Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2000 (30/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, sabado 30 de setiembre de 2000
En el Articulo 9º.DICE:

NORMAS LEGALES

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"Normas Complementarias. Por Resolucion Ministerial de Economia y Finanzas se dictaran las medidas que fueren necesarias para el mejor cumplimiento de lo senalado en este Decreto de Urgencia, asi como las disposiciones referidas a la disolucion y liquidacion de la Comision Administradora de Carteras y a los plazos en los que se cumplira lo dispuesto en los Articulos 1º y 4º de la presente norma." DEBE DECIR: "Normas Complementarias. Por Resolucion Ministerial de Economia y Finanzas se dictaran las medidas que fueren necesarias para el mejor cumplimiento de lo senalado en este Decreto de Urgencia, asi como las disposiciones referidas a la disolucion y liquidacion de la Comision Administradora de Carteras y a los plazos en los que se cumplira lo dispuesto en los Articulos 2º y 5º de la presente norma." 11209

Que, en consecuencia es necesario encargar las funciones del Despacho Ministerial mientras dure la ausencia del titular; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Encargar la Cartera de Energia y Minas al ingeniero MORDAZA Bedoya Camere, Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, a partir del 28 de setiembre del 2000 y mientras dure la ausencia del Titular. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Presidente del Consejo de Ministros 11226

PCM
Autorizan viaje del Ministro de Energia y Minas a Venezuela, en mision oficial
RESOLUCION SUPREMA Nº 430-2000-PCM MORDAZA, 27 de setiembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, el Ing. MORDAZA Chamot MORDAZA, Ministro de Energia y Minas, viajara a la MORDAZA de Caracas, Venezuela, del 28 al 30 de setiembre del 2000, por razones inherentes a su cargo; Que, en consecuencia es necesario autorizar el correspondiente viaje; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Supremo Nº 05384-PCM, Decreto Supremo Nº 074-85-PCM, Decreto Supremo Nº 031-89-EF, Decreto Supremo Nº 135-90-PCM y Decreto Supremo Nº 037-91-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del Ing. MORDAZA Chamot MORDAZA, Ministro de Energia y Minas, a la MORDAZA de Caracas, Venezuela, del 28 al 30 de setiembre del 2000, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Presidente del Consejo de Ministros 11225

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban acuerdo que suscribiran representantes de la Republica del Peru y de Elliott Associates LLP para el pago de obligaciones de deuda publica externa
DECRETO SUPREMO Nº 106-2000-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en octubre de 1996, Elliott Associates LLP, inicio una accion judicial en las cortes de Nueva MORDAZA contra el Banco de la Nacion y la Republica del Peru, exigiendo el pago de obligaciones de deuda publica externa; Que, la sentencia emitida en MORDAZA instancia en el mencionado MORDAZA judicial ha sido favorable para Elliott Associates LLP, ordenando el pago por la Republica del Peru de una suma de US$ 55 660 831,56 (CINCUENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UNO Y 56/100 DOLARES AMERICANOS); Que, el referido monto al 30 de setiembre del ano 2000 alcanzaria, aproximadamente, a US$ 67 000 000,00 (SESENTA Y SIETE MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), incluyendo costos judiciales y legales, por lo que resulta conveniente para el Estado Peruano llegar a un acuerdo de pago con el demandante en condiciones mas ventajosas para el MORDAZA que las derivadas de dicho MORDAZA judicial; Que, en tal sentido, la Republica del Peru y Elliott Associates LLP, suscribiran un acuerdo a fin de establecer los terminos y condiciones de pago de la referida obligacion, que incluye los gastos judiciales y legales; De conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 17) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, asi como la Ley Nº 27211, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2000; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase el acuerdo que suscribiran los representantes de la Republica del Peru y Elliott Associates LLP, en el cual se establecen los terminos y condiciones de pago de las obligaciones a que se refiere la parte considerativa de esta MORDAZA legal. Articulo 2º.- El acuerdo que se aprueba en el articulo precedente, asi como los demas documentos que se requieran para perfeccionar el mismo seran suscritos, en nombre y representacion de la Republica del Peru, por el Ministro de Economia y Finanzas o quien el designe y por el representante del Banco de la Nacion.

Encargan la Cartera de Energia y Minas al Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion
RESOLUCION SUPREMA Nº 431-2000-PCM MORDAZA, 27 de setiembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, el ingeniero MORDAZA Chamot MORDAZA, Ministro de Energia y Minas, se ausentara del MORDAZA del 28 al 30 de setiembre del 2000, por razones inherentes a su cargo;