Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2000 (12/05/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 12 de MORDAZA de 2000

explotar juegos de maquinas tragamonedas en el establecimiento denominado "Restaurante Chifa Lung Fung", ubicado en la Avda. Republica de Panama Nº 3165, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, la Ley Nº 27153, "Ley que regula la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas", le otorga a la Direccion Nacional de Turismo las facultades administrativas de autorizacion vinculadas a la aplicacion de dicha Ley, estableciendose en el inciso a) del Articulo 25º que a la Direccion Nacional de Turismo le corresponde expedir y revocar las autorizaciones de explotacion de juegos de maquinas tragamonedas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2000-ITINCI se le faculta a la Direccion Nacional de Turismo a permitir hasta el 31 de MORDAZA del 2000, la explotacion de maquinas tragamonedas o memorias de solo lectura que no correspondan a modelos y programas de juego autorizados y registrados; Que, de la evaluacion del Expediente Nº 014702-99MITINCI se advierte que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos para obtener la Autorizacion Expresa exigidos en la Ley Nº 27153 como en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI; De conformidad con la Ley Nº 27153, su modificatoria Ley Nº 27232, el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, el Decreto Supremo Nº 004-2000-ITINCI y el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa GOLDEN INVESTMENT S.A. la explotacion de los juegos de maquinas tragamonedas en el establecimiento denominado "Restaurante Chifa Lung Fung", con giro principal de funcionamiento correspondiente a Restaurante Turistico Cinco (5) Tenedores, ubicado en la Avda. Republica de Panama Nº 3165, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- La presente autorizacion faculta a la empresa GOLDEN INVESTMENT S.A. a instalar y explotar en su sala de juegos, Doscientas Veinticuatro (224) maquinas tragamonedas y Setenticinco (75) programas de juego cuyas caracteristicas aparecen descritas, respectivamente, en el Anexo I y Anexo II de la presente Resolucion, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento distinto de aquel para el cual estan siendo autorizados. Articulo 3º.- Los modelos de maquinas tragamonedas y aquellas memorias de solo lectura que conforman los programas de juego autorizados en la presente Resolucion, que no se encuentren autorizados ni registrados por la Direccion Nacional de Turismo, unicamente podran ser explotados hasta el 31 de MORDAZA del 2000 fecha en la cual de no haber obtenido la Autorizacion y Registro correspondiente tendran que ser retirados o reemplazados, bajo apercibimiento de aplicarse las sanciones establecidas en la Ley Nº 27153. Articulo 4º.- Debido a que la empresa GOLDEN INVESTMENT S.A. se encontraba autorizada para explotar juegos de maquinas tragamonedas con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Nº 27153 y a fin de no perjudicar el normal desarrollo de dicha actividad, deberan cumplir con presentar la documentacion y requisitos descritos en el procedimiento establecido en el Articulo 23° de la Ley Nº 27153 y el Articulo 30° del Decreto Supremo Nº 0012000-ITINCI, en el plazo de 20 dias habiles de publicada la presente Resolucion. Articulo 5º.- El plazo de vigencia de la autorizacion otorgada a la empresa GOLDEN INVESTMENT S.A. es desde la entrada en vigencia de la presente Resolucion hasta el 04 de MORDAZA del 2003. Articulo 6º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA VESGA Directora Nacional de Turismo 5221 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 116-2000-MITINCI/VMT/DNT MORDAZA, 8 de MORDAZA del 2000 Vistos, el Expediente Nº 003130-2000-MITINCI, presentado por la empresa INTERNATIONAL CAPITAL

CORPORATION S.A. solicitando Autorizacion para Explotar Juegos de Maquinas Tragamonedas en el establecimiento denominado "TROPICANA" sito en Av. San MORDAZA Nº 1206, distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de Lima; el Informe Legal Nº 172-2000MITINCI/VMT/DNT/DE-JCMT/g.z.; el Informe Economico Financiero Nº 008-2000-MITINCI/VMT/DNT/DE-JCMT/ LAT y el Informe Tecnico Nº 012-2000-MITINCI/VMT/ DNT/DE-JCMT/AT-e.b.; CONSIDERANDO: Que, con fecha 29 de febrero del 2000 la empresa INTERNATIONAL CAPITAL CORPORATION S.A. solicita autorizacion para explotar juegos de maquinas tragamonedas en el establecimiento denominado "TROPICANA", ubicado en Av. San MORDAZA Nº 1206, distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de Lima; Que, la Ley Nº 27153, "Ley que regula la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas", le otorga a la Direccion Nacional de Turismo las facultades administrativas de autorizacion vinculadas a la aplicacion de dicha Ley, estableciendose en el inciso a) del Articulo 25º que a la Direccion Nacional de Turismo le corresponde expedir y revocar las autorizaciones de explotacion de juegos de maquinas tragamonedas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2000-ITINCI se le faculta a la Direccion Nacional de Turismo a permitir hasta el 31 de MORDAZA del 2000, la explotacion de maquinas tragamonedas o memorias de solo lectura que no correspondan a modelos y programas de juego autorizados y registrados. Que, de la evaluacion del Expediente Nº 003130-2000MITINCI se advierte que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos para obtener la Autorizacion Expresa exigidos en la Ley Nº 27153 como en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI; De conformidad con la Ley Nº 27153, Ley Nº 27232, el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, el Decreto Supremo Nº 004-2000-ITINCI y el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa INTERNATIONAL CAPITAL CORPORATION S.A. la explotacion de los juegos de maquinas tragamonedas en el establecimiento denominado "TROPICANA", con giro principal de funcionamiento correspondiente a Discoteca, ubicado en Av. San MORDAZA Nº 1206, distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- La presente autorizacion faculta a la empresa INTERNATIONAL CAPITAL CORPORATION S.A. a instalar y explotar en su sala de juegos, doscientos quince (215) maquinas tragamonedas y ciento once (111) programas de juego cuyas caracteristicas aparecen descritas, respectivamente, en el Anexo I y Anexo II de la presente Resolucion, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento distinto de aquel para el cual estan siendo autorizadas. Articulo 3º.- Los modelos de maquinas tragamonedas y aquellas memorias de solo lectura que conforman los programas de juego, que no se encuentren autorizados ni registrados por la Direccion Nacional de Turismo, unicamente podran ser explotados hasta el 31 de MORDAZA del 2000 fecha en la cual de no haber obtenido la Autorizacion y Registro correspondiente tendran que ser retirados o reemplazados, bajo apercibimiento de aplicarse las sanciones establecidas en la Ley Nº 27153. Articulo 4º.- Debido a que la empresa INTERNATIONAL CAPITAL CORPORATION S.A. contaba con autorizacion para la explotacion de maquinas tragamonedas y a fin de no perjudicar el normal desarrollo de dicha actividad, deberan cumplir con presentarse al procedimiento descrito en el Articulo 23° de la Ley Nº 27153 y Articulo 30° del Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, en el plazo de 20 dias habiles de publicada la presente Resolucion. Articulo 5º.- El plazo de vigencia de la autorizacion otorgada a la empresa INTERNATIONAL CAPITAL CORPORATION S.A. es desde la entrada en vigencia de la presente Resolucion hasta el 31 de diciembre del 2002 Articulo 6º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA VESGA Directora Nacional de Turismo 5222