Norma Legal Oficial del día 01 de agosto del año 2001 (01/08/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 1 de agosto de 2001

aduanero.com, la informacion requerida del contribuyendo no habido. 2. Solicitar a la Intendencia Nacional de Sistemas, area de Centro de Datos y Soporte de Usuarios, los usuarios y claves respectivas para realizar el mantenimiento de la base mencionada en el numeral anterior. Las condiciones a tener en cuenta para considerar a un contribuyente como no MORDAZA son: - Fallecimiento o extincion. - Destinatario desconocido. - Direccion del domicilio no existe. - Domicilio no existe o esta cerrado o deshabitado. - Otros motivos justificables. El personal que detecte cualquiera de las condiciones citadas, y agotadas las acciones pertinentes, debera elaborar el informe respectivo, adjuntando el sustento documentario correspondiente, consistente en la notificacion, el acta de verificacion del domicilio, levantada por quien realizo dicho acto, MORDAZA del courier de ser el caso, publicaciones en el Diario Oficial El Peruano, etc.; el que aprobado por el responsable de la dependencia, sera comunicado mediante FEDI al personal encargado de la alimentacion de la informacion. Asimismo, el registro de no habidos podra ser consultado en la pagina WEB www.aduanet.gob.pe y las personas ingresadas a tal registro, que deseen revertir dicha situacion, deberan presentar ante ADUANAS, declaracion jurada senalando la direccion de su domicilio actual, asi como el descargo respecto del motivo que origino su ingreso al mencionado registro; el retiro sera efectuado previa accion de verificacion y/o fiscalizacion. Atentamente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Nacional (e) Intendencia Nacional de Fiscalizacion Aduanera 28233

Que, como consecuencia de lo expuesto resulta necesario aprobar nuevos formatos de Titulos de Propiedad Registrados a fin de adecuar las acciones de formalizacion de la propiedad a la nueva politica descentralizadora y de cooperacion entre el Gobierno Central y los Gobiernos Locales conforme a los criterios y lineamientos sancionados por el Decreto Supremo Nº 005-2001-JUS; Con la opinion favorable de la Gerencia de Planeamiento y Operaciones, la Gerencia de Titulacion, la Gerencia de Asesoria Legal, la Gerencia de Declaracion y Regularizacion de la Propiedad, la Gerencia de MORDAZA y la Jefatura de Asuntos Legales; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Apruebase las caracteristicas, el contenido y el formato del Titulo de Propiedad Registrado a ser utilizado en los casos de adjudicacion de lotes de terreno ubicados en posesiones informales destinados a vivienda adquiridos a titulo gratuito, segun formato que como Anexo 1 forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Apruebase las caracteristicas, el contenido y el formato del Titulo de Propiedad Registrado a ser utilizado en los casos de adjudicacion de lotes de terrenos ubicados en posesiones informales destinados a vivienda cuando cada uno de los poseedores sea propietario de otro lote en la misma provincia, comercio, industria, artesania, agroindustria u otros similares adjudicados a favor de personas naturales o juridicas, segun formato que como Anexo 2 forma parte de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Apruebase las caracteristicas, el contenido y el formato del Titulo de Propiedad Registrado a ser utilizado en los casos de adjudicacion de lotes de terrenos ubicados en posesiones informales destinados a viviendas cuya area de terreno sea mayor a 300 metros cuadrados, segun formato que como Anexo 3 forma parte de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Apruebase las caracteristicas, el contenido y el formato del Titulo de Propiedad Registrado a ser utilizado en los casos de adjudicacion de lotes de terrenos ubicados en posesiones informales destinados a mercados, bajo la modalidad de venta al contado, segun formato que como Anexo 4 forma parte de la presente Resolucion. Articulo Quinto.- Apruebase las caracteristicas, el contenido y el formato del Titulo de Propiedad Registrado a ser utilizado en los casos de adjudicacion de lotes de terrenos ubicados en posesiones informales destinados a mercados, bajo la modalidad de venta al credito, segun formato que como Anexo 5 forma parte de la presente Resolucion. Articulo Sexto.- Apruebase las caracteristicas, el contenido y el formato del Titulo de Afectacion en Uso para el caso de lotes de equipamiento MORDAZA ubicados en posesiones informales, segun formato que como Anexo 6 forma parte de la presente Resolucion. Articulo Septimo.- Apruebase las caracteristicas, el contenido y el formato del Titulo de Propiedad Registrado a ser utilizado mediante Prescripcion Adquisitiva de Dominio en posesiones informales, segun formato que como Anexo 7 forma parte de la presente Resolucion. Articulo Octavo.- Apruebase las caracteristicas, el contenido y el formato del Instrumento de Inscripcion y/o Rectificacion de Titulo utilizado dentro del MORDAZA de formalizacion de la propiedad en posesiones informales, segun formato que como Anexo 8 forma parte de la presente Resolucion. Articulo Noveno.- Dejense sin efecto las disposiciones legales que se opongan a la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal ANEXO 1 TITULO DE PROPIEDAD REGISTRADO Que otorga la Municipalidad ............ del departa..........., mento de ........., que en adelante se denominara LA ......... MUNICIPALIDAD, debidamente representada por el MORDAZA, don (dona) .................... identificado(a) con ............, D.N.I. N° ......., en favor de: ......

COFOPRI
Aprueban formatos de Titulos de Propiedad Registrados para casos de adjudicacion de lotes de terreno, afectacion en uso, prescripcion adquisitiva e instrumento de inscripcion o rectificacion
COMISION DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 130­2001-COFOPRI/GG MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley Nº 27046, cuyo Texto Ordenado ha sido aprobado por Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, se creo la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, como organismo encargado de disenar y ejecutar de manera integral, comprehensiva y rapida un Programa de Formalizacion de la Propiedad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-JUS de fecha 3 de marzo de 2001 se crearon las Comisiones provinciales de Formalizacion de la Propiedad Informal, con responsabilidad, en su respectivo ambito, en materia de formalizacion de la propiedad informal, asumiendo COFOPRI la Secretaria Tecnica de las referidas Comisiones; Que, de acuerdo al Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 005-2001-JUS corresponde al MORDAZA provincial, en el ambito de su jurisdiccion, otorgar los Titulos de Propiedad; Que, la MORDAZA Disposicion Final del Reglamento de Formalizacion de la Propiedad a cargo de la COFOPRI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-99-MTC, dispone que la Gerencia General aprobara los formatos de Titulos de Propiedad;

a quien(es) en adelante se le(s) denominara "EL(LOS) TITULARES", en los terminos y condiciones siguientes: