Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 1999 (23/07/1999)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

Pag. 176118

NORMAS LEGALES
En el Articulo Primero. DICE:

MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 1999

efectos de su vigencia, deberan ser publicadas en el Diario Oficial; Que, conforme a lo dispuesto en la Resolucion Nº 010-93-EF/ SAFP, las decisiones de la Superintendencia sobre asuntos de caracter particular, para su vigencia, requieren de notificacion o publicacion, y que en tal virtud regiran una vez cumplidos uno de los dos requisitos mencionados, quedando a criterio del Superintendente decidir en que casos se requiere notificacion y en cuales publicacion; Que, en tal sentido frente a tal delimitacion resulta necesario efectuar algunas modificaciones al Titulo XII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, referido a Sanciones, aprobado por Resolucion Nº 358-98-EF/SAFP, a efectos de determinar los alcances respecto de la vigencia de las mismas y su publicacion en el Diario Oficial; Estando a lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-98-EF, el Estatuto de la Superintendencia aprobado por Decreto Supremo Nº 220-92-EF, la Ley Nº 27130 y la Resolucion Nº 010-93-EF/ SAFP; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Agreguese al Titulo XII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Resolucion Nº 358-98-EF/SAFP, el siguiente articulo: "Publicacion de sanciones Articulo 13.- La aplicacion de sanciones que importen la comision de infracciones sobre asuntos de caracter particular, para efectos de su vigencia, deberan ser notificadas y estar contenidas en resoluciones. Adicionalmente, podran publicarse en los medios de informacion oficial a que se refiere el Articulo 6º del Titulo IV del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Resolucion Nº 319-98-EF/ SAFP. Para tales fines, se consideran bajo dicho alcance a las sanciones tipificadas en los Articulos 6º, incisos a) y b) del Articulo 7º e incisos a) y b) del Articulo 8º del Titulo XII de Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones. Asimismo, la aplicacion de sanciones que importen la comision de infracciones sobre asuntos de caracter general, para efectos de su vigencia, deberan estar contenidos en resoluciones y publicarse en el Diario Oficial. Para dicho fin, se publicaran las infracciones a que se refieran las sanciones contempladas en los incisos c) y d) del Articulo 7º, y c), d), e) y f) del Articulo 8º del Titulo XII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, con excepcion de las sanciones aplicadas a promotores de venta. La Superintendencia establecera la forma, extension y oportunidad de la publicacion de lo contenido en las resoluciones que importen una sancion, a que hace referencia el primer parrafo del presente articulo." Articulo 2º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MOUCHARD MORDAZA Superintendente de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 9684

"... defectos advertidos en su clasificacion." DEBE DECIR: "... defectos advertidos en su calificacion." 9691

SUNAT
Nombran Ejecutor Coactivo de la Intendencia Regional Tacna
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 076-99/SUNAT MORDAZA, 12 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que es necesario el nombramiento de un Ejecutor Coactivo para garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva de la Intendencia Regional Tacna; Que el Articulo 114º del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 816 y modificado por el Articulo 30º de la Ley Nº 27038, establece los requisitos que deberan de reunir los abogados para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo; Que el personal propuesto ha presentado Declaracion Jurada reuniendo los requisitos MORDAZA referenciados; Que la sexta disposicion final de la Ley Nº 27038, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del Articulo 7º de la Ley Nº 26679 no es de aplicacion a los organos de la Administracion Tributaria cuyo personal ingrese mediante Concurso Publico; Que de conformidad con lo establecido en los incisos h) y p) del Articulo 6º del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 04198/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Nombrar como Ejecutor Coactivo, encargado de la gestion de Cobranza Coactiva de la Intendencia Regional Tacna al abogado Sr. MORDAZA MORDAZA Esquiche Vera. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA R. MORDAZA Superintendente 9612

Designan Intendente de la Intendencia Regional MORDAZA
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 084-99/SUNAT MORDAZA, 19 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que hallandose vacante el cargo de Intendente de la Intendencia Regional MORDAZA, es necesario designar a la persona que asumira el mismo para el adecuado funcionamiento de dicha Intendencia; Que de conformidad con lo establecido en el inciso h) del Articulo 6º del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT -aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT- corresponde al Superintendente Nacional designar los cargos de confianza de esta Superintendencia; En uso de las facultades conferidas en los incisos h), o) y p) del referido articulo del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar al senor MORDAZA Haraldo MORDAZA Negron, a partir del 15 de MORDAZA de 1999, como Intendente de la Intendencia Regional Lambayeque. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la encargatura a la que se refiere la Resolucion de Superintendente Adjunto 005-

SUNARP
FE DE ERRATAS RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 232-99-SUNARP Fe de Erratas de la Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 232-99-SUNARP, publicada en nuestra edicion del dia 22 de MORDAZA de 1999 en la pagina 176074.