Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2001 (10/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 10 de marzo de 2001

Amplian plazo para el pago del Impuesto Predial
ORDENANZA Nº 06-2001-C/MC Comas, 28 de febrero de 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS, EN SESION ORDINARIA DE LA FECHA; Y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 15º del D. Leg. Nº 776 "Ley de Tributacion Municipal" establece que el Impuesto Predial podra cancelarse al contado hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano y en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendo cancelarse la primera cuota hasta el ultimo dia habil del mes de febrero y las cuotas restantes seran pagadas hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre; En concordancia con el dispositivo MORDAZA citado, mediante Decreto de Alcaldia Nº 01-2001-A/MC, de fecha 6 de febrero del 2001, se aprobo el cronograma de pago del Impuesto Predial para el Ejercicio 2001, estableciendose como fecha de vencimiento para el pago anual del Impuesto hasta el 28 de febrero del presente ano; Que, siendo politica de la actual Administracion Municipal otorgar a sus contribuyentes las maximas facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, el pleno del Concejo por UNANIMIDAD aprueba la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Ampliar el plazo de la fecha de vencimiento para el pago anual del Impuesto Predial senalado en el Articulo 4º del Decreto de Alcaldia Nº 012001-A/MC, hasta el 31 de marzo del 2001. Articulo Segundo.- Dispensar de la lectura del Acta para su inmediato cumplimiento. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA CRUCES MORDAZA 19784

Que, en el Articulo 4º de la citada Ordenanza se establece beneficios a los contribuyentes que cancelen el Arbitrio anual hasta el 28 de febrero del 2001; Que, siendo politica de la actual Administracion Municipal otorgar a los contribuyentes las maximas facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, el pleno del Concejo por unanimidad aprueba la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Ampliar el plazo de pago anual del Arbitrio de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Relleno Sanitario periodo 2001 hasta el 31 de marzo del 2001, para acogerse a los beneficios senalados en el Articulo 4º de la Ordenanza Nº 028-2000-C/MC. Articulo Segundo.- Dispensar de la lectura del Acta para su inmediato cumplimiento. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA CRUCES MORDAZA 19785

Aprueban Cronograma de Pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2001
DECRETO DE ALCALDIA Nº 01-2001-A/MC Comas, 6 de febrero de 2001 Visto el Informe Nº 028-2001-OAT/MC de fecha 29 de enero de 2001 presentado por la Oficina de Administracion Tributaria, mediante el cual formula propuesta de Decreto de la MORDAZA del Impuesto Predial 2001. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el Art. 11º el D. Leg. Nº 776 - Ley de Tributacion Municipal, a efectos de determinar el valor total de los predios, se aplicara los valores arancelarios de terrenos y valores unitarios oficiales de edificacion vigentes al 31 de diciembre del ano anterior, y las tablas de depreciacion por antiguedad y estado de conservacion, que formula el Consejo Nacional de Tasaciones y aprueba anualmente el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion mediante Resolucion Ministerial; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 13º de la citada MORDAZA, la aplicacion del Impuesto Predial sera en funcion de la escala progresiva acumulativa, conforme a los tramos establecidos en Unidades Impositivas Tributarias UIT vigentes para cada ejercicio fiscal, asimismo se establece que las Municipalidades estan facultadas para considerar un monto minimo a pagar por concepto del Impuesto equivalente al 0.6% de la UIT vigente al 1 de enero del ano al que corresponda el Impuesto; Que, de acuerdo a la cuarta disposicion final del D. Leg. Nº 776, las Municipalidades que brinden el servicio de emision mecanizado de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no mas del 0.4% del UIT vigente al 1 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorizacion sustituye la obligacion de presentar la Declaracion Jurada; Que, mediante R.M. Nº 483-2000-MTC/15.04 y R.M. Nº 484-2000-MTC/15.04 publicadas el 25 de diciembre del 2000 en el Diario Oficial El Peruano, se aprueban los Planos Basicos Arancelarios y los valores Unitarios Oficiales de Edificacion para la Costa, MORDAZA y MORDAZA respectivamente; Que, para el ano 2001 el MORDAZA valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como indice de referencia en normas tributarias, ha sido fijada en Tres mil Nuevos Soles (S/. 3,000), conforme lo senala el Decreto Supremo Nº 146-2000-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 27-12-2000;

Amplian plazo de pago anual de arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y relleno sanitario y beneficios otorgados en la Ordenanza Nº 028-2000-C/MC
ORDENANZA Nº 07-2001-C/MC Comas, 28 de febrero de 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS, EN SESION ORDINARIA DE LA FECHA; Y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 028-2000-C/MC de fecha 29 de diciembre del 2000, se aprobo el MORDAZA del regimen Tributario del Arbitrio de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Relleno Sanitario para el periodo 2001;