Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 1999 (13/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, lunes 13 de setiembre de 1999

NORMAS LEGALES

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DE LAS ELECCIONES Y PLAZOS DE MANDATO.Articulo 18°.- La eleccion a que se refiere el inciso a) del Articulo 17º, se realizara el ultimo MORDAZA del mes de noviembre, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento Interno. El periodo de vigencia de los cargos elegidos conforme al parrafo anterior es de dos (2) anos, pudiendo ser reelegido por un periodo adicional consecutivo. Los demas cargos en el CGBVP son de periodicidad anual, pudiendo ser ratificados hasta por un MORDAZA de cuatro (4) anos consecutivos. Sin perjuicio de lo dispuesto en el parrafo anterior, es permitida una nueva eleccion y/o nombramiento en el cargo ya ocupado, mas alla del limite establecido, cuando se trate de periodos no consecutivos. La aprobacion de los ascensos a que se refiere el inciso b del Articulo 17° y la proposicion de las ternas a que se refiere el mismo articulo, se realizara el MORDAZA MORDAZA del mes de enero de cada ano INSPECTORIA GENERAL Articulo 19°.- La Inspectoria General es el organo encargado de programar y ejecutar las actividades de control referidas a la gestion administrativa de los diversos organos del CGBVP, de conformidad con la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y demas disposiciones pertinentes. El Inspector General depende del Comandante General y en el ejercicio de sus funciones tiene la representacion de este. En los casos que se encuentre indicios razonables de responsabilidad funcional, remitira MORDAZA de su informe al Presidente del Consejo Nacional de Disciplina quien actuara conforme a sus atribuciones. CONSEJO NACIONAL DE DISCIPLINA Articulo 20°.- El Consejo Nacional de Disciplina tiene por funcion investigar, juzgar y sancionar las faltas o infracciones que cometan los Bomberos en el desempeno de sus funciones. Conoce y resuelve como instancia arbitral definitiva e inapelable las controversias que pudieran surgir por razones institucionales entre los bomberos voluntarios y el CGBVP y entre los propios miembros de la institucion. Para tal efecto, el Consejo Nacional de Disciplina tiene tres instancias: 1 Consejo Nacional de Disciplina; 2 Consejo Departamental de Disciplina; y, 3 Organo Disciplinario de Compania de Bomberos COMANDANCIAS DEPARTAMENTALES Articulo 21°.- Las Comandancias Departamentales, constituyen las instancias desconcentradas del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru a nivel nacional. Dependen jerarquicamente de la Direccion General de Operaciones. Son dirigidas y representadas por el Comandante Departamental, quien es nombrado por el

Comandante General de acuerdo al procedimiento establecido en el inciso c) del Art. 17°. SEDE Y CONSTITUCION DE BRIGADAS. Articulo 22°.- Las Comandancias Departamentales tendran su sede en la capital de departamento, agrupan a las Companias de Bomberos. Para efectos operativos y cuando las circunstancias lo ameriten y a juicio del Comando Nacional, las Companias de Bomberos seran agrupadas en Brigadas. Su organizacion y funciones se determinaran en el reglamento interno. COMPANIAS DE BOMBEROS.Articulo 23°.- Las Companias de Bomberos agrupan a los bomberos voluntarios y constituyen las unidades basicas y operativas. Son reconocidas y autorizadas por el Comando Nacional. Dependen jerarquica, economica, administrativa y operativamente de las Comandancias Departamentales. Su jefatura sera desempenada por un Bombero Voluntario con el grado minimo de MORDAZA, quien es nombrado por el Comandante General a propuesta del Comandante Departamental. TITULO V DE LA ORGANIZACION DEL COMANDO NACIONAL ORGANIZACION DEL COMANDO NACIONAL Articulo 24°.- El Comando Nacional esta conformado por: a) La Comandancia General; b) La Vice-Comandancia General; c) La Direccion General de Administracion; d) La Direccion General de Operaciones; e) El Centro de Instruccion del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru; y, f) El Centro de Prevencion e Investigacion de Incendios. COMANDANTE GENERAL Articulo 25°.- El Comandante General es la MORDAZA autoridad representativa del CGBVP y titular del Pliego. Es responsable del cumplimiento de los objetivos de la institucion, asi como del empleo de los recursos humanos, logisticos y economico-financieros. Aprueba, supervisa y evalua la ejecucion de los presupuestos, memorias y estados financieros del CGBVP. Designa a los Comandantes Departamentales y a los Comandantes de las Companias de Bomberos, y en el ejercicio de sus atribuciones, dicta Resoluciones Jefaturales. DEL VICE COMANDANTE GENERAL.Articulo 26°.- El Vice Comandante General reemplaza al Comandante General en su ausencia. Dirige y controla las actividades operativas del cuerpo.

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