Norma Legal Oficial del día 01 de julio del año 1999 (01/07/1999)
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TEXTO DE LA PÁGINA 32
Nº DE ORD.
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO
REQUISITOS
DERECHO DE PAGO UIT
CALIFICACION AUTOEVALUACION NO MATICO POSIT. NEGAT. REGUL.
DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE
AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECUR. IMPUG.
ENTIDAD :
MINISTERIO DE TRANSPORTES, COMUNICACIONES, VIVIENDA Y CONSTRUCCION
UNIDAD ORGANICA:
DIRECCION GENERAL DE CIRCULACION TERRESTRE DIRECCION DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y CARGA
Pag. 175174
001
OTORGAMIENTO DE CONCESION DEL SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE TERRESTRE INTERPROVINCIAL DE PASAJEROS POR CARRETERA EN OMNIBUS.
1. Pago al Banco de la Nacion. 2. Solicitud bajo la forma de declaracion jurada indicando Razon Social, Domicilio, N° RUC, nombre del representante legal. 3. MORDAZA simple de la Escritura de Constitucion Social de la empresa inscrita en los Registros Publicos y del poder del representante legal. 4. MORDAZA fotostatica de las tarjetas de propiedad de los vehiculos ofertados, a nombre de la peticionaria y en los casos que corresponda, MORDAZA del contrato de arrendamiento financiero de los vehiculos elevados a Escritura Publica. 5. Anexo describiendo detalladamente ruta, itinerario, frecuencias, horarios de salida, flota operativa, y vehiculos de reserva de acuerdo a la modalidad del servicio, directo o con escalas comerciales. 6. MORDAZA de la poliza de Seguros vigente, que cubra accidentes personales de los pasajeros, conductores y terceros de acuerdo a los montos minimos establecidos para el servicio. La poliza debe incluir el texto del 2°. Parrafo del numeral 6 literal a) Art. 5 D.S. 0896-MTC modificado por D.S. 018-96-MTC. 7. Declaracion jurada comprometiendose a que en caso de accidente, la empresa auxiliara en forma inmediata a los pasajeros asumiendo los gastos medicos, de hospitalizacion, quirurgicos, farmaceuticos y de sepelio que requieran, sin que ello signifique reconocer responsabilidad en el evento. 8. Declaracion jurada de que los omnibus ofertados cuentan con tacografo. 20% 10 d. Mesa de Partes de la Direccion General de Circulacion Terrestre Director General
20% Mesa de Partes de la Direccion General de Circulacion Terrestre Director General
10 d.
Reconsideracion Director General Apelacion Viceministro
NORMAS LEGALES
002
RENOVACION DE CONCESION DEL SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE INTERPROVINCIAL DE PASAJEROS POR CARRETERA EN OMNIBUS.
1. Pago al Banco de Nacion. 2. Solicitud bajo la forma de declaracion jurada firmada por el representante de la Empresa, solicitando la renovacion.
MORDAZA de solicitud: por lo menos 30 dias calendario MORDAZA del vencimiento de la concesion. Vigencia 10 anos. 10% X Mesa de Partes de la Direccion General de Circulacion Terrestre
Reconsideracion Director General Apelacion Viceministro
003
AUTORIZACION DE SERVICIO EVENTUAL PARA CONCESIONARIAS.
MORDAZA de la solicitud: 3 dias utiles MORDAZA del inicio del servicio.
1. Pago al Banco de la Nacion. 2. Anexo describiendo Ruta, Origen, Destino, itinerario, Duracion del viaje, dia de partida, dia de llegada. 3. Solicitud bajo la forma de Declaracion Jurada indicando que el vehiculo esta inscrito en el Registro de Vehiculos y Motores a nombre de la peticionaria y que plazo de accidentes, aplicara el literal f) Art. 13° del Reglamento aprobado por el D.S. N° 05-95MTC. 10% X
004
RENUNCIA A LA CONCESION.
1. Pago al Banco de la Nacion. 2. Comunicacion simple con la firma legalizada del representante legal.
Mesa de Partes de la Direccion General de Circulacion Terrestre 20% 10 d. Mesa de Partes de la Direccion General de Circulacion Terrestre Director General Reconsideracion Director General Apelacion
MORDAZA, jueves 1 de MORDAZA de 1999
005
MODIFICACION DE LOS TERMINOS DE LA RESOLUCION DE CONCESION (RUTA ITINERARIO, FLOTA, FRECUENCIA, ESCALAS COMERCIALES)
1. Pago al Banco de la Nacion. 2. Detalle de la modificacion requerida. 3. En el caso de que la modificacion implique variacion de flota: a) Fotocopia(s) de la(s) Tarjeta(s) de propiedad del (los) vehiculo(s)