Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 1999 (23/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, sabado 23 de enero de 1999

NORMAS LEGALES

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Articulo 37°.- Se podra presentar por escrito mociones de orden del dia exclusivamente relacionados con los asuntos en debate. Las mociones de orden del dia requieren fundamentacion. VOTACIONES Articulo 38°.- Las elecciones y las votaciones se realizaran solamente en la estacion de orden del dia, salvo las que no requieran debate previo. Articulo 39°.- Las votaciones se haran levantando la mano. Si un Regidor solicitase rectificacion de la votacion, se MORDAZA poniendose de pie. Si se pidiese una MORDAZA rectificacion, se procedera siempre que lo apruebe la mayoria de los concurrentes. Articulo 40°.- Para que MORDAZA resolucion o acuerdo valido se requiere el MORDAZA conforme de mas de la mitad de los concurrentes, salvo que la ley exija un numero mayor. Si no alcanzara el numero de votos exigidos por la Ley, se tendra por rechazada la proposicion votada. Cuando hubiera dictamenes o informes contradictorios sobre el mismo MORDAZA, se votara cada uno de ellos. El MORDAZA solamente vota en caso de empate. Articulo 41°.- El MORDAZA puede determinar que el tratamiento de determinado punto de la agenda sea diferido. Asimismo, MORDAZA que se agote la agenda, puede suspender la sesion, para que continue en fecha posterior. Al continuar la sesion solo se podra tratar los asuntos que quedaron pendientes; agotada la agenda el MORDAZA o quien presida levantara la sesion, con lo cual concluira esta y no podra reabrirse. DE LAS SESIONES ORDINARIAS Articulo 42°.- Las sesiones ordinarias se deben realizar por lo menos una vez cada quince dias. DE LAS SESIONES EXTRAORDINARIAS Articulo 43°.- Las sesiones extraordinarias se realizan: a) Dentro del plazo senalado por las disposiciones legales o administrativas pertinentes para tratar sobre la aprobacion del presupuesto municipal o sus modificaciones. b) Dentro de los primeros noventa dias de cada ano pronunciarse sobre la memoria anual y de la cuenta general del ejercicio anterior. c) Para acordar el otorgamiento de condecoraciones y otros MORDAZA de acuerdo con el correspondiente reglamento. d) Para tratar asuntos de naturaleza especial o tema de interes comunal. En las sesiones extraordinarias solamente se pueden tratar los asuntos que son materia de la convocatoria. Articulo 44°.- Las sesiones extraordinarias son convocadas de acuerdo a la Ley Organica de Municipalidades. DE LAS SESIONES SOLEMNES Articulo 45°.- Las sesiones solemnes se celebran en las oportunidades siguientes: a) El 28 de MORDAZA o en los dias inmediatamente precedentes o posteriores, para conmemorar el aniversario de la Declaracion de la Independencia.

