan los Procesos de Seleccion de los Bienes y Servicios u Obras de las Entidades del Sector Publico; Que, con fecha 26 de MORDAZA de 2002, se efectuo la MORDAZA convocatoria del Concurso Publico Nº 0012002-CE/MM para la contratacion del Servicio de Disposicion Final de Residuos Solidos, el cual en acto publico de MORDAZA de propuestas realizado el 7 de agosto de 2002, se declaro Desierto por causal de numero insuficiente de postores; Que, segun Oficio Nº 307-2002 (GTN) de fecha 9 de agosto de 2002 emitido por la Gerencia Tecnico Normativa del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, se observa de lo actuado en el Concurso Publico Nº 001-2002-CE/MM, que la absolucion de consultas prevista en el calendario del MORDAZA para el dia 3 de junio de 2002, fue remitida a los adquirentes de las Bases en dia posterior a la indicada fecha, hecho que constituye causal de nulidad de los actos realizados a partir de la etapa de absolucion de consultas, incluyendo la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 009-2002-CE/MM convocada con el mismo objeto, y como consecuencia de ello debe retrotraerse el MORDAZA hasta la etapa de absolucion de consultas, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 49º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 26º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, corresponde al Titular del Pliego declarar de oficio la nulidad del MORDAZA por la causal de prescindir de las normas esenciales del procedimiento, debiendo expresar la etapa a la que se retrotraera el MORDAZA, conforme al Articulo 57º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y en uso de las facultades conferidas al MORDAZA en el inciso 6) del Articulo 47º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la Nulidad de lo actuado en el Concurso Publico Nº 001-2002-CE/MM - MORDAZA Convocatoria, para la contratacion del Servicio de Disposicion Final de Residuos Solidos, retrotrayendolo hasta la etapa de la absolucion de consultas. Articulo Segundo.- Encargar al Comite Especial del Concurso Publico Nº 001-2002-CE/MM - MORDAZA Convocatoria, el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA KRUGER ESPANTOSO MORDAZA 14912

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Autorizan contratacion de servicio de disposicion final de residuos solidos mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 046-2002-MDR
MORDAZA, 8 de agosto del 2002 EL CONCEJO DISTRITAL DEL MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, bajo la Presidencia de la senora Alcaldesa de la Municipalidad del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la asistencia de los senores Regidores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunton, MORDAZA MORDAZA Castaneda MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Pintado de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lazo; Vistos, el Memorandum Nº 585-02-MDR/DM emitido por la Direccion Municipal, Memorandum Nº 531-2002-MDR/ DA de la Oficina de Administracion, Informe Legal Nº 05632002-OAL-MDR de la Oficina de Asesoria Legal e Informe Nº 060-2002-DSC/MDR referente a declaratoria de urgencia el servicio de disposicion final de residuos solidos en el distrito del Rimac; CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por el Articulo Unico de la Ley Nº 27680, concordado con el Art. 2º de la Ley Organica de Municipalidades, senala que las Municipalidades Provinciales, Distritales, son los organos de Gobierno Local, que emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico con autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, para la contratacion del servicio de disposicion final de residuos solidos en el distrito del MORDAZA, se convoco a Concurso Publico Nacional Nº 001-2002-MDR, el mismo que fue declarado DESIERTO en primera y MORDAZA convocatorias, por haberse presentado un solo postor, por lo que de conformidad con el articulo 32º del D.S. Nº 0122001-PCM del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Comite designado para dicho MORDAZA convoco a un MORDAZA de adjudicacion directa selectiva para la contratacion de dicho servicio; Que, mediante documentos de vistos, se advierte que con fecha 31 de MORDAZA del 2002, se otorgo la buena pro respecto al Item II: Disposicion Final de Residuos Solidos en el distrito del MORDAZA a la empresa Petramas S.A.C., habiendo interpuesto con fecha 7 de agosto del 2002, recurso impugnativo de apelacion contra dicho acto la empresa CASREN EIRL; Que, ante lo senalado en el considerando precedente corresponde a la entidad tramitar y resolver el recurso impugnativo interpuesto dentro de los plazos establecidos en el Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo que debera suspenderse el MORDAZA de seleccion hasta que dicho recurso, y de ser el caso el de revision que pudiera interponerse ante el Tribunal del CONSUCODE MORDAZA resueltos; Que, siendo ello asi y dado que el servicio de disposicion final no puede paralizar sus labores diarias por cuanto se veria afectada la salud de la poblacion del distrito del MORDAZA, se justifica sea declarada la urgencia de ese servicio conforme a lo establecido en el Inc. c) del Art. 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, para lo cual debera cumplirse con las formalidades senaladas en el Art. 20º del citado cuerpo legal asi como con lo contemplado en los Arts. 108º y 113º de su Reglamento y en la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE; Estando a lo expuesto en los Informes Tecnicos Nº 00602002-MDR/DSC emitido por la Direccion de Servicios a la MORDAZA, Memorandum Nº 531-2002-MDR/DA emitido por la Oficina de Administracion, Informe Legal Nº 0563-2002OAL-MDR de la Oficina de Asesoria Legal y Memorandum Nº 585-02-MDR/DM de la Direccion Municipal y de conformidad con lo establecido por los Arts. 36º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 23853, con el MORDAZA