Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2000 (29/01/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 29 de enero de 2000

Establecen fechas de pago y monto por derecho de emision de declaracion jurada y recibos de pago del Impuesto Predial y diversos arbitrios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-2000/ML Lurin, 12 de enero del 2000 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR TANTO: Visto en Sesion de Concejo Ordinaria celebrada el dia 12 de enero del 2000, en el local de la MORDAZA Este "C", el Informe Nº 0012000-OAG/ML de la Oficina de Administracion General en el que comunica los montos a establecerse por concepto de Derecho de Emision y Distribucion de las Declaraciones Juradas y Recibos de Pago correspondiente al ejercicio 2000; CONSIDERANDO: Que, en la Cuarta Disposicion Final del D. Legislativo Nº 776 se establece que las Municipalidades que brindan el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de Impuestos y recibos de pago correspondientes incluida su distribucion a domicilios, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no mas del 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero de cada ejercicio, cuyo caso esta valorizacion sustituye la MORDAZA declaracion jurada; Que, por D.S. Nº 191-99-PCM se ha determinado el valor de la UIT en S/. 2,900.00 para el ejercicio fiscal 2000; Por otra parte es conveniente establecer el calendario de pagos de los diferentes tributos de la Administracion Municipal; Y, contando con la votacion unanime de los senores regidores, quienes en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 23853 Ley Organica de Municipalidades, y contando con la dispensa de la aprobacion de actas el Concejo; ACORDO: Articulo Primero.- ESTABLECER como monto por Concepto de Derecho de Emision y Distribucion de las Declaraciones Juradas y Recibos de Pago la cantidad de S/. 4.30 (Cuatro y 30/100 Nuevos Soles) que es equivalente al 0.15% de la UIT vigente. Articulo Segundo.- DETERMINAR las fechas de pago del Impuesto Predial, Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, conforme se detalla en el Anexo Nº 01 que forma parte constitutiva de presente dispositivo municipal. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA WEBERHOFER VILDOSO MORDAZA 0766

Que, los Alcaldes y Regidores, son rentados previo acuerdo expreso del respectivo Concejo Municipal, aplicandose los montos que autoricen para sus respectivos rangos. Puesto el tema a debate previa deliberacion del pleno y con el MORDAZA mayoritario de sus Miembros. ACUERDA: 1º.- FIJAR, para el presente ano 2000, la suma de S/. 2,000.00 Nuevos Soles la Dieta por Sesion de Concejo, efectivamente asistida a los Regidores de esta Comuna, a partir del 2 de enero, hasta el 31 de diciembre del ano 2000. 2º.- ESTABLECER que el Municipio pagara las referidas Dietas, hasta un MORDAZA de dos (2) Sesiones al mes. 3º.- FIJAR, el MORDAZA del senor MORDAZA en la suma de S/. 10.000.00 (DIEZ MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) mensuales. 4.- ACEPTAR, el gesto de desprendimiento por parte del Sr. MORDAZA, al monto fijado (S/. 10.000.00 Nuevos Soles), reconociendosele en cambio el mismo MORDAZA del ejercicio 1999 (S/. 6.000.00 Nuevos Soles), dinero que por decision propia; sera destinado a apoyar crediticiamente su programa de apoyo social "Del Mar a la Olla", con productos hidrobiologicos a precios de costo, dirigido a los sectores mas empobrecidos del distrito. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1217

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Declaran en situacion de urgencia servicios de riego de areas verdes y de recoleccion, transferencia, eliminacion y disposicion de residuos solidos
RESOLUCION Nº 138-2000-RASS MORDAZA de MORDAZA, 20 de enero de 2000 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTO: El Informe Nº 577-99-DSB-MSS, del Director de Servicios Basicos, su fecha 30 de diciembre de 1999, solicitando se declare en Situacion de Urgencia los servicios de (1) Riego de Areas Verdes, (2) Recoleccion y Eliminacion de Residuos Solidos Domiciliarios, (3) Transferencia de Residuos Solidos y (4) Deposito Final de Residuos Solidos en Relleno Sanitario; y, CONSIDERANDO: Que, segun el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades provinciales y distritales y las delegadas conforme a Ley, son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo con el Articulo 10º, inciso 6) de la Ley Nº 23853 Ley Organica de Municipalidades, las municipalidades son competentes para organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos locales; Que, entre las funciones de las Municipalidades en materia de acondicionamiento territorial, vivienda y seguridad colectiva, estan las de procurar, conservar y administrar en su caso, los bienes de dominio publico, como caminos, puentes, plazas, avenidas, paseos, jardines y otros analogos, con excepcion de los que corresponden al Estado conforme a ley, en atencion a lo establecido en el numeral 13 del Articulo 65º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, del mismo modo entre las funciones de las municipalidades en materia de poblacion, salud y saneamiento ambiental se encuentran la ejecucion de los servicios de limpieza publica, la ubicacion de areas para la acumulacion de basura y/o aprovechamiento industrial de desperdicios, conforme lo previene el Articulo 66º numeral 12 de la Ley anteriormente acotada; Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, debe convocarse a un Concurso Publico para la contratacion de los servicios indicados en el Informe de Visto, lo cual conlleva a todo un procedimiento con determinados actos y plazos senalados en dichos dispositivos legales; Que, segun el Articulo 21º de la Ley Nº 26850, se considera situacion de urgencia cuando la ausencia de un bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de un servicio esencial o de operaciones productivas;

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Fijan montos de remuneracion de MORDAZA y de dieta de regidores por asistencia a sesiones de concejo
ACUERDO DE CONCEJO Nº 000001 MORDAZA MORDAZA, 25 de enero de 2000 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA Visto, la Mocion de Orden, presentado en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 25 de enero del 2000. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 21º de la Ley Organica de Municipalidades, modificado por la Ley Nº 26317 establece que los Regidores gozan de Dieta por asistencia efectiva a las Sesiones de Concejo, en cumplimiento de sus labores normativas y de fiscalizacion. Que, la labor del MORDAZA es remunerada por mandato de la referida MORDAZA, remuneracion que debe estar acorde con la investidura del cargo.