Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 1999 (11/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, sabado 11 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

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Publica en la que conste la renuncia a su nacionalidad de origen. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 15462

Conceden nacionalidad peruana a ciudadano espanol
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1197-99-IN-1606 MORDAZA, 3 de diciembre de 1999 Visto; el expediente Nº 009110 seguido por don MORDAZA MANZANEDO MORDAZA, de nacionalidad espanola sobre otorgamiento de Nacionalidad Peruana. CONSIDERANDO: Que, se han cumplido con los requisitos y tramites que para el otorgamiento de la Nacionalidad Peruana en favor de extranjeros domiciliados en la republica que existe en el Convenio de Doble Nacionalidad suscrito entre los Gobiernos de Peru y Espana de 16.MAY.59, aprobado por Resolucion Legislativa Nº 13283 de 15.DIC.59,y su Reglamento D.S. Nº 488-RE de 22.JUL.60, Ley Nº 25035 - de Simplificacion Administrativa y Directiva Nº 01-95-IN-DGGI/DIRMIN/ SNAT, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 350-95IN-030100000000 del 30.MAR.95; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Conceder la Nacionalidad Peruana a don MORDAZA MANZANEDO MORDAZA, e inscribirlo en el Registro respectivo y extenderle el Titulo de Doble Nacionalidad correspondiente. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 15278

competencia, asi como dictar la normatividad en materia pesquera y acuicola, con el fin de promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentacion, empleo e ingresos, y de asegurar su aprovechamiento responsable, optimizando los beneficios economicos, en MORDAZA con la preservacion del medio ambiente y la conservacion de la biodiversidad; Que las medidas de preservacion dispuestas mediante Decreto Supremo Nº 009-99-PE y Resoluciones Ministeriales Nºs. 245, 248 y 257-99-PE, han permitido controlar el ingreso descontrolado y por vias ajenas al comercio exterior, de post larvas y otros organismos provenientes de paises en los que se ha verificado la presencia de los virus que producen las enfermedades llamadas de la "Mancha Blanca" (WSSV) y "Cabeza Amarilla" (YHV); Que de acuerdo a la evaluacion de las implicancias socioeconomicas ocasionadas por el virus de la "Mancha Blanca" en la actividad langostinera del departamento de Tumbes, se ha determinado que su efecto ha producido una drastica reduccion del empleo directo, considerable disminucion de las areas de cultivo, decrecimiento de los niveles de produccion y, una significativa reduccion en la generacion de divisas; Que la Direccion Regional de Pesqueria - Tumbes y el Laboratorio Costero del Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE) con sede en Tumbes, informan que subsiste el riesgo de ingreso al MORDAZA de productos contaminados e ingreso de nuevas variedades de virus, cuya peligrosidad se desconoce, y recomiendan mantener la suspension establecida a traves del Decreto Supremo Nº 009-99-PE citado en el primer considerando, a fin de evitar se ocasione grave dano a la fauna MORDAZA de la MORDAZA e irreparable perjuicio a la actividad langostinera del pais; De conformidad con lo establecido en el Articulo 8º del Decreto Supremo Nº 009-99-PE; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Prorrogar por un periodo de 120 dias calendario la vigencia de la suspension establecida en el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 009-99-PE de fecha 12 de junio de 1999. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Pesqueria 15455

TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA Prorrogan suspension de importacio- judicial contra presuntos responsables nes de especimenes y productos de irregularidades en el Area de Almaprocedentes de paises donde se ha cen del Ministerio RESOLUCION MINISTERIAL comprobado presencia de los virus Nº 166-99-TR "Mancha Blanca" y "Cabeza Amarilla" MORDAZA, 7 de diciembre de 1999
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 343-99-PE MORDAZA, 10 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 009-99-PE de fecha 12 de junio de 1999, se suspende por un periodo de 180 dias calendario la importacion de diversos organismos y productos de paises en los que se MORDAZA comprobado la presencia de los virus que producen las enfermedades llamadas de la "Mancha Blanca" (WSSV) y "Cabeza Amarilla" (YHV), y se faculta al Ministerio de Pesqueria, para que mediante Resolucion Ministerial, prorrogue o levante, segun sea el caso, la citada suspension y dicte las normas complementarias que MORDAZA necesarias para su debida implementacion, quedando encargados con la Superintendencia Nacional de Aduanas, de supervisar y controlar su cumplimiento en el ambito de sus respectivas competencias; Que corresponde al Ministerio de Pesqueria, formular la politica pesquera a nivel nacional dentro del ambito de su VISTO: El Informe Corriente Nº 004-95-OII-OAEE, de fecha 31 de octubre de 1995, emitido por la Oficina de Inspectoria Interna; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de Visto, se ha determinado diversas irregularidades en el Area de Almacen de este Ministerio, las mismas que han ocasionado perjuicio economico al sector, responsabilizandose de dichas irregularidades a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, entre otras personas; Que, entre los actos que se les atribuyen se encuentra el faltante de bienes en el Area de Almacen, segun analisis selectivo efectuado, por un monto de S/. 49,431.82 (cuarentinueve mil cuatrocientos treintiun y 82/100 nuevos soles), conforme se desprende de la primera conclusion del informe de vistos; Que, asimismo, en concordancia con la MORDAZA conclusion del Informe de vistos, se ha determinado la existencia en el Area de Almacen de Pedidos Comprobantes de Salida

PESQUERIA