Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2001 (10/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, miercoles 10 de enero de 2001

NORMAS LEGALES

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(4) capitulos y trece (13) articulos, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo Segundo.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Justicia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de enero del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia REGLAMENTO PARA LA DESIGNACION DE PROCURADORES PUBLICOS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- El presente Reglamento establece los requisitos y procedimientos para la designacion de los Procuradores Publicos, Procuradores Publicos Adjuntos y Procuradores Publicos Ad Hoc. Articulo 2º.- Los Procuradores Publicos, Procuradores Publicos Adjuntos y Procuradores Publicos Ad Hoc, seran designados por el Presidente de la Republica, por Resolucion Suprema del Sector Justicia, con refrendo del Ministro de Justicia y del Presidente del Consejo de Ministros y/o los respectivos Ministros, segun corresponda. Estaran vinculados administrativamente a un Sector u organismo, el que estara a cargo del pago de las remuneraciones, honorarios y/o demas beneficios, que correspondan. Articulo 3º.- Cada Procuraduria Publica tendra un Procurador Publico y un Procurador Publico Adjunto. Articulo 4º.- Excepcionalmente, se designara Procurador Publico Ad Hoc, a letrado distinto al Procurador Publico correspondiente, quien estara a cargo de determinado MORDAZA o asuntos de caracter similar. CAPITULO II DE LOS REQUISITOS PARA LA DESIGNACION Articulo 5º.- Para ser designado Procurador Publico, se requiere: a) Ser peruano de nacimiento; b) Haber ejercido la abogacia durante quince (15) anos consecutivos, debiendo acreditar esta situacion con la MORDAZA del diploma de incorporacion al respectivo Colegio de Abogados. c) Estar colegiado y cumplir las obligaciones que le permitan el ejercicio de la profesion, lo cual se acreditara con la informacion que proporcione el respectivo Colegio de Abogados sobre su condicion de miembro habil; y, d) No estar incurso en las prohibiciones e incompatibilidades establecidas en el Decreto Supremo Nº 023-99-PCM, para lo cual debera suscribir una Declaracion Jurada, segun formato elaborado por el Consejo de Defensa Judicial del Estado. Articulo 6º.- Para ser designado Procurador Publico Adjunto, se requiere: a) Ser peruano de nacimiento; b) Haber ejercido la abogacia durante cinco (05) anos consecutivos, debiendo acreditar esta situacion con la MORDAZA del diploma de incorporacion al respectivo Colegio de Abogados. c) Estar colegiado y cumplir las obligaciones que le permitan el ejercicio de la profesion, lo cual se acreditara con la informacion que proporcione el respectivo Colegio de Abogados sobre su condicion de miembro habil; y, d) No estar incurso en las prohibiciones e incompatibilidades establecidas en el Decreto Supremo Nº 023-99-PCM, para lo cual debera suscribir una Declaracion Jurada, segun formato elaborado por el Consejo de Defensa Judicial del Estado. Articulo 7º.- Los Procuradores Publicos Ad Hoc, del titular y del adjunto, deberan reunir los mismos requisitos establecidos en los Articulos 5º y 6º del presente Reglamento. CAPITULO III DEL PROCEDIMIENTO Articulo 8º.- Corresponde a los Titulares de los Sectores u Organismos correspondientes, proponer la designacion de los Procuradores Publicos, Procuradores Publicos Adjuntos y Procuradores Publicos Ad Hoc. La propuesta sera presentada a traves del Ministro de Justicia quien se encargara de

tramitarla ante el Presidente de la Republica, para la expedicion de la correspondiente Resolucion Suprema. Articulo 9º.- El Presidente del Consejo de Defensa Judicial del Estado, en todos los casos de designacion a que se refiere el presente Reglamento, debera emitir opinion tecnica previa, sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos para el cargo, y debera visar la correspondiente Resolucion Suprema. Articulo 10º.- Suscrita y publicada la correspondiente Resolucion Suprema, se enviara copias certificadas de la misma al Presidente del Consejo de Defensa Judicial del Estado, quien se encargara de remitirlas a los letrados designados y a los respectivos Titulares del Sector u organismo correspondiente. Articulo 11º.- Al asumir el cargo, los Procuradores Publicos, Procuradores Publicos Adjuntos y Procuradores Publicos Ad Hoc, deberan prestar juramento ante el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima. CAPITULO IV DEL TERMINO DE LA DESIGNACION Articulo 12º.- Las designaciones a que se refiere el presente Reglamento, culminan cuando se acepta la renuncia del designado o cuando se da por concluida su designacion por: a) Fallecimiento; b) Incapacidad fisica o mental permanente; o, c) Propuesta del Titular del Sector u organismo al que representa. Articulo 13º.- El tramite para la expedicion de las Resoluciones Supremas que resuelven cualquiera de las situaciones senaladas en el articulo precedente, sera similar al establecido en los Articulos 8º, 9º y 10º del presente Reglamento. 15932

Designan asesor de la Alta Direccion del Ministerio
RESOLUCION SUPREMA Nº 006-2001-JUS MORDAZA, 9 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante la plaza de Asesor de la Asesoria Tecnica de la Alta Direccion del Ministerio de Justicia; Que es necesario designar al funcionario que desempene dicho cargo publico de confianza; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 50º del Decreto Legislativo Nº 560, modificado por el Decreto Legislativo Nº 595 y los Decretos Leyes Nºs. 25515, 25957 y 25993; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar, a partir de la fecha, al doctor MORDAZA MORDAZA ENCO MORDAZA en el cargo de Asesor de la Asesoria Tecnica de la Alta Direccion del Ministerio de Justicia. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 15956

Aceptan renuncia de funcionaria de la Secretaria Tecnica de Conciliacion del Despacho Ministerial
RESOLUCION SUPREMA Nº 007-2001-JUS MORDAZA, 9 de enero de 2001