Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2000 (29/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, jueves 29 de junio de 2000

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y Decretos Leyes Nºs. 25515 y 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designacion del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Director Regional de Agricultura de Piura. Articulo 2º.- Designar, a partir de la fecha, a los siguientes funcionarios: - Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Regional de Agricultura de Tumbes; - Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Regional de Agricultura de Piura. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 7477

Articulo Unico.- Convocar, segun cronograma que forma parte integrante de la presente Resolucion Directoral, a las entidades que manejan operaciones de Endeudamiento, para conciliar con la Direccion General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, los desembolsos que hayan recibido hasta el 30 de junio del 2000, bajo la responsabilidad del Titular de la entidad u organo correspondiente, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 27211. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora General de Credito Publico (e) CRONOGRAMA DE CONCILIACIONES DE LOS INGRESOS POR ENDEUDAMIENTO INTERNO Y EXTERNO CON GARANTIA DEL GOBIERNO CENTRAL AL 30-06-2000 DIAS 18/07/2000 18/07/2000 19/07/2000 SECTORES (*) CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACION REGIONAL GOBIERNOS LOCALES PODER JUDICIAL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES MINISTERIO DE TRABAJO MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS MINISTERIO DE TRANSPORTES, COMUNICACIONES, VIVIENDA Y CONSTRUCCION MINISTERIO DE SALUD MINISTERIO DE EDUCACION MINISTERIO DE PROMOCION DE LA MUJER Y DEL DESARROLLO HUMANO MINISTERIO DE AGRICULTURA MINISTERIO DE DEFENSA EMPRESAS PUBLICAS NO FINANCIERAS E INSTITUCIONES PUBLICAS

ECONOMIA Y FINANZAS
Convocan a entidades que manejan operaciones de endeudamiento para conciliar desembolsos recibidos hasta el 30 de junio del 2000, con la Direccion General de Credito Publico
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 002-2000-EF/75.01 MORDAZA, 28 de junio del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27211 de fecha 3 de diciembre de 1999, se aprobo la Ley de Endeudamiento del Presupuesto del Sector Publico para el 2000; Que, el Articulo 8º de la Ley Nº 27211, establece que las entidades u organos que administran operaciones de Endeudamiento estan obligadas a conciliar semestralmente con la Direccion General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, los desembolsos que reciban al 30 de junio del 2000, estableciendose como plazo MORDAZA el 31 de MORDAZA del 2000, bajo responsabilidad del Titular de la entidad u organo correspondiente; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27211;

19/07/2000 20/07/2000 20/07/2000 20/07/2000 21/07/2000 21/07/2000 24/07/2000

24/07/2000 25/07/2000 25/07/2000 26/07/2000 26/07/2000 27/07/2000

(*) INCLUYE LOS PROYECTOS ESPECIALES QUE CORRESPONDEN A CADA SECTOR 7428

Cuadro Anexo del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del OSINERG, relativo a la Gerencia de Electricidad
CUADRO ANEXO - DECRETO SUPREMO Nº 056-2000-EF El Decreto Supremo en referencia fue publicado en nuestra edicion del dia 23 de junio de 2000, en la pagina 188289 TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS GERENCIA DE ELECTRICIDAD - OSINERG BASE LEGAL: LEY DE CONCESIONES ELECTRICAS Y LEY DE CREACION DEL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA - OSINERG
ITEM DENOMINACION DE PROCEDIMIENTO REQUISITOS DERECHO DE PAGO CALIFICACION COSTO (%) UIT 001 RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR LOS USUARIOS DEL SERVICIO PUBLICO DE ELECTRICIDAD EN LOS PROCEDIMIENTOS DE RECLAMACION ( ART. 93° D.L. 25844, ART. 183° D.S. 009-93-EM Y - SOLICITUD DIRIGIDA AL CONCESIONARIO TRAMITE 0,00 EVALUACION AUTOMATICO POSITIVO NEGATIVO 30 DIAS HABILES NO REGULADO OFICINA AUTORIDAD RESPONSABLE QUE DE LA APRUEBA EVALUACION G.E. EL TRAMITE C.D.