Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2001 (24/11/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 24 de noviembre de 2001

MORDAZA EN DISCORDIA DEL SENOR DE MORDAZA MORDAZA, MIEMBRO TITULAR DEL MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES VISTOS: Mi MORDAZA es por que el Pleno conozca el fondo del MORDAZA, con arreglo a lo dispuesto en el Articulo 139º inciso 6, de la Constitucion Politica y Articulo 5º inciso u) de la Ley Nº 26486 Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones. SS. DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 35095

Declaran que regidor del Concejo Provincial de La Mar, departamento de MORDAZA, reasume sus funciones
RESOLUCION Nº 792-2001-JNE MORDAZA, 22 de noviembre de 2001 Expedientes Nºs. 960-2001 1078-2001 VISTOS: El Oficio Nº 357-2001-MPLM-SM/A remitido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Provincial de La Mar, departamento de MORDAZA, comunicando que por Resolucion de Alcaldia Nº 113-2001-MPLM-SM/A del 8 de agosto de 2001 el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue reincorporado en sus funciones de Regidor del citado Municipio y por acuerdo de sesion de concejo del 28 de agosto de 2001 se declaro la vacancia de su referido cargo; El recurso de revision interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el acuerdo de sesion del 28 de agosto de 2001 del Concejo Provincial de La Mar, que declara la vacancia de su cargo de Regidor; Los escritos de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Regidor del citado Municipio, remitiendo documentacion respecto a la vacancia del cargo de Regidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aybar; El Oficio Nº 3427-2001-JM-SM-LM-CSJAY-PJ del Juzgado Mixto de La Mar, remitiendo copias certificadas del MORDAZA penal seguido contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cual se expidio sentencia con reserva de fallo condenatorio; CONSIDERANDO: 1º.- Que por Resolucion Nº 1927-99-JNE del 2 de diciembre de 1999 este supremo organo electoral declaro que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encuentra suspendido en el ejercicio del cargo de Regidor del Concejo Provincial de La Mar, a resultas del MORDAZA penal que se sigue en su contra; asimismo, convoco a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que asuma provisionalmente el cargo de Regidor en el citado Municipio; 2º.- Que el MORDAZA penal seguido contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la comision del delito contra la administracion publica en la modalidad de malversacion de fondos, en agravio del Estado y la Agencia Agraria La Mar, concluyo con sentencia expedida el 17 de agosto de 1999 por la Sala Especializada en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA que reservo el fallo condenatorio a favor de citado encausado y fijo como plazo de prueba un ano, conforme se aprecia de fojas 63 a 68 (Expediente Nº 960-2001); y, por resolucion Nº 38 del 18 de diciembre de 2000 la citada Sala declaro extinguido el regimen de prueba y por no efectuado el juzgamiento a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme se aprecia de fojas 69 a 71 (expediente Nº 960-2001); 3º.- Que por Resolucion de Alcaldia Nº 113-2001MPLM-SM/A del 8 de agosto de 2001, el Concejo Provincial de La Mar declara procedente la solicitud promovida

por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para reasumir sus funciones de Regidor en dicho Municipio, conforme consta a fojas 56 y 57 (expediente Nº 960-2001); 4º.- Que concluido el MORDAZA penal respectivo, el MORDAZA o Regidor absuelto reasume sus funciones en forma automatica e inmediata, sin requerir pronunciamiento del concejo, haciendo de conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones, de conformidad con lo dispuesto por la MORDAZA parte del Articulo 30º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, modificado por el Articulo 1º de la Ley Nº 26491; 5º.- Que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA debio reasumir su cargo de Regidor del Concejo Provincial de La Mar desde el 15 de diciembre de 1999, fecha en que quedo consentida la sentencia con reserva de fallo condenatorio; siendo que, recien por solicitud presentada el 3 de agosto de 2001 pide su reincorporacion, que es aceptada por Resolucion de Alcaldia Nº 113-2001-MPLM-SM/A del 8 de agosto de 2001, conforme consta a fojas 56 y 57 (expediente Nº 960-2001); 6º.- Que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por solicitud presentada el 27 de agosto de 2001 ante el Concejo Provincial de La Mar pidio se declare la vacancia del cargo de Regidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, alegando que se encuentra incurso en las causales de vacancia establecidas en los incisos 2), 3), 4) y 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, afirmando que dicho Regidor no reasumio sus funciones desde el 29 de diciembre de 2000, incumpliendo lo establecido por la MORDAZA parte del Articulo 30º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, modificado por el Articulo 1º de la Ley Nº 26491; 7º.- Que el Concejo Provincial de La Mar en sesion del 28 de agosto de 2001, con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de miembros del concejo, seis votos conformes, de un total de diez integrantes, acordo declarar la vacancia del cargo de Regidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme se aprecia de fojas 11 a 48 (expediente Nº 1078-2001); vacancia ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 089-2001-MPLM-SM del 12 de septiembre de 2001, conforme aparece a fojas 123 (expediente Nº 10782001); 8º.- Que el MORDAZA parrafo del Articulo 30º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, modificado por el Articulo 1º de la Ley Nº 26491, establece que el MORDAZA o Regidor suspendido reasume sus funciones cuando el MORDAZA penal que se le sigue ha concluido, situacion que se concreta cuando la autoridad MORDAZA suspendida comunica su reincorporacion o cuando es requerida formalmente por el concejo a reasumir sus funciones; que en el caso de autos la comunicacion de reincorporacion se produjo el 3 de agosto de 2001 y el concejo acepto la misma el 8 de agosto del ano en curso; 9º.- Que por otro lado, el Concejo recurrente no ha acreditado que el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA incurrido en las causales de vacancia que se alega; ademas, tampoco se ha acreditado que se MORDAZA realizado requerimiento por parte del citado Municipio para que el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA reasuma sus funciones ediles; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundado el recurso de revision interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el acuerdo de sesion del 28 de agosto de 2001 del Concejo Provincial de La Mar, que acuerda declarar la vacancia de su cargo de Regidor; en consecuencia, nulos el acuerdo de sesion del 28 de agosto de 2001 y el Acuerdo de Concejo Nº 089-2001-MPLM-SM del 12 de septiembre de 2001 Articulo Segundo.- Declarar que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA reasume sus funciones de Regidor en el Concejo Provincial de La Mar, departamento de MORDAZA, elegido para el periodo de gobierno municipal 1999 2002. Articulo Tercero.- Dar por concluida la designacion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Regidor