Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 1999 (08/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, viernes 8 de enero de 1999

NORMAS LEGALES

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SALUD
Conforman comision arbitral permanente que resolvera discrepancias sobre normatividad del Sistema de Referencias de la Modernizacion de la Seguridad Social en Salud
RESOLUCION MINISTERIAL N 002-99-SA/DM MORDAZA, 4 de enero de 1999 CONSIDERANDO: Que el Articulo 90º del Reglamento de la Ley Nº 26790 - Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-97-SA dispone que la solucion de las discrepancias que pudieran surgir en la aplicacion de la normatividad que rige al Sistema de Referencias de la Modernizacion de la Seguridad Social en Salud estara a cargo de una Comision Arbitral Permanente, la cual sera designada por Resolucion Ministerial del Ministro de Salud; Que en cumplimiento de lo MORDAZA dispuesto es necesario definir la conformacion de la mencionada Comision; De conformidad con lo establecido por el Articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE: Articulo 1º.- La Comision Arbitral Permanente creada por el Articulo 90º del Reglamento de la Ley Nº 26790 - Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-97-SA estara conformada de la siguiente manera: Un representante del Ministro de Salud, quien la presidira. Un representante del Presidente Ejecutivo del IPSS. Un representante de las Entidades Prestadoras de Salud en funcionamiento. Articulo 2º.- Los integrantes de la Comision Arbitral Permanente seran designados mediante Resolucion Ministerial del Despacho de Salud, previa propuesta, en su caso, del Presidente Ejecutivo del Instituto Peruano de Seguridad Social y de las Entidades Prestadoras de Salud en funcionamiento. Articulo 3º.- La Comision Arbitral Permanente operara en la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud y sera financiada con cargo a recursos del Ministerio de Salud. Articulo 4º.- En un plazo de 60 dias la Comision Arbitral Permanente elaborara el Proyecto de Reglamento, que sera aprobado por Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA COSTA BAUER Ministro de Salud 0201

Que, el 29 de octubre de 1954, el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA y el Gobierno del Peru, celebraron un convenio referente a Suministros y Equipos Humanitarios mediante el cual se otorgan facilidades a Agencias de Rehabilitacion y MORDAZA Voluntario no lucrativas para la distribucion de productos agricolas alimenticios y la ejecucion de Programas de Asistencia Humanitaria; Que, en el MORDAZA del instrumento citado, el 4 de junio de 1998 se suscribe el Convenio de Donacion de Ayuda Alimentaria de Titulo II para Monetizacion y Distribucion Directa entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, por el que el Gobierno Peruano, representado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y a solicitud del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano a traves del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA), oficialmente acepta y aprueba la donacion de aproximadamente 100,649 toneladas metricas de alimentos del Gobierno Norteamericano, de las cuales 51,100 tm. se usaran en Programas de Distribucion Directa y 49,549 tm. se utilizaran para Monetizacion; Que, en virtud al Articulo I: Aceptacion de la donacion del referido instrumento, la donacion esta sujeta a la disponibilidad de los productos y de los fondos, pudiendo el donante sustituir los productos en parte o en su totalidad con un producto o productos apropiados y/o limitar el valor total de cada producto debido a la variacion de precios o a cualquier otro factor que pueda afectar esta donacion; Que, en el Articulo III: Ejecucion del Programa del mencionado Convenio de Donacion, se acuerda que los alimentos importados para la distribucion directa y monetizacion seran de propiedad exclusiva de cinco organizaciones privadas sin fines de lucro, entre las cuales se encuentra la Asociacion Benefica - PRISMA, quienes asumiran la responsabilidad total desde su recepcion en puertos peruanos hasta la distribucion al beneficiario final, debiendo utilizarlos en los Programas Sociales y de Apoyo Alimentario ejecutados por ellas y sus contrapartes; Que, mediante Decreto Ley Nº 21942, se establece que las mercancias donadas provenientes del extranjero, consignadas entre otros, a las instituciones y organismos publicos, asi como las donadas por concepto de Cooperacion Tecnica Internacional y las consignadas a instituciones privadas debidamente acreditadas en sus respectivos sectores, orientadas a fines asistenciales o educacionales en forma gratuita, gozaran de tratamiento preferencial en el Despacho por las Aduanas de la Republica y estaran libres de pago de derechos especificos y adicionales consolidados en el Arancel de Aduanas; no siendo requisito para estos casos, la expedicion de Resolucion Liberatoria, ni Licencia Previa de Importacion; Con las visaciones de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, Gerencia de Recursos Alimentarios, Gerencia de Operaciones, Gerencia de Asesoria Juridica y de la Gerencia General Administrativa; y, De conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 719, Decreto Ley Nº 21942, Decretos Supremos Nºs. 127-91-PCM y 020-92-PCM, Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM, Resolucion de Contraloria Nº 112-98-CG, y Resolucion Ministerial Nº 111-97PROMUDEH y; estando a las facultades conferidas al Presidente del Consejo Directivo en el inciso n) del Articulo 20º del Reglamento de Organizacion y Funciones de PRONAA, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PROMUDEH; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y Aprobar la donacion procedente del Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, a nombre del Gobierno Peruano, destinada para la Asociacion Benefica - PRISMA, consistente en: PUERTO: CALLAO
PRODUCTO BULTOS TONELADAS TONELADAS VALOR FOB VALOR CIF BRUTAS NETAS US$ US$ 35,954 913,283.011 898.850 299,820.80 406,279.01

PROMUDEH
Aceptan y aprueban donacion que sera empleada en el MORDAZA de programa de seguridad alimentaria
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 282-98-PRONAA/P MORDAZA, 31 de diciembre de 1998 VISTA: La solicitud de la Asociacion Benefica PRISMA, formulada mediante Carta Nº GA-183-98-ADU de fecha 25 de noviembre de 1998; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto a traves del Memorando Nº 455-98-GPP-PRONAA tramita la propuesta correspondiente, en atencion a lo solicitado por la Asociacion Benefica PRISMA, quien hace de conocimiento al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA el arribo del vapor "Maersk California" al puerto del Callao, trayendo alimentos correspondientes a la ayuda alimentaria para el ano 1998, poniendolos a disposicion del Programa de Alimentacion y Nutricion a las Familias en Alto Riesgo - PANFAR;

Harina maiz con soya

Articulo 2º.- Emplear el referido volumen de alimentos donados en el MORDAZA del "Programa Focalizado de Seguridad Alimentaria", destinado a mejorar el estado nutricional y de salud de los ninos menores de cinco anos de edad pertenecientes a familias en extrema pobreza y, a aumentar las oportunidades de estas familias al acceso y disponibilidad de alimentos. Articulo 3º.- Encargar a las Gerencias de Linea participen en el seguimiento de las acciones de logistica alimentaria (Recepcion, almacenamiento, manejo, conservacion, transporte, distribucion y uso de los alimentos donados) que ejecuta la Asociacion Benefica - PRISMA. La informacion obtenida como resultado del seguimiento efectuado, sera empleada en la evaluacion que realiza PRONAA, segun los terminos estipulados en el Convenio de Donacion de Ayuda Alimentaria de Titulo II para Monetizacion y Distribucion Directa entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de los Estados Unidos de America. Articulo 4º.- Agradecer al Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, por intermedio de la Agencia para el Desarrollo Internacional - USAID, su importante contribucion. Articulo 5º.- Transcribir la presente resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas (SUNAD), a la Contraloria Gene-