Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 1999 (09/10/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, sabado 9 de octubre de 1999 (2)

PREPUBLICACION

Pag. 179205

Existen razones fundadas para creer que la persona no podra desempenar sus funciones o ejercer las atribuciones inherentes a la licencia solicitada o de la cual es titular, durante el periodo de vigencia del certificado medico correspondiente.

(c)

Ningun medicamento u otro tratamiento que, basado en la historia clinica y juicio medico autorizado relacionado con los medicamentos u otro tratamiento, la Direccion General de Transporte Aereo a traves del Hospital Central de la Fuerza Aerea del Peru encuentra que: (1) (2) Imposibilita a la persona para desempenar sus labores o ejercer con seguridad las atribuciones correspondientes a la licencia que solicita o de la cual es titular; o Existen razones fundadas para creer que la persona no podra desempenar sus funciones o ejercer las atribuciones inherentes a la licencia solicitada o de la cual es titular, durante el periodo de vigencia del certificado medico correspondiente.

67.315 Entrega discrecional La persona que no reune los requisitos dispuestos en 67.203 al 67.213 puede solicitar la entrega discrecional de un certificado de acuerdo a 67.401. SUBPARTE - E: 67.401 CERTIFICADO MEDICO CLASE III

Idoneidad

Para optar a un certificado medico Clase III y permanecer apto para dicho certificado medico, la persona debe cumplir con los siguientes requisitos: 67.403 Requisitos Visuales

Los requisitos visuales para el certificado medico Clase III son: (a) Agudeza visual lejana de 20/40 o superior en cada ojo separadamente, con o sin lentes correctores. Si los lentes correctores (anteojos o lentes de contacto) son necesarios para vision 20/40, se podra considerar a la persona apta a condicion de que utilice los lentes correctores mientras ejerza las atribuciones inherentes a la licencia. Agudeza visual cercana de 20/40 o superior, equivalente Snellen, a 406 mm en cada ojo separadamente, con o sin lentes correctores. Capacidad de percibir aquellos MORDAZA necesarios para el seguro desempeno de las funciones inherentes a la licencia, aplicandose el Test de Ishihara, siendo normal hasta 4/14. Ninguna condicion patologica aguda o cronica en cualquier ojo o anexos que interfiere en el correcto funcionamiento del ojo, se puede suponer que progresara hasta ese estado o que se puede esperar que empeore con el vuelo. Una Presion Ocular de cada ojo entre rangos normales de 10 a 21 mmHg. Oido, nariz, garganta y equilibrio

(b) (c) (d)

67.405

Los requisitos de oido, nariz, garganta y equilibrio para el certificado Clase III son: (a) La persona demostrara audicion aceptable mediante una de las siguientes pruebas: (1) (2) Demostrar que puede oir una conversacion normal en una habitacion sin ruido, utilizando ambos oidos, a una distancia de 1.8 mts del examinador y de espaldas al mismo. Demostrar una aceptable comprension de la voz determinado por pruebas audiometricas de discriminacion de la voz con un resultado de 70% como minimo obtenido en un oido o en un ambiente con ruido. Lograr resultados aceptables de agudeza auditiva sin ayudas, en la prueba audiometrica de tono puro de acuerdo a la siguiente tabla del peor umbral admisible, basado en las normas de calibracion de la American National Standards Institute, 1969: Frecuencia Oido mejor (Db) Oido peor (Db) (b) 500 Hz 35 35 1000 Hz 30 50 2000 Hz 30 50 3000 Hz 40 60

(3)

Ninguna enfermedad o condicion del oido medio o interno, nariz, cavidad bucal, faringe o laringe que (1) (2) Interfiere con o es agravado por el vuelo o se puede esperar que asi suceda; o Interfiere con o se espera que puede interferir con comunicaciones orales claras y efectivas.

(c)

Ninguna enfermedad o condicion que se manifiesta por, o se espera que se manifieste por vertigo o problemas de equilibrio.