Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 1999 (29/05/1999)


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NORMAS LEGALES
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MORDAZA, sabado 29 de MORDAZA de 1999

Apersonamiento en Procedimiento de Ejecucion Coactiva. Por diligencia de embargo en forma de deposito e inscripcion sobre bienes inmuebles Por parte a los Registros Publicos Por Oficio Por otras notificaciones: Por copias certificadas Por acta de remate de bienes muebles Por acta de remate de bienes inmuebles Por acta de remate frustrado: Por acta de cambio de depositario Por acta de entrega de dinero de embargo en forma de retencion Orden de levantamiento de captura de vehiculos Por razones e informes

b) Solicitud.- Lo contenido en el formato autorizado por la municipalidad. c) Deudas Tributarias.- La constituida por tributos, multas e intereses moratorios. d) Deuda no Tributaria.- La constituida por multas administrativas y otras deudas de caracter administrativo. e) Interes de Fraccionamiento.- Interes aplicable a cada cuota de amortizacion que no sera inferior al 80% del interes moratorio, ni mayor a la Tasa de Interes Moratorio a que se refiere el Articulo 33º del Codigo Tributario. f) Deudor Tributario.- Persona obligada al cumplimiento de la prestacion tributaria como contribuyente o responsable. g) Contribuyente.- Aquel que realiza, o respecto del cual se produce el hecho generador de la obligacion Tributaria. h) Responsable.- Aquel que, sin tener la condicion de contribuyente, debe cumplir la obligacion atribuida a este. i) Deudor no Tributario.- Aquel que presenta adeudos por concepto de multas administrativas, MORDAZA conductiva y otras deudas de caracter administrativo. j) UIT.- La Unidad Impositiva Tributaria a que se refiere la MORDAZA XV del titulo Preliminar del Codigo Tributario. k) Costas procesales.- Aquellas liquidadas por el Ejecutor Coactivo, bajo responsabilidad, cinendose al arancel aprobado conforme a lo dispuesto por la Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva. Articulo 2º.- No procede el Fraccionamiento por los siguientes conceptos: a) Deudas tributarias o no tributarias por las que a la fecha de la solicitud, no se hubiera vencido el plazo para el pago. b) Deudas tributarias y no tributarias que hubieran sido materia de fraccionamiento anterior. c) Gastos Administrativos y Costas del Procedimiento de Cobranza Coactiva. Articulo 3º.- La deuda por la que se solicita Fraccionamiento no debera ser menor al 10% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero del ano en el que se solicita el Fraccionamiento. El deudor debera presentar solicitudes independientes, segun se trate de deudas de diferente naturaleza. CAPITULO II REQUISITOS PARA OTORGAR EL FRACCIONAMIENTO Articulo 4º.- Los deudores tributarios y no tributarios que deseen acogerse al beneficio normado en el presente reglamento, deberan presentar ante la Unidad de Recaudacion, Control y Cobranzas Coactivas de la Direccion de Rentas, lo siguiente: a) Solicitud segun formato. b) MORDAZA fedateada del documento de identidad de la persona que suscribe el Convenio. c) Si el Convenio fuera suscrito por un apoderado, MORDAZA fedateada de la carta poder otorgada por el contribuyente. d) Tratandose de personas juridicas, MORDAZA fedateada de la ficha actualizada del Registro de Personas Juridicas donde conste inscrito el poder del representante legal. e) Presentar garantias suficientes a favor de la Administracion Tributaria. f) Recibo de cancelacion de gastos administrativos y costas procesales originadas en el Procedimiento de Ejecucion Coactiva, si lo hubiera. Para que el deudor tributario o no tributario tenga acceso al fraccionamiento de un MORDAZA adeudo, debera verificarse la cancelacion o el cumplimiento oportuno de las cuotas derivadas del fraccionamiento de su adeudo anterior, si lo tuviera. Articulo 5º.- La solicitud debera contener la siguiente informacion: a) Nombre o Razon Social b) Codigo del Contribuyente. c) Domicilio Fiscal o Domicilio real en el caso de deudas no tributarias. d) Documento de Identidad. Articulo 6º.- Si el deudor hubiera impugnado la deuda debera presentar recurso de desistimiento de la pretension en la misma oportunidad en que presente la solicitud de Fraccionamiento. Si el desistimiento se hubiera presentado ante organo administrativo diferente o ante el Poder Judicial el deudor debera adjuntar una MORDAZA certificada de dicho recurso. Las formalidades del recurso de desistimiento son las estipuladas en las Normas Generales de Procedimientos Administrativos y el Codigo Tributario, segun corresponda. CAPITULO III DEL PROCEDIMIENTO Articulo 7º.- La liquidacion de la deuda tributaria sera efectuada por la Unidad de Administracion Tributaria y Orientacion al Contribuyente.

Aprueban Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias
ORDENANZA Nº 022-MDMM MORDAZA MORDAZA, 26 de MORDAZA de 1999 EL MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Nº 12 de la fecha y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades Distritales son organos de gobierno local, que gozan de autonomia economica y administrativa en asuntos de su competencia, conforme lo dispone el Art. 91º de la Constitucion Politica del Peru; Que, el Articulo 36º del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 816 y modificado por la Ley Nº 27038 establece que es facultad de la Administracion Tributaria conceder Fraccionamiento para el pago de la deuda tributaria al deudor tributario que asi lo solicite, siempre que este cumpla con los requerimientos o garantias que aquella establezca; Que, asi mismo, es necesario regular el Fraccionamiento para el pago de las deudas no tributarias; En ejercicio de las facultadas conferidas al Concejo por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, el Concejo aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Apruebese el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias que consta de 7 capitulos, 21 articulos y una disposicion transitoria. Articulo Segundo.- Las Unidades de Administracion Tributaria y Orientacion al Contribuyente, Recaudacion, Control y Cobranzas Coactivas, que integran la Direccion de Rentas, seran las responsables de velar por el cumplimiento del reglamento que se aprueba por la presente norma. Articulo Tercero.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA STOLAR MORDAZA REGLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Para efectos del presente reglamento se entendera por: a) Codigo Tributario.- Compendio de normas de caracter tributario aprobado por Decreto Legislativo Nº 816 y modificado por Ley Nº 27038.