Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 1999 (15/10/1999)


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d) Existencia de la subvencion:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 15 de octubre de 1999

La subvencion esta constituida por el financiamiento post - embarque de las importaciones de omnibuses procedentes de Brasil a traves del PROEX (el cual dispone de recursos del tesoro brasileno para operaciones de financiamiento). Dicho financiamiento se realiza a traves del sistema denominado FINAMEX (actualmente BNDES - exim) bajo la modalidad de equiparacion13 . La equiparacion tiene por finalidad reducir las tasas de interes a fin de que las condiciones de financiamiento a la que acceden los exportadores brasilenos MORDAZA compatibles con las existentes en el MORDAZA internacional. e) Calculo de la cuantia de la subvencion otorgada mediante la equiparacion en el MORDAZA de financiacion post - embarque14 : (i) Se calculo el beneficio por cada periodo. Dicho beneficio equivalia a la diferencia entre el valor de la cuota que la empresa importadora pagaria por el credito beneficiado por efecto de la equiparacion y la cantidad que dicha empresa pagaria si no existiera dicha equiparacion. (ii) Los beneficios de cada periodo fueron llevados a valor presente a una tasa de descuento que permitiera una comparacion adecuada. El valor presente y total del beneficio obtenido constituye el monto de la subvencion por operacion promedio. (iii) Al monto de la subvencion se le hizo un ajuste por operaciones al contado (para el caso de Busscar, ya que Marcopolo no realizo operaciones al contado). En este caso, se multiplico el monto de la subvencion por el factor 0,27, ya que durante 1997, el valor FOB de todas las unidades que accedieron al financiamiento represento el 27% del valor FOB total. El resultado obtenido determino la subvencion ad - valorem. Parametros considerados para el calculo de la cuantia de la subvencion - Valor FOB promedio del omnibus: El principal valor negociado en las exportaciones de omnibuses seria el valor FOB o un valor cercano a este. Conforme a la informacion proporcionada por Aduanas el valor FOB promedio de los omnibuses importados de Brasil asciende a US$ 125 500,00. - Tasa de interes anual subvencionada: Es la tasa que debe pagar el importador peruano para acceder al credito otorgado por el sistema de financiamiento brasileno, la misma que seria equivalente a Libor+1. - Tasa de interes anual sin subvencion: Es la tasa de financiamiento sin la equiparacion del PROEX a la que un importador local accederia para financiamientos a 2 y 5 anos, las cuales serian de Libor+3,2% y Libor+3,8%, respectivamente. - Plazo de financiamiento y periodicidad del pago: Los plazos de financiamiento durante 1997 fueron generalmente de cinco anos para Busscar y de dos anos para Marcopolo, con pagos semestrales. - Porcentaje de financiamiento: Las normas del PROEX senalan que con anterioridad al 8 de MORDAZA de 1997 la equiparacion solo pudo incidir en el 85% del INCOTERM negociado, porcentaje que se ha tomado en cuenta en base a las pruebas que obran en el expediente. Cuantia de la subvencion15
PARAMETROS BUSSCAR ONIBUS S.A. MARCOPOLO S.A. VALOR FOB PROMEDIO US$ 125 500,00 para US$ 125 500,00 para DEL OMNIBUS 1997 1997 TASA DE INTERES ANUAL 6,78% 6,78% SUBVENCIONADA TASA DE INTERES ANUAL SIN 9,58% 8,98% SUBVENCION PLAZO DE 5 anos 2 anos FINANCIAMIENTO PERIODICIDAD 10 cuotas semestrales 4 cuotas semestrales DEL PAGO PORCENTAJE DE 85% del valor FOB 85% del valor FOB FINANCIAMIENTO