Articulo 49°.- Las Comisiones de Regidores son permanentes y especiales. Las Comisiones se reunen con la frecuencia que los asuntos sometidos a su estudio o dictamen lo requieran, por lo menos una vez cada mes. Articulo 50°.- Las deliberaciones de las comisiones y los acuerdos que adopten constaran en libros especiales, autorizados por el MORDAZA y el Secretario General del Concejo. Articulo 51°.- Las comisiones pueden invitar a participar en sus deliberaciones, con voz y sin MORDAZA a los funcionarios empleados y obreros de la Municipalidad, a los contratistas y concesionarios de la misma y a los Directivos de las Empresas Municipales. Articulo 52°.- Pueden formarse subcomisiones para tratar asuntos especificos o especializados y si un MORDAZA pasa a estudio o informe de dos o mas comisiones podran reunirse en forma conjunta. Articulo 53°.- Son funciones de las comisiones permanentes: a) Proponer a la Alcaldia y al Concejo disposiciones necesarias para mejorar los servicios de la Municipalidad. b) Evaluar el plan de trabajo de un area, efectuar inspecciones, recabar por intermedio del presidente de la comision informes sobre las actividades desde un area determinada, estando obligado el funcionario de esa area a presentarlo en plazo prudencial y proponer al Concejo y al MORDAZA las medidas convenientes. c) Dictaminar los proyectos de ordenanzas, edictos, acuerdos y resoluciones de Concejo. d) Dictaminar los pedidos proposiciones de los Regidores y la iniciativa de los vecinos. Ninguna comision en conjunto ni ninguno de sus integrantes pueden adoptar decisiones o imponerlas a los servidores de la Municipalidad. Articulo 54°.- El numero de comisiones y el cuadro de sus integrantes sera establecido, a propuesta del MORDAZA, en la primera sesion ordinaria que el Concejo celebre cada ano. Un Regidor puede integrar hasta tres comisiones pero el Concejo puede aprobar las excepciones a esta regla. Las Comisiones Especiales se crean por Acuerdo de Concejo, para asuntos especificos que no corresponden a ninguna de las Comisiones Permanentes o que su importancia o gravedad asi lo requieran. El Acuerdo que las constituye determinara con precision el encargo y el plazo de la Comision. DISPOSICION FINAL Articulo 55°.- La Municipalidad informara a traves de los medios de comunicacion, cada 90 dias a los vecinos de la marcha de los asuntos comunales y del estado de la Economia Municipal. Cada 60 dias, el Concejo dedicara una de sus sesiones para tratar publicamente la materia de interes comunal que los vecinos asi soliciten. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Es de aplicacion en los casos no previstos por el presente reglamento, lo dispuesto por la Ley Organica de Municipalidades. Segunda.- Deroganse todas las disposiciones que se opongan al presente Reglamento Interno. Tercera.- El presente Edicto entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 1138

En esta sesion el Regidor mas joven o el que designe el MORDAZA, leera el Acta de la Juramentacion de la Independencia por el Cabildo de Lima. b) El 4 de agosto o los dias inmediatamente precedentes o posteriores para conmemorar el aniversario de la creacion del distrito.
En esta sesion, el Regidor mas joven o el que designe el MORDAZA, leera la ley de creacion del distrito, y cuando acuerde el Concejo, para rendir homenaje a personalidades o conmemorar hechos gloriosos o trascendentes. Las sesiones solemnes se dedicaran exclusivamente a los homenajes para los cuales se convoca; en ellas no se requiere el quorum legal. DEL ACTA Articulo 46°.- El Secretario General extendera el Acta de todas las sesiones, en la que constaran un resumen de los debates y el texto de los acuerdos. El Acta de las sesiones solemnes se extendera solamente cuando el MORDAZA lo disponga. Articulo 47°.- En el Acta se registra el integro de las resoluciones y acuerdos que adopte el Concejo de las ordenanza y edicto que expida. Se podra agregar las intervenciones de los miembros del Concejo que asi lo soliciten para que quede MORDAZA del sentido de su MORDAZA o su opinion sobre determinado asunto. Para su validez el acta sera suscrita por el MORDAZA y el Secretario General, los Regidores que desean suscribirla pueden hacerlo. TITULO IV DE LAS COMISIONES Articulo 48°.- Las Comisiones de Regidores son organos consultivos del Concejo. Su objetivo es realizar los estudios que les encomiende el Concejo, formular propuestas y dictamenes sobre los asuntos que le corresponde en el area de su actividad.

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Disponen condonar interes moratorio de deudas por arbitrio de relleno sanitario de los anos 1994 y 1995
ORDENANZA Nº 134-99-CDSB-C San MORDAZA, 20 de enero de 1999 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA Visto en su II-99 - Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 18.1.99, el Dictamen Nº 001-99-CDSB-CEPYP, de la Comision de Economia, Presupuesto y Planificacion, sobre condonacion del interes moratorio a las deudas por Relleno Sanitario del Ejercicio 1994; CONSIDERANDO: Que, respecto al arbitrio Relleno Sanitario, mediante el Edicto Nº 10-94-CDSB-C, se suspendio por esta distrital la administracion de dicho tributo, considerandose que siendo beneficiaria la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, los montos por comision no cubren los gastos de cobranza;