Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 1999 (18/09/1999)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, sabado 18 de setiembre de 1999

NORMAS LEGALES

Pag. 178057

Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar en nombre del Gobierno Peruano, la donacion efectuada por MORDAZA Stopes International con sede en Londres, Inglaterra, a favor de la Asociacion Peruana Mujer y Familia - Mujer y Familia -, consistente en 1 paquete conteniendo pildoras de Lo Femenal y 2 paquetes conteniendo DepoProvera con jeringas, con un valor aproximado de US$ 6 673,00 (Seis Mil Seiscientos Setenta y Tres y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America), segun Carta de Aceptacion de fecha 28 de MORDAZA de 1999 y un peso aproximado de 189 kgs., segun Guias Aereas Nºs. 074 3806 7842 y 340 0615 5866 de KLM Royal MORDAZA Airlines y Fine Air, respectivamente. Dicha donacion sera destinada al Centro de Atencion de Salud "Policlinico Mujeres SI y Hombres Tambien". Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas 11996

por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., por Acuerdo Nº D/039-99 de fecha 11 de MORDAZA de 1999, aprobo el Proyecto de Modificacion del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en la MORDAZA Ucayali - Lote 86, mediante el cual se establece la inclusion de razones economicas en el acapite 3.4 del mencionado Contrato, manteniendose el mismo texto, plazo y condiciones; elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion; De conformidad con los incisos 8) y 24) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 26221 - Ley Organica de Hidrocarburos; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase la modificacion del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en la MORDAZA Ucayali - Lote 86, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-98-EM, para los fines a que se refiere la parte considerativa del presente Decreto Supremo, a celebrarse entre PERUPETRO S.A. y Atlantic Richfield Peru, Inc., Sucursal del Peru. Articulo 2º.- Autorizase a PERUPETRO S.A., a suscribir con Atlantic Richfield Peru, Inc., Sucursal del Peru, la modificacion del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en la MORDAZA Ucayali - Lote 86, que se aprueba en el articulo precedente. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de setiembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energia y Minas 11993

ENERGIA Y MINAS

Aprueban modificacion del Contrato de Licencia para la Exploracion y Aprueban cesion de posicion contracExplotacion de Hidrocarburos en la tual en contrato de licencia para exCuenca Ucayali-Lote 86 ploracion y explotacion de hidrocarDECRETO SUPREMO buros en el Lote 67 Nº 047-99-EM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburiferas a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, por Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, se MORDAZA las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-98-EM, de fecha 26 de febrero de 1998, se aprobo el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en la MORDAZA Ucayali - Lote 86, ubicado en las provincias de MORDAZA Portillo y Atalaya del departamento de Ucayali y en la provincia de Oxapampa del departamento de Pasco, MORDAZA MORDAZA Central del Peru, suscrito por PERUPETRO S.A. y Atlantic Richfield Peru, Inc., Sucursal del Peru; Que, el Articulo 12º de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, dispone que los Contratos, una vez aprobados y suscritos, solo podran ser modificados por acuerdo escrito entre las partes; y, que las modificaciones seran aprobadas por Decreto Supremo refrendado DECRETO SUPREMO Nº 048-99-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburiferas a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, por Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, se MORDAZA las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 38-95-EM, de fecha 7 de diciembre de 1995, se aprobo el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 67, ubicado en las provincias de Maynas y MORDAZA, departamento de MORDAZA, Region MORDAZA, suscrito entre PERUPETRO S.A. y Advantage Resources International, Sucursal del Peru, Korea Petroleum Development Corporation, Sucursal Peruana, Hanwha Energy Company Limited, Sucursal Peruana y Hyundai Corporation, Sucursal Peruana; Que, mediante Decreto Supremo Nº 032-97-EM de fecha 23 de diciembre de 1997, se aprobo la Cesion de