US$ 13 601,34. Con ello, el beneficio obtenido por cada semestre asciende a US$ 881,42. Al llevar a valor presente los US$ 881,42 de cada uno de los 10 periodos, descontados a la tasa de interes subvencionada, se observa que el beneficio total obtenido sera de US$ 7 392,06, que representa el 5,89% del valor FOB del omnibus. A fin de obtener la cuantia efectiva de la subvencion se realizo un ajuste considerando las operaciones que fueron realizadas al contado, para ello se multiplico 0,27 a la cuantia de la subvencion para una operacion promedio, obteniendose 1,58%. Dicho monto ad - valorem es de minimis, conforme a lo establecido en el Articulo 38º del Decreto Supremo Nº 043-97-EF16 . Marcopolo: Con la subvencion otorgada por el Gobierno de Brasil, dicha empresa tendria que pagar mensualmente una suma de US$ 28 935,00 durante 4 semestres, mientras que sin la subvencion las cuotas mensuales serian de US$ 29 667,60. Con ello, el beneficio obtenido por cada semestre asciende a US$ 732,60. Al llevar a valor presente los US$ 732,60 de cada uno de los 4 periodos, descontados a la tasa de interes subvencionada, se observa que el beneficio total obtenido sera de US$ 2 700,90 el cual representa el 2,15% del valor FOB del omnibus, siendo este porcentaje un estimado de la cuantia de la subvencion para una operacion promedio de financiamiento (debe tenerse en cuenta que esta empresa no realizo operaciones al contado). Dicha cuantia es de minimis, conforme a lo establecido en el Articulo 38º del Decreto Supremo Nº 043-97-EF. III.2. Determinacion de la cuantia de la subvencion En el Informe Nº 001-1999/CDS, la Secretaria Tecnica de la Comision considero que, a efectos de determinar la cuantia efectiva de la subvencion, debia hacerse previamente un ajuste considerando las operaciones al contado. Sobre este punto, el referido informe senalo lo siguiente: "...el calculo de la cuantia de una operacion promedio sera multiplicada por el valor FOB de las unidades que accedieron al financiamiento (...), para obtener asi el beneficio global y luego se dividira el beneficio entre la suma de los valores FOB de todas las unidades vendidas (...), para calcular el valor FOB total transado." (El subrayado es nuestro) En su escrito de apelacion, Morillas senalo que la resolucion de la Comision incurrio en exceso al determinar la cuantia de la subvencion, en tanto incluyo en un mismo universo la totalidad de la importacion, tanto al contado como financiada, siendo que la denuncia hacia referencia unicamente a la subvencion relativa a exportaciones con financiamiento. Al modificarse la metodologia y dividirse el beneficio global17 entre la suma de los valores FOB del total

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La equiparacion es concedida por el PROEX al financiamiento otorgado por instituciones financieras diferentes al Banco do Brasil. Considerando el MORDAZA equiparable segun el plazo de financiamiento otorgado, conforme lo establecido en la Carta Circular Nº 002601 del 29 de noviembre de 1995 emitida por el Banco Central do Brasil. La cuantia de la subvencion fue calculada para cada empresa exportadora, teniendo en cuenta los ajustes efectuados por las transacciones al contado. Calculo realizado en funcion al beneficio del receptor, de acuerdo a lo senalado en el Articulo 14 del Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias. REGLAMENTO SOBRE DUMPING Y SUBVENCIONES, Articulo 38.- La Comision declarara infundada la solicitud presentada y pondra fin a la investigacion, cuando considere que no existen pruebas suficientes del dumping o subvencion o del dano o amenaza de dano que justifiquen la continuacion del procedimiento. Cuando la Comision determine que el margen del dumping o la cuantia de la subvencion son "de minimis", o que el dano o amenaza de dano son insignificantes, se pondra fin a la investigacion. Se considerara "de minimis" el margen de dumping cuando sea inferior al 3 por ciento expresado como porcentaje del precio de exportacion. En caso de subvenciones, se considerara "de minimis" la cuantia de la subvencion cuando esta sea inferior al 3 por ciento del Ad Valorem FOB. (...) (El subrayado es nuestro). Dicho beneficio global se obtiene de multiplicar la cuantia de la subvencion para una operacion promedio por la suma de los valores FOB de las unidades que accedieron al financiamiento.

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Busscar: Con la subvencion otorgada por el Gobierno de Brasil, dicha empresa tendria que pagar mensualmente una suma de US$ 12 719,92 durante 10 semestres, mientras que sin la subvencion las cuotas mensuales serian de

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