Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2002 (17/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 17 de agosto de 2002

Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 14654 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 025-2002-PRO/DNEPP MORDAZA, 13 de agosto del 2002 Visto, el expediente de registro Nº CE-00397002 con escritos del 22 de agosto, 12 y 24 de setiembre, 22 de octubre y 14 de noviembre de 2001, 15 de enero y 20 de febrero de 2002, presentados por CONSORCIO CORPESCA DEXIM S.R.L. CONSIDERANDO: Que la construccion y adquisicion de embarcaciones pesqueras debera contar con autorizacion previa de incremento de flota otorgada por el Ministerio de Pesqueria, en funcion de la disponibilidad, preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos, y tratandose de embarcaciones pesqueras para consumo humano indirecto, y/o para recursos plenamente explotados, solo se otorgara siempre que se sustituya igual volumen de capacidad de bodega de la flota existente en la misma pesqueria; y se cuente con derecho a sustitucion, conforme lo establecen el articulo 24º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y el articulo 12º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; Que por Resolucion Ministerial Nº 619-95-PE del 6 de noviembre de 1995 modificada en su titularidad por Resolucion Directoral Nº 221-2000-PE/DNE del 6 de setiembre de 2000, se otorgo a la recurrente permiso de pesca para operar la embarcacion "ONDINA" con matricula Nº PT3843-PM, la misma que se encuentra consignada en los Listados Oficiales aprobados por Resoluciones Ministeriales Nºs. 152-2002-PE y 136-2002-PE con 140.74 m3 de capacidad de bodega, hielo en MORDAZA como medio de preservacion a bordo, equipada con redes de arrastre de 3 1/ 2 pulgadas (90 mm.) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion del recurso merluza con destino al consumo humano directo, y con derecho a sustitucion; Que por Resolucion Directoral Nº 090-2002-PE/DNEPP del 22 de marzo del 2002, se dejo si efecto el permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 462-97PE para operar la embarcacion "DONA FANNY" con matricula Nº PT-3809-CM, excluyendola del Anexo I literal H) de la Resolucion Ministerial Nº 339-2001-PE y del Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 340-2001-PE, precedentes de las Resoluciones Ministeriales Nºs. 152-2002-PE y 136-2002-PE respectivamente, al haber sido sustituida su capacidad de bodega para la construccion de una embarcacion pesquera; Que mediante los escritos del visto, la recurrente en su condicion de titular del correspondiente permiso de pesca, solicita autorizacion de incremento de flota, via sustitucion de igual capacidad de bodega de la embarcacion "ONDINA" con matricula Nº PT-3843-PM, para ser ejecutada previa adaptacion y reconstruccion, en el casco de la embarcacion "DONA FANNY", con matricula Nº PT-3809-CM con 140.74 m3 de capacidad de bodega, hielo en MORDAZA como medio de preservacion a bordo, equipada con redes de arrastre de 4 pulgadas (110 mm.) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion del recurso merluza con destino al consumo humano directo; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera mediante Informe Nº 203-2002-PE/ DNEPP-Dap, y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25997 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento

de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2001-PE y el procedimiento Nº 13 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a CONSORCIO CORPESCA DEXIM S.R.L., autorizacion de incremento de flota, via sustitucion de igual capacidad de bodega de la embarcacion "ONDINA" con matricula Nº PT-3843-PM, para ser ejecutada previa adaptacion y reconstruccion, en el casco de la embarcacion "DONA FANNY" con matricula Nº PT-3809CM con 140.74 m3 de capacidad de bodega, hielo en MORDAZA como medio de preservacion a bordo, equipada con redes de arrastre de 4 pulgadas (110 mm.) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion del recurso merluza con destino al consumo humano directo. Articulo 2º.- La autorizacion otorgada por la presente Resolucion tendra vigencia por un plazo de dieciocho (18) meses, debiendo solicitarse dentro del plazo improrrogable de tres (3) meses de vencido este el permiso de pesca respectivo. Vencidos cualquiera de los plazos indicados la autorizacion caducara de pleno derecho en caso de no haberse ejecutado o solicitado el permiso de pesca correspondiente, sin que sea necesario para ello el pronunciamiento o la notificacion por parte del Ministerio de Pesqueria. Asimismo sera causal de caducidad la ejecucion de la autorizacion excediendo la capacidad de bodega autorizada o con caracteristicas diferentes a las que la sustentaron. Articulo 3º.- Dejar sin efecto el permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 619-95-PE del 6 de noviembre de 1995 modificada en su titularidad por Resolucion Directoral Nº 221-2000-PE/DNE del 6 de setiembre de 2000, para operar la embarcacion pesquera "ONDINA" con matricula Nº PT-3843-PM. Articulo 4º.- Excluir a la embarcacion pesquera "ONDINA" con matricula Nº PT-3843-PM del literal F) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 152-2002-PE y del Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 136-2002-PE. Articulo 5º.- Incluir la presente autorizacion de incremento de flota en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 152-2002-PE. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 14657

Aprueban cambio de titular de permiso de pesca a favor de la empresa Corporacion Peruana del Puerto S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 021-2002-PRO/DNEPP MORDAZA, 13 de agosto del 2002 Visto el expediente con escritos Nºs. CE-00153002 del 26 de MORDAZA y 14 de MORDAZA del 2002, presentados por la empresa CORPORACION PERUANA DEL PUERTO S.A.C. CONSIDERANDO: Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 394-98PE/DNE del 31 de diciembre de 1998, se aprobo a favor de CORPORACION PESQUERA RIBAR S.A., el cambio de nombre del titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 371-94-PE, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "RIBAR