Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 1999 (27/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, jueves 27 de MORDAZA de 1999
057-99 MORDAZA Nunton MORDAZA, MORDAZA Nunton MORDAZA y MORDAZA Nunton MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

NORMAS LEGALES
Sta.Rosa 16.12.97 Acta de Inf. Nº 000045

Pag. 173593
Construir embarcaciones sin autorizacion de incremento de flota " " "

Sta.Rosa 16.12.97 Acta de Inf. Nº 000043 San MORDAZA 15.12.97 Acta de Inf. Nº 000027 San MORDAZA 15.12.97 Acta de Inf. Nº 000022 San MORDAZA 15.12.97 Acta de Inf. Nº 000029 Chimbote 1.2.98 Oficio Nº 223-98-RCH/ CTAR/DRP-CH/DCP-022 Chimbote 1.3.99 R. de Oc. Nº 050-99CTAR-ANCASH/DRPCH/De.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Canari MORDAZA

" " "

" " "

" " "

058-99

MORDAZA MORDAZA Baltodano

Transportar sardina juvenil

061-99

Pesq. San MORDAZA S.A.

Procesar sardina en epoca de en veda.

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RELACIONES EXTERIORES
Ratifican "Protocolo Adicional al Convenio sobre intercambio cultural entre Peru y Espana firmado en MORDAZA, el 30 de junio de 1971"
DECRETO SUPREMO Nº 023-99-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el 17 de setiembre de 1998, se suscribio en la MORDAZA de MORDAZA, el "Protocolo Adicional al Convenio sobre Intercambio Cultural entre Peru y Espana firmado en MORDAZA, el 30 de junio de 1971"; el mismo que ha sido aprobado por Resolucion Legislativa Nº 27097, de 26 de MORDAZA de 1999, promulgada el 29 de MORDAZA de 1999; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 118º, inciso 11) de la Constitucion Politica del Peru, y en el Articulo 2º de la Ley Nº 26647; DECRETA: Articulo Unico.- Ratificase el "Protocolo Adicional al Convenio sobre Intercambio Cultural entre Peru y Espana firmado en MORDAZA, el 30 de junio de 1971"; suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, el 17 de setiembre de 1998. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores PROTOCOLO ADICIONAL AL CONVENIO SOBRE INTERCAMBIO CULTURAL ENTRE PERU Y ESPANA FIRMADO EN MORDAZA EL 30 DE JUNIO DE 1971 Teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde la firma del Convenio entre Peru y Espana sobre Intercambio Cultural y las nuevas situaciones producidas desde entonces en materia de homologacion y reconocimiento de titulos

universitarios, celebradas las oportunas negociaciones entre las autoridades peruanas y espanolas, MORDAZA Partes, de mutuo acuerdo, convienen que los articulos XI y XII del Convenio entre Peru y Espana sobre Intercambio Cultural, firmado el 30 de junio de 1971, MORDAZA modificados en el sentido siguiente: Articulo XI El reconocimiento de los cursos de educacion primaria y de educacion secundaria se producira de modo automatico, sin que ello signifique la exclusion de los requisitos establecidos por cada Parte para el acceso a los estudios superiores. Articulo XII 1.- Una Comision de expertos de MORDAZA Partes, reunida cada vez que sea necesario, elaborara y actualizara periodicamente una relacion de titulos academicos oficiales de educacion superior, con indicacion de las universidades o instituciones reconocidas en las que se obtengan, cuyos planes de estudios presenten una afinidad suficiente y que, en su caso, puedan ser reconocidos por la otra Parte. Cuando la diferencia de formacion sea parcial y no sustancial, cada MORDAZA podra requerir el cumplimiento de exigencias academicas complementarias, en los terminos que estime pertinentes, de acuerdo con su propia legislacion. 2.- En todo caso el reconocimiento de un titulo comportara su habilitacion para el ejercicio profesional, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos no academicos que la legislacion del MORDAZA receptor tenga establecidos al efecto. El presente Protocolo entrara en MORDAZA cuando las Partes se hayan notificado mutuamente, por escrito y por via diplomatica, el cumplimiento de los respectivos requisitos internos. En fe de lo anterior, los representantes de ambos paises MORDAZA el presente Protocolo en dos ejemplares en el idioma espanol, siendo ambos textos igualmente autenticos y validos en MORDAZA, el diecisiete de septiembre de mil novecientos noventa y ocho. POR LA REPUBLICA DEL PERU MORDAZA FERRERO COSTA Ministro de Relaciones Exteriores POR EL REINO DE ESPANA MORDAZA MORDAZA VILLALONGA MORDAZA Secretario de Estado para la Cooperacion Internacional y para Iberoamerica 6929