Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2001 (01/03/2001)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

Pag. 199380

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 1 de marzo de 2001

liacion denominado "Justicia, MORDAZA y Paz - JUVIPA", con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 29 de enero de 2001, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 098-2001-JUS/ DM-STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion Justicia, MORDAZA y Paz - JUVIPA; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98JUS y Resolucion Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE:

Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAYOR Viceministro de Justicia 19065 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 032-2001-JUS MORDAZA, 23 de febrero de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 18031-2000, de fecha 20 de noviembre de 2000, de la asociacion Centro de Conciliacion Lideres en Accion; CONSIDERANDO:

Articulo 1º.- AUTORIZAR a la asociacion Justicia, MORDAZA y Paz - JUVIPA, a funcionar como Centro de Conciliacion denominado "Justicia, MORDAZA y Paz - JUVIPA", con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAYOR Viceministro de Justicia 19064 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 031-2001-JUS MORDAZA, 23 de febrero de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 18175, de fecha 21 de noviembre de 2000, de la asociacion denominada "Asociacion Internacional para la Resolucion de Conflictos, Unidos para la Paz"; CONSIDERANDO: Que la asociacion denominada "Asociacion Internacional para la Resolucion de Conflictos, Unidos para la Paz" es una asociacion civil que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Conciliacion denominado "Centro de Conciliacion Unidos para la Paz, UNIPAZ"; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 081-2001/DMSTC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion denominada "Asociacion Internacional para la Resolucion de Conflictos, Unidos para la Paz"; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS y Resolucion Ministerial Nº 3502000-JUS; SE RESUELVE:

Que la asociacion Centro de Conciliacion Lideres en Accion, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice para el funcionamiento como Centro de Conciliacion denominado "Centro de Conciliacion Lideres en Accion", con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 1 de febrero de 2001, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 082-2001-JUS/ DM-STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion Centro de Conciliacion Lideres en Accion; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98JUS y Resolucion Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la asociacion Centro de Conciliacion Lideres en Accion, a funcionar como Centro de Conciliacion denominado "Centro de Conciliacion Lideres en Accion", con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAYOR Viceministro de Justicia 19066 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 033-2001-JUS MORDAZA, 23 de febrero de 2001 Vista la solicitud presentada con Registro Nº 145802000, por la Asociacion de Profesionales en Resolucion Alternativa de Conflictos de MORDAZA - APERAC DE LIMA; CONSIDERANDO:

Articulo 1º.- AUTORIZAR, a la asociacion denominada "Asociacion Internacional para la Resolucion de Conflictos, Unidos para la Paz", a funcionar como Centro de Conciliacion denominado "Centro de Conciliacion Unidos para la Paz, UNIPAZ", con sede en la MORDAZA de Arequipa.

Que la Asociacion de Profesionales en Resolucion Alternativa de Conflictos de MORDAZA - APERAC DE MORDAZA, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora;