Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2001 (07/08/2001)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, martes 7 de agosto de 2001

NORMAS LEGALES
MORDAZA MORDAZA 2do. Juzgado de Paz Letrado

Pag. 208441

Que, de las estadisticas proporcionadas por el equipo senalado en Visto, se puede observar la excesiva carga procesal que presentan algunos de los Juzgados de Paz Letrados ubicados en los Modulos Corporativos Manuales de La MORDAZA, Ate Vitarte, MORDAZA El MORDAZA, MORDAZA MORDAZA del Triunfo, San MORDAZA de Miraflores, Barranco - Miraflores, Chorrillos, La MORDAZA ­ Cieneguilla, San MORDAZA de Lurigancho, San MORDAZA y MORDAZA Anita; Que, mediante las Resoluciones numeros 278-98-PCSJL/PJ, 283-98-P-CSJL, 284-98-P-CSJL/PJ, 288-98P-CSJL/PJ, 289-98-P-CSJL/PJ, 302-98-P-CSJL/PJ, 303-98-P-CSJL, 308-98-P-CSJL/PJ, 315-98-P-CSJL/PJ, 316-98-P-CSJL/PJ, 323-98-P-CSJL/PJ se asignaron a cada uno de los juzgados de los referidos Modulos el conocimiento de diversas materias tomando en cuenta su volumen y especializacion; Que, teniendo en cuenta lo senalado en los considerandos precedentes, se ha previsto la necesidad de tomar medidas inmediatas que coadyuven al mejor desenvolvimiento de la administracion de Justicia en los mencionados Organos Jurisdiccionales; por tal motivo, es necesario distribuir la carga de manera aleatoria a fin de que se trabaje en igualdad de condiciones y exista un mayor control sobre los procesos; Que, para lograr este fin se requiere el cierre temporal de turno de los Juzgados que presentan una sobrecarga procesal en comparacion con los otros organos jurisdiccionales del mismo Modulo; Que, estando a lo expuesto de conformidad con lo establecido en el MORDAZA parrafo del Art. 55º y numerales 1 y 3 del Art. 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO las Resoluciones Administrativas numeros: 278-98-P-CSJL/ PJ, 283-98-P-CSJL, 284-98-P-CSJL/PJ, 288-98-PCSJL/PJ, 289-98-P-CSJL/PJ, 302-98-P-CSJL/PJ, 30398-P-CSJL, 308-98-P-CSJL/PJ, 315-98-P-CSJL/PJ, 316-98-P-CSJL/PJ, 323-98-P-CSJL/PJ. Articulo Segundo.- DISPONER el cierre temporal del turno, desde el dia siguiente de publicacion de la presente resolucion, de los Juzgados de Paz Letrados de los Modulos Corporativos Manuales siguientes: Ate Vitarte: 2º Juzgado de Paz Letrado La Victoria: 1er. Juzgado de Paz Letrado 4to. Juzgado de Paz Letrado MORDAZA El Salvador: 3er. Juzgado de Paz Letrado MORDAZA MORDAZA del Triunfo: 3er. Juzgado de Paz Letrado San MORDAZA de Miraflores: 2º Juzgado de Paz Letrado Barranco ­ Miraflores: 2do. Juzgado de Paz Letrado 4to. Juzgado de Paz Letrado Chorrillos 2do. Juzgado de Paz Letrado 4to. Juzgado de Paz Letrado La MORDAZA ­ Cieneguilla 2do. Juzgado de Paz Letrado San MORDAZA de Lurigancho 3er. Juzgado de Paz Letrado 4to. Juzgado de Paz Letrado San MORDAZA 2do. Juzgado de Paz Letrado

Articulo Tercero.- Los Juzgados MORDAZA mencionados, se dedicaran a atender exclusivamente los procesos que tienen a su cargo, con la finalidad de disminuir la sobrecarga procesal que poseen, no recibiendo expediente alguno hasta el 31 de octubre del presente ano. Articulo Cuarto.- Los Juzgados de Paz Letrados de los Modulos Corporativos Manuales, no mencionados en el Articulo MORDAZA de la presente resolucion, recibiran de manera aleatoria los expedientes que ingresen por mesa de partes, conociendo todas las especialidades que corresponden a los Juzgados de Paz Letrados desde su tramite hasta su ejecucion. Articulo Quinto.- A partir del dos de noviembre del presente ano, los juzgados mencionados en el Articulo MORDAZA de la presente resolucion recibiran de manera aleatoria los expedientes que ingresen por Mesa de Partes, conociendo todas las especialidades que corresponden a los Juzgados de Paz Letrados desde su tramite hasta su ejecucion, continuando los Juzgados senalados en el Articulo MORDAZA con la tramitacion indicada en dicho dispositivo. Articulo Sexto.- PONER la presente Resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Oficina Distrital de Control de la Magistratura, Administracion Distrital, Oficina de la Administracion del MORDAZA Despacho Judicial y Servicios, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 28771

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Autorizan contratacion del servicio de seguridad y vigilancia mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 028-2001/DP MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2001 Vistos; el Memorando Nº 348-2001-DP/OAF y su informe anexo, asi como el Informe Nº 02-2001-DP/ OAJ; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Articulos 161º y 162º de la Constitucion Politica del Estado se dio la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo y mediante Resolucion Defensorial Nº 12-2001/DP su vigente Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y con Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM su Reglamento, los que establecen las normas que deberan observar las entidades del Sector Publico Nacional en los procesos de contrataciones y adquisiciones de bienes, servicios y obras; Que, el inciso c) de Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